Monografia determinacion judicial de la pena
Enviado por Royer Anderson • 31 de Agosto de 2021 • Monografía • 9.555 Palabras (39 Páginas) • 197 Visitas
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RESUMEN
INDICE
RESUMEN 2
INDICE 3
INTRODUCCIÓN 5
CUERPO 6
1. Concepto: 6
CASO 7
2. Etapas de la Determinación Judicial de la Pena Determinación Legal y Determinación Judicial de la Pena 8
2.1. La Identificación de la Pena Básica 9
2.2. La Individualización de la Pena Concreta 10
2.3. La Determinación Judicial de la Pena de Multa 10
3. Las Circunstancias Modificativas de la Responsabilidad Penal 11
3.1. Concepto, Función y Clases 11
3.2. Circunstancias Genéricas, Específicas y Elementos Típicos Accidentales 11
3.3. Circunstancias Agravantes, Atenuantes y Mixtas 12
3.4. Circunstancias Cualificadas y Privilegiadas 13
3.5. Las Circunstancias Genéricas en el Artículo 46° 15
4. Caso Práctico 16
5. Jurisprudencia 18
1. Concepto 23
2. Requisitos 23
3. Delitos que generan responsabilidad civil 24
4. Contenido de la Reparación civil 24
4.1. La restitución 24
4.2. Indemnización por daños y perjuicios 24
4.3. Caso Práctico 25
4.4. Jurisprudencia 27
CONCLUSIONES 32
INTRODUCCIÓN
CUERPO
LA DETERMINACIÓN JUDICIAL DE LA PENA
Concepto:
El órgano jurisdiccional, en una sentencia penal, emite hasta tres juicios importantes. En un primer momento, él se pronuncia sobre la tipicidad de la conducta atribuida al procesado (juicio de subsunción). Luego, a la luz de la evidencia existente, decide sobre la inocencia o culpabilidad de éste (declaración de certeza). Y, finalmente, si declaró la responsabilidad penal. deberá definir la calidad e intensidad de las consecuencias jurídicas que corresponden aplicar al autor o partícipe de la infracción penal cometida (individualización de la sanción).
La determinación judicial de la pena tiene relación con esta última decisión judicial. Su función, por tanto, es identificar y medir las dimensiones cualitativas y cuantititativas de las consecuencias jurídicas que corresponde aplicar al autor o partícipe de un delito. Se trata, pues, de un procedimiento técnico y valorativo de individualización de sanciones penales. Por consiguiente, en términos concretos, podríamos señalar que la expresión determinación judicial de la pena alude a toda la actividad que desarrolla el operador jurisdiccional para identificar, de modo cualitativo y cuantitativo, la sanción a imponer en el caso sub judice.
Esto es, mediante él se procede a evaluar y decidir sobre el tipo, la extensión y el modo de ejecución de la pena, medida de seguridad o consecuencia accesoria que resulte aplicable. Al respecto, desde un enfoque más general, JESCHECK precisa que la «determinación judicial de la pena es/a determinación de las consecuencias jurídicas del hecho punible llevada a cabo por el juez conforme a su naturaleza, gravedad y forma de ejecución, eligiendo una de las diversas posibilidades previstas legalmente. La determinación judicial de la pena no comprende, como su nombre parece indicar, solamente la fijación de la pena aplicable, sino también su suspensión condicional con imposición de obligaciones e instrucciones, la amonestación con reserva de pena, la dispensa de pena, la declaración de impunibilidad, la imposición de medidas de seguridad, la imposición del comiso y de la confiscación, así como las de la consecuencias accesorias» (Hans-Heinrich Jescheck. Tratado de Derecho Penal. Parte General. Volumen Segundo. Bosch. Barcelona, 1981 p. 1189).
CASO
En el siguiente ejemplo podemos esquematizar esta actividad judicial. Se trata de un caso de autoaborto que conforme al artículo 114° del Código Penal puede ser reprimido autora culpable del delito, el juez deberá de examinar y decidir sobre varios aspectos:
a. Primero, si aplica una pena privativa de libertad o una pena de prestación de servicios a la comunidad.
b. Segundo, la extensión que tendrá la sanción elegida, sea como tiempo de privación de libertad o como número de jornadas de servicios comunitarios a cumplir.
c. Finalmente, deberá concretizar si la pena privativa de libertad se cumplirá de modo efectivo o si cabe la suspensión condicional de su ejecución. O, en su defecto, señalar el lugar y modalidad del cumplimiento de los servicios comunitarios que fuesen asignados.
Ahora bien, para considerar y justificar el resultado correspondiente a cada una de estas decisiones, el juez tendrá que apreciar los distintos factores objetivos y subjetivos que estuvieron presentes en el caso para, luego, relacionarlos con aquellas reglas de métrica penal que establece la Ley. De esta manera, podrá identificar la gravedad del delito (antijuricidad del hecho) y el grado de responsabilidad del autor o participe (culpabilidad del agente). Es de señalar que en el desarrollo operativo de este procedimiento, la autoridad judicial va incorporando un elemento ideológico que vincula los diferentes objetivos y funciones que se atribuyen a la pena y que se detallan en el artículo IX del Título Preliminar del Código Penal de 1991 (prevención general, resocialización, proporcionalidad).
En la legislación y en la doctrina especializada esta actividad judicial también recibe otras denominaciones como aplicación de la pena, individualización judicial de la pena o dosificación de la pena. El órgano jurisdiccional tiene que determinar la pena correspondiente al caso por una razón de técnica legislativa. Efectivamente, la conminación abstracta que tiene la pena en la Ley se expresa, generalmente, en magnitudes abiertas o semi abiertas donde sólo se consigna una extensión mínima o máxima. En el caso de nuestra legislación penal esa es la técnica legislativa utilizada. Por tanto, cada delito tipificado en la Parte Especial del Código Penal o en Leyes Especiales o Accesorias a él tiene señalada una o más penas a partir de extremos de duración o realización mínimos o máximos.
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