Los fraccionamientos
Enviado por dickens300 • 18 de Septiembre de 2011 • Trabajo • 1.551 Palabras (7 Páginas) • 633 Visitas
ps no que gratis??? bola de pendejos no sirve esta pagina
CODIGO URBANO DEL ESTADO DE ZACATECAS
CAPITULO III DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS FRACCIONADORES Y PROMOVENTES DE CONDOMINIOS.}
Las disposiciones de este Código se aplicarán en el Estado de Zacatecas, son de orden público en interés social, y tienen por objeto: I. Establecer la concurrencia del Estado y de los Municipios para la ordenación y regulación del desarrollo urbano, los asentamientos humanos y la vivienda en el territorio estatal, respetando la competencia que en estas materias le corresponda a la Federación
Los fraccionamientos y/o unidades habitacionales deben tener los derechos con los que cuenta el código urbano. Antes de cualquier construcción o promover las construcciones se tendrá que seguir con obligaciones también escritas en el código urbano.
Habrá que contar con la autorización del gobierno para comenzar la construcción de dichos fraccionamientos o condominios.
Muchas de las leyes mencionan que deben mantener informado al ayuntamiento sobre los avances y problemas o irregularidades que se presenten en la ejecución de la obra, para llegar a una solución de cada uno de los problemas que se presenten. Al igual que se deben corregir las observaciones del personal por parte del ayuntamiento.
Dependiendo de la posición o equipamiento de construcciones que se realizaran de las construcciones los promoventes deberán donar un porcentaje de la superficie del terreno al ayuntamiento, tratándose de un 5 a 15% del mismo.
LA VIVIENDA
CAPITULO 1: DE LA PROGRAMACION DE LAS ACCIONES PÚBLICAS DE VIVIENDA.
Estos artículos están creados para que las familias puedan disfrutar de una vivienda con todas las comodidades que se necesiten.
En el código urbano existen datos generales de la política estatal, en el que se mencionan; desarrollo de las viviendas para amparar el mayor número de personas posibles de una población que sobrelleven bajos ingresos.
Para impedir la especulación referente el suelo urbano, pronosticar sus exigencias y comenzar los medios y formas de adquisición del mismo
Tiene la intensión del progreso, mejoramiento de las viviendas existentes y aun en proyecto, para el bienestar de las familias zacatecanas.
El compromiso de los sectores social y privado para la contribución activa por razón de acciones acordadas en regularizar recursos y apoyos a nuevas edificaciones y mejoramientos de las viviendas de interés social y popular, así como las viviendas que se encuentran en renta.
Existe apoyo para las construcciones en cuanto a la infraestructura que se realizaran al igual que al equipamiento de servicios para las viviendas que se mencionaron anteriormente. Tiene la misma finalidad en apoyar en cuanto a fabricación de y comercialización de los materiales para dichas construcciones, con la finalidad de reducir los costos a las familias de bajos recursos. La vivienda debe estar unida a su contexto para la protección de medio ambiente en el que se ubicaran las viviendas.
Capítulo II
De la producción y distribución de Materiales de construcción para la vivienda
El gobierno del estado se verá obligado a darle prioridad a todas aquellas construcciones de vivienda de interés social y popular, cuyas personas sean de escasos recursos las cuales autoconstruyen sus viviendas.
También tendrá la obligación de promover, crear y mejorar las normas de las técnicas de construcción.
Capítulo III
DE LAS NORMAS Y TECNOLOGÍA PARA LA VIVIENDA
En este capítulo trata sobre las pautas y los puntos importantes que se deben de realizar, las cuales son y serán formuladas por el comité de planeación para el desarrollo del estado.
Dichas normas para un buen diseño arquitectónico deberán considerar los siguientes puntos primordiales:
• I. Los espacios interiores y exteriores de las viviendas.
• II. Las áreas mínimas e interrelación de espacios;
• III. Los elementos funcionales y de servicios de la Vivienda.
• IV. La tipificación de sus componentes;
Unos de los artículos pertenecientes a este capítulo, menciona sobre las reglas de la tecnología que se utilizaran para las construcciones de las viviendas, de las cueles se deberán tomar en cuenta:
• I. Sistemas de edificación y tecnologías adecuadas a la región o localidad.
• II. La calidad y tipo de los materiales, productos, componentes, elementos y procedimientos de construcción de las viviendas;
• III. La utilización de eco técnicas y de ingeniería ambiental aplicable a la vivienda.
• IV. El uso de fuentes alternas de energía y materiales no convencionales.
CAPÍTULO IV
DEL OTORGAMIENTO DE CRÉDITO Y ASIGNACIÓN DE VIVIENDA
El gobierno del estado deberá contar con los prestigios necesarios los cuales sean destinados al desarrollo y reconstrucción de las viviendas ya descritas, estos créditos o prestigios que sean otorgados a las construcciones se suministrarán con base a la tasa de interés que hayan establecido las autoridades correspondientes.
LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS
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