Medios de Defensa en materia de Seguridad Social
Enviado por construccionesg • 1 de Marzo de 2016 • Ensayo • 1.051 Palabras (5 Páginas) • 747 Visitas
Medios de Defensa en materia de Seguridad Social
Los Medios de Defensa sirven para que los patrones o asegurados tengan la oportunidad de poder defenderse ante algunas arbitrariedades en que pueda incurrir el Instituto Mexicano del Seguro Social ya sea al emitir algún crédito o bien no prestar el servicio de la manera en que lo contempla la ley.
Se cuenta principalmente con tres Medios de Defensa que nos pueden ser útiles ante los supuestos antes mencionados:
Recurso de Inconformidad
Este recurso se encuentra contemplado en el Artículo 294 de la Ley del Seguro Social, y sirve para que los Patrones o Asegurados puedan impugnar las resoluciones dictadas por el Instituto.
Es decir es aquel Medio de Defensa que pueden hacer valer tanto los Patrones como los Asegurados o sus beneficiarios en contra de actos definitivos del Instituto, en la forma y términos que establezca la propia Ley del Seguro Social y el Reglamento del Recurso de Inconformidad.
Este Recurso procede si existe un acto definitivo por parte del Instituto de no ser así se debe interponer previamente una Queja Administrativa en el caso de los Asegurados y en caso de ser contraria la resolución a lo solicitado, entonces se podrá interponer el Recurso de Inconformidad o bien una Demanda Laboral ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
No así en el caso de los Patrones, que podrán interponer el Recurso desde el primer momento de ser requeridos, no siendo este obligatorio ya que también podrán optar por promover Juicio de Nulidad.
Atendiendo a lo anterior los diferentes Recursos por los que el Asegurado o el Patrón pueden optar se consideran Medios de Defensa en el sentido de que al verse vulnerado el derecho de uno u otro estos se pueden impugnar a través de las instituciones expresamente designadas para ello, así que en el caso del Recurso de Inconformidad se promoverá ante el H. Consejo Consultivo Delegacional ya sea por Patrones o Asegurados.
En este sentido considero que este recurso debería ser obligatorio para que pudiera fungir como un filtro evitando con esto que los Tribunales o las Juntas según sea el caso tengan cargas de trabajo innecesarias que solo propician una justicia lenta y retardada.
Juicio Laboral
Este Medio de Defensa es utilizado por los Asegurados que bajo su óptica consideran que no se les está respetando algún derecho por parte del Instituto así que promueven esta demanda para que a través de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje se diriman las controversias que surjan durante el conflicto, como una negativa de pensión, un reconocimiento de un riesgo de trabajo, una enfermedad general, o la muerte por riesgo de trabajo.
En este juicio es importante que se contrate una persona sabedora del derecho para que asista al Asegurado en todas las etapas que conlleva este Juicio, hasta la resolución final en donde la autoridad emite un laudo a favor de quien haya demostrado tener la razón.
Así que este recurso se promoverá ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y esta instancia estará solo abierta a personas Aseguradas al Instituto, por lo que los Patrones tendrán que promover sus inconformidades a través del:
Juicio de Nulidad
También llamado Procedimiento Contencioso Administrativo, este procedimiento se encuentra regulado
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