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Manual: teoría general del proceso


Enviado por   •  4 de Marzo de 2014  •  Tutorial  •  8.238 Palabras (33 Páginas)  •  378 Visitas

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Lic. Julio Martínez Licona

MANUAL

TEORÍA GENERAL DEL PROCESO

INTRODUCCIÓN

La Constitución Política de los estados Unidos mexicanos, en su artículo 17, párrafo segundo, establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes y que emitirán sus resoluciones de manera pronta, completa, imparcial y gratuita.

Esta administración de justicia se lleva a cabo ante diversos tribunales, sin embargo, antes del entrar al estudio de cualquier disciplina procesal en particular, como la civil, la penal, la administrativa o la laboral, es necesario tener un panorama general para saber a que lineamientos debe someterse. Sea la materia que fuera, estos lineamientos y su contenido general, se estudian en la Teoría General del proceso.

José Ovalle Fabela, nos dice que la Teoría General del Proceso: Es la parte general de la ciencia del derecho procesal que se ocupa del estudio de los conceptos, principios e instituciones que son comunes a las diversas disciplinas procésales, de acuerdo con el autor, este concepto tiene como fundamento la definición de Alcalá Zamora, para quien la Teoría General del Proceso es: el conjunto de conceptos, instituciones y principios comunes a las distintas ramas del enjuiciamiento.

(José Vizcarra Dávalos)

De acuerdo con lo anterior La Teoría General del Proceso es la parte general de la ciencia del Derecho Procesal que se ocupa del estudio de los conceptos, principios e instituciones que son comunes a todo proceso jurisdiccional (Jurisdicción, competencia, acción, excepción, pruebas, etc.)

Por otra parte, correspondiendo al Estado resolver las controversias entre particulares cuando no logren una solución pacifica, para tal efecto ha creado órganos especiales, fijando sus atribuciones y estableciendo las reglas de actuación. Esto nos conduce al Derecho Procesal, que para Hugo Alsina es “El conjunto de normas que regulan la actividad jurisdiccional del Estado para la aplicación de las leyes de fondo; y su estudio comprende: 1. la organización del poder judicial, 2. la determinación de la competencia de los funcionarios que lo integran, 3. las normas que regulan la actuación del juez y las partes en la sustanciación del proceso.

La discusión si el estudio de las instituciones que integran el proceso jurisdiccional corresponde a la Teoría General del Proceso o al derecho procesal general, de acuerdo con su ámbito de conocimiento no existe oposición entre ambas, ya que una no excluye a la otra, sin embargo es importante establecer su ámbito de conocimiento.

Teoría General del Proceso, de acuerdo con el Diccionario Jurídico Temático de Derecho Procesal, se trata de una disciplina que reúne, ordena y explica de modo teorético y sistematizado el fundamento, los elementos, las conexiones, los principios y los presupuestos de los fenómenos procésales y procedímentales, así como los que les son ajenos.

Fundamento. El dinamismo es la idea fundamental del derecho procesal y rige tanto en los procesos como en los procedimientos no procésales. Este dinamismo distingue las relaciones jurídicas procésales o procedimentales de las sustantivas, que son estáticas, pues se presentan como totalmente concluidas.

Elementos. Son los conceptos primarios o inescindibles de todo proceso o procedimiento. En el primero se observan la acción- actuación proyectiva de dos sujetos frente al juzgador- y la jurisdicción del debate y la decisión del conflicto supra partes-; en el procedimiento, se aprecia la instancia de un promovente ante la autoridad y el actuar regulatorio y resolutivo de esta.

Principios. Los propiamente tales jurisdiccionalidad (o simplemente autoridad), contradicción (o mera insatisfacción), y dinámica procesal (o procedimental) - , así como los desiderata – moralidad y legalidad- son aplicables de idéntico modo a todo género de procesos (o procedimientos).

Presupuestos. La existencia previa de competencia, de legitimación y de regulación procedimental, es igualmente exigible para todo género de procesos o procedimientos, como independencia en la materia que se verse.

Objeto. Si el proceso y el procedimiento son continentes, el contenido del primero es el conflicto pretencional – debate o litigio – que viene referido en el accionar y que ha de resolverse en la sentencia; y el del procedimiento es la pretensión no conflictiva planteada en el instar y sobre la que ha de pronunciarse la autoridad.

(Diccionario jurídico temático. Derecho Procesal)

La Teoría General del Proceso no estudia como se siguen los procesos ante los tribunales, puesto que la teoría es un concepto especulativo, independiente de toda aplicación.

Tampoco estudia al proceso desde el punto de vista particular específico, sino general; no concreto sino abstracto, es decir desde el punto de vista teórico no práctico.

Por eso no estudia las distintas normas jurídico procésales positivas de una determinada materia, sino que tiende a encontrar y analizar lo que las citadas normas tienen en común, de homogéneo, entre sí.

Su objeto de estudio: es el proceso, el conjunto de normas que establecen los requisitos y efectos de aquel; los conceptos, principios e instituciones comunes a las disciplinas del derecho procesal.

OBJETO CONTENIDO

CONTENIDO DE LA TEORÍA GENERAL DEL PROCESO.

CONCEPTO PRINCIPIOS INSTITUCIONES

Legalidad

Otros

CAPÍTULO I

1- Concepto

LITIGIO 2- Elementos

3- Función procesal

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