Las Fuentes De Derecho
Enviado por crisifelito • 4 de Marzo de 2014 • 2.296 Palabras (10 Páginas) • 288 Visitas
Introducción
Dentro de todas las sociedades sea cual fuera imperan sistemas normativos, es decir, variados ordenamientos del comportamiento humana. Dentro éstos ubicamos tales como la moral, los convencionalismos sociales, las religiones y por supuesto, al derecho. De todos estos emanan conductas. La correcta manera de distinguir un sistema normativo como el derecho de aquellos otros con los que convive, depende en principio, de la forma específica en como asegura su realización.
Los ordenamientos del derecho se diferencian, de igual forma por su manera de conformarse, y con ello incorporar o desincorporar sus contenidos normativos. Éstas se formalizan por variedad de procesos o actos determinados expresamente en cada sistema de derecho positivo en las llamadas normas sobre producción jurídica.
La localización de las normas que pertenecen al derecho requiere, de un proceso formal por el que la autoridad signa ciertas leyes o prescripciones de conducta catalogándolas como jurídicas. La creación del derecho aparece como un fenómeno complejo y dinámico que incorpora, desincorpora o renueva valores, principios, creencias, aspiraciones, necesidades u otros criterios y normas jurídicas.
El derecho percibe no como algo dado, ni como el resultado o la invención de un solo hombre ni de una sociedad, de un solo momento histórico o de un solo proceso legislativo o jurisprudencial, es la obra de creación permanente que se realiza por un complejo entramado de actos y procesos complementarios que tienen verificativo en un contexto histórico, político y social en especifico.
Se ubican a los procedimientos y actos de identificación o formalización validación de las normas jurídicas con el nombre de fuentes formales.
Los contenidos normativos que se incorporan al sistema jurídico se denominan fuentes materiales o reales del derecho ç. A los documentos o textos de derecho positivo no vigente que sirven de inspiración o antecedente para la formalización del derecho se les denomina fuentes históricas. El objetivo de las fuentes formales del derecho, era establecer con claridad los procesos artificiales de elaboración del derecho,, ya que su origen natural se hallaba en el espíritu de los pueblos.
La creación de normas jurídicas corre a cargo tanto de la autoridad (a través de sus órganos legislativos, ejecutivos o judiciales) como de los particulares (a través de la costumbre jurídica o sus contratos privados). Dichas normas jurídicas según sean sus fuentes adquieren la forma de ley, jurisprudencia, costumbre jurídica o normas jurídicas individualizadas. El producto individual de la legislación es la ley: por tal se entiende a la norma jurídica que, con carácter general y obligatorio, resulta de un proceso específico de creación por parte del órgano o autoridad facultada al efecto.
La Ley normalmente está o debería estar dotada de abstracción, generalidad, obligatoriedad y coercibilidad.
Las Fuentes de Derecho
El derecho es el conocimiento que nos permite vivir en una sociedad ordenada, bajo instituciones que pretenden y buscan ser justas.
El derecho se ubica en el mundo de la vida social y cumple con la función original de regular conductas que pudieran comprometer los intereses primigenios, es decir las necesidades biológicas (supervivencia, psicología, libre albedrio y autonomía).
Estos intereses para concretarse requieren de lo social, es decir de la presencia, colaboración y participación de los otros, no debemos olvidar que entre mayor sea nuestra relación con los demás la presencia del derecho se acrecentar, es ahí donde nuestra materia se ocupa de facilitar la necesaria colaboración social y por supuesto al garantizar la no interferencia con la relación de tales intereses primigenios.
En otras palabras, son conductas dirigidas a la observancia de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos intersubjetivos, es decir esto se da bajo un régimen normativo.
¿Pero de donde surge este régimen normativo?
La expresión "fuentes del derecho" alude a los conceptos de donde surge el contenido del derecho vigente en un espacio y momento determinado, esto es, son los "espacios" a los cuales se debe acudir para establecer el derecho aplicable a una situación jurídica concreta. Son el "alma" del Derecho, son fundamentos e ideas que ayudan al Derecho a realizar su fin.
En este sentido entendemos por fuente del derecho como todo aquello, objeto, actos o hechos que producen, crean u originan el surgimiento del derecho, es decir, de las entrañas o profundidades de la propia sociedad.
Dice García Máynez que en la terminología jurídica la palabra fuente tiene tres acepciones, ya sea que se trate de fuentes formales, reales o históricas. Por fuente formal se suele entender el proceso de creación de normas jurídicas; fuente real son los factores y elementos que determinan el contenido de tales normas, y fuente histórica son los documentos que encierran el texto de una ley o conjunto de leyes.
La costumbre
Es la más antigua de las fuentes formales del Derecho. Se le considera la repetición constante de una conducta que la sociedad acepta como obligatoria. Cuando se presentan los dos elementos: a). Material u objetivo, repetición constante, y b) Subjetivo o psicológico, su aceptación por la sociedad, se acepta como costumbre obligatoria, conocida también como Derecho consuetudinario.
En los sistemas jurídicos de Derecho Escrito, como el nuestro, no tiene validez absoluta, porque “contra la observancia de la ley no puede alegarse desuso, costumbre o práctica en contrario”. Sin embargo, las propias leyes autorizan en algunas disposiciones que se aplique la costumbre, por ejemplos los artículos 7º y 283 de la Ley Federal del Trabajo aceptan la aplicación de la costumbre.
De lo anterior podemos derivar que la costumbre constituye una fuente del Derecho cuando las propias leyes lo autorizan expresamente, siempre y cuando no vaya en su contra.
La jurisprudencia
Se conoce como la principal fuente formal indirecta, ya que su función principal es interpretar el sentido de la ley, o llenar las lagunas que aparecen en el sistema jurídico.
Son las resoluciones de los tribunales que por mandato de ley son de observancia obligatoria; constituyen la jurisprudencia, según lo dispone la Constitución en el séptimo párrafo de su artículo 94: “La ley fijará lo términos en que sea obligatoria la jurisprudencia que establezcan los tribunales el Poder Judicial de la Federación sobre la interpretación de la Constitución, Leyes, Reglamentos Federales o Locales, Tratados Internacionales celebrados por el Estado mexicano, así como
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