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Ley Del Consumidor


Enviado por   •  28 de Mayo de 2014  •  10.413 Palabras (42 Páginas)  •  246 Visitas

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Ley de Proteccion al Consumidor y Usuario

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:

Que artículo 119 literal i) de la Constitución Política de la República de Guatemala,

establece la defensa de consumidores y usuarios, en cuanto a la preservación de la

calidad de los productos de consumo interno y de exportación para garantizar su

salud, seguridad y legítimos intereses económicos.

CONSIDERANDO:

Que Guatemala adquirió el compromiso de aplicar y cumplir las directrices para la

protección del consumidor aprobadas por la Asamblea General de la Organización

de Naciones Unidas, mediante Resolución Número 39/248 del nueve de abril de mil

novecientos ochenta y cinco, en las que se define el quehacer de los gobiernos para

la concreción de una efectiva protección y salvaguarda de los derechos e intereses

legítimos de los consumidores.

CONSIDERANDO:

Que el régimen económico y social de la República de Guatemala se funda en

principios de justicia social, y que es obligación del Estado promover el desarrollo

económico de la Nación, velando por la elevación del nivel de vida de todos los

habitantes del país y procurando el bienestar de la familia.

CONSIDERANDO:

Que la dispersión de legislación vigente que regula el sistema económico deviene

ineficaz y en muchos casos inoperante, contraria a los intereses de los consumidores

o usuarios y no responde a las características de una economía moderna, abierta y

dinámica, por lo que es necesario disponer de un marco legal que desarrolle y

promueva en forma efectiva los derechos y obligaciones de los consumidores y

usuarios de manera equitativa en relación a los proveedores.

POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) de la

Constitución Política de la República de Guatemala.

DECRETA:

La siguiente:

DECRETO NÚMERO 06-2003

LEY DE PROTECCION AL CONSUMIDOR Y USUARIO

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 1.Objeto. Esta Ley tiene por objeto promover, divulgar y defender los

derechos de los consumidores y usuarios, establecer las infracciones, sanciones y los

procedimientos aplicables en dicha materia. Las normas de esta Ley son tutelares de

los consumidores y usuarios y constituyen un mínimo de derechos y garantías de

carácter irrenunciable, de interés social y de orden público.

ARTICULO 2. Ámbito de aplicación. Están sujetos a las disposiciones de esta Ley

todos los actos jurídicos que se realicen entre proveedores y consumidores y/o

usuarios dentro del territorio nacional; se aplicará a todos los agentes económicos,

se trate de personas naturales o jurídicas.

Lo normado en leyes especiales, así como los servicios públicos con legislación

específica y cuya actuación sea controlada por los órganos que la misma

contemple, se regirán por esas normas, aplicándose esta Ley en forma supletoria.

Esta Ley no será aplicable a los servicios personales prestados en virtud de una

relación laboral, ni a los servicios profesionales o técnicos para cuyo ejercicio se

requiera tener título facultativo.

ARTICULO 3.Definiciones. Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:

a) Anunciante: Proveedor que, mediante publicidad, se propone

ilustrar al público sobre la naturaleza, características, propiedades o

atributos de los bienes o servicios cuya producción, intermediación o

prestación constituyen el objeto de su actividad.

b) Bienes: Son las cosas que por sus características pueden ser

apropiables y enajenables.

c) Consumidor: Persona individual o jurídica de carácter público o

privado nacional o extranjera, que en virtud de cualquier acto jurídico

oneroso o por derecho establecido, adquiera, utilice o disfrute bienes

de cualquier naturaleza.

d) Contrato de adhesión: Es aquel cuyas condiciones son establecidas

unilateralmente por el proveedor sin que el consumidor o el usuario

pueda discutir o modificar su contenido en el momento de contratar.

e) Oferta: Práctica comercial transitoria, consistente en el ofrecimiento

al público de bienes o servicios a precios más bajos que los habituales

en el respectivo establecimiento.

f) Promoción: Práctica comercia l transitoria, cualquiera que sea la

forma utilizada en su difusión, consistente en el ofrecimiento al

público de bienes y/o servicios en condiciones más favorables que

las habituales, con excepción de aquellas que impliquen una oferta.

g) Proveedor: Persona individual o jurídica de carácter público o

privado, nacional o extranjera que en nombre propio o por cuenta

ajena, con o sin ánimo de lucro, realice actividades de producción,

fabricación, transformación, importación, construcción, distribución o

comercialización de bienes o prestación de servicios a consumidores

o usuarios en el territorio nacional y por las que cobre precio o tarifa.

h) Publicidad: Comunicación que el proveedor dirige al público por

cualquier medio, para informarlo y motivarlo a adquirir o contratar

bienes o servicios.

i) Servicio: Prestación destinada a satisfacer necesidades e intereses

del consumidor o usuario y que se pone a disposición por el

proveedor.

j) Servicios públicos: Los servicios de energía eléctrica, telefonía celular,

fija pública y domiciliar, transmisiones de televisión en sus distintas

formas, telecomunicaciones en general y agua potable prestados en

el domicilio o locales del consumidor o usuario, drenajes, recolección

de desechos, transporte público urbano y extraurbano, gas propano,

diesel y gasolinas, así como cualesquiera otros servicios públicos que

se prestan a usuarios o consumidores, por medio de empresas

organizadas públicas o privadas para la prestación generalizada de

estos servicios.

k) Usuario: Persona individual o jurídica que adquiere a título oneroso o

por derecho establecido legalmente, servicios prestados o

suministrados por proveedores de carácter público o privado.

l) Dirección: Dirección de Atención y Asistencia al consumidor,

Dependencia Administra tiva del Ministerio de Economía, que podrá

abreviar DIACO o denominarse la Dirección, para los efectos de la

...

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