Momento 8 Del Proyecto Igualdad Real
Enviado por ogbedioya • 14 de Febrero de 2013 • 2.230 Palabras (9 Páginas) • 488 Visitas
MOMENTO VII: ARTICULACIÓN DE LA COMUNIDAD CON ENTES DEL ESTADO Y/O MOVIMIENTOS SOCIALES Y POPULARES.
FACILITADOR: PARTICIPANTES: C.I.
Héctor Romero. Salazar Julio 18.658.847
SECCIÓN:
Estudios Jurídicos, Sección Nº 02
ALDEA: I.U.T “Dr. Delfín Mendoza”
ENERO, 2013.
MOMENTO VII: ARTICULACIÓN DE LA COMUNIDAD CON ENTES DEL ESTADO Y/O MOVIMIENTOS SOCIALES Y POPULARES.
Actualmente en nuestro país, transcurre por profundos cambios, que van en pro del beneficio de toda la población, en especial de las y los ciudadanos que históricamente fueron excluidos de las políticas de la cuarta república. Uno de estos cambios se enmarca en el campo educativo, que tienen miras a la formación de una mejor sociedad, busca lograr el fortalecimiento de la práctica pedagógica a través de la implementación del Sistema Educativo Bolivariano.
El papel de la articulación de la comunidad por estas calle con las instituciones del estado, como es el Registro Civil, SAIME y Defensoría del Pueblo, es permitir la unión de las fuerzas vivas de la comunidad e integrándose al centro del quehacer en el marco de los lineamientos establecidos en la constitución de la república bolivariana de Venezuela, en el Plan Nacional Simón Bolívar (2007-2013), en relación a la nueva ética socialista y en busca de la suprema felicidad, por medio de la organización de los movimientos sociales y populares como es el consejo comunal, mediante la participación protagónica y participativa.
Con el fin de motivar la explosión del Poder Comunal e implementar la transformación socialista de las instituciones del Estado, Impulsar y promover la organización, y consolidación del consejo comunal; debemos asegurar la más amplia participación de la comunidad en la satisfacción de sus necesidades, el desarrollo y mejoramiento de su hábitat de manera integral, mantener conciencia revolucionaria donde la transferencia de poder va hacia las comunidades.
La comunidad por estas calle, mediante oficio dirigió solicitud al Consejo Nacional Electoral, para que como ente rector del Registro Civil y del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería. Preste sus servicios, para alcanzar un nivel de igualdad real dentro de los habitantes de la comunidad en el área de cedulación y presentación de niños, niñas y adolescentes.
Al igual que se solicito por medio de oficio a la Defensoría del Pueblo, su participación en un conversatorio de saber, sobre la violencia contra la mujer, que de acuerdo a la Ley, comprende todo acto sexista que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, emocional, laboral, económico o patrimonial; la coacción o la privación arbitraria de la libertad, así como la amenaza de ejecutar tales actos, tanto si se producen en el ámbito público como en el privado.
El Registro Civil es una institución de gran importancia en el país, pues es a través de él, que se lleva un registro detallado del Estado Civil de las personas y de las modificaciones que estas puedan realizar. En virtud de ello el Estado venezolano asume de manera prioritaria el Derecho Constitucional a la Identidad de las Personas, tal cual se expresa en el Artículo 56 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Con base en el anterior precepto, así como en lo dispuesto en el Artículo 293, Numeral 7 del texto constitucional, el Poder Electoral emprende las funciones “Mantener, organizar, dirigir y supervisar el Registro Civil y Electoral, a través de la Comisión de Registro Civil y Electoral del Consejo Nacional Electoral, llevando a cabo las transformaciones normativas y organizacionales necesarias
...