NORMAS DE CONVIVENCIA DE LA COMUNIDAD.
Enviado por Ricardo Foley • 27 de Octubre de 2016 • Resumen • 3.213 Palabras (13 Páginas) • 220 Visitas
NORMAS DE CONVIVENCIA DE LA COMUNIDAD
DE PROPIETARIOS
INTRODUCCIÓN
1. DEL PAGO DE LAS CUOTAS DE MANTENIMIENTO:
2. DE LOS BIENES, AREAS Y SERVICIOS COMUNES:
3. DEL MANTENIMIENTO Y CUIDADO DE LAS ÁREAS COMUNES Y PRIVADAS:
4. DE LOS RUIDOS MOLESTOS:
5. DE LAS MUDANZAS:
6. DEL USO DE ESTACIONAMIENTOS Y DEPÓSITOS:
7. DE LA ELIMINACIÓN DE BASURA:
8. DE LAS MASCOTAS:
9. DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD:
10. DE EVENTUALES DAÑOS EN ÁREAS COMUNES:
11. DE LOS INQUILINOS
12. DE LA APLICACIÓN DE PENALIDADES
13. DE LAS QUEJAS, RECOMENDACIONES Y SUGERENCIAS:
INTRODUCCIÓN
Las presentes NORMAS DE CONVIVENCIA PARA EL CONDOMINIO LA RIVERA 223 tienen por objetivo servir de GUIA DE COMPORTAMIENTO BASICO al cual se comprometen a cumplir, bajo el espíritu de mutuo respeto a los derechos y obligaciones de todos los propietarios o inquilinos de los departamentos.
El propietario y/o inquilino, junto con el derecho que tiene a utilizar todos los servicios y facilidades con que cuenta el Condominio, adquiere la obligación de informarse sobre las disposiciones de las presentes normas, comprometiéndose a cumplirlas y hacerlas cumplir dentro del ámbito de su responsabilidad, sin invocar desconocimiento para su cumplimiento.
Este documento tiene carácter obligatorio para toda persona natural o jurídica que adquiera u ocupe cualquiera de las unidades inmobiliarias del mismo, bajo cualquier título, sea como propietario o poseedor, sin excepción o limitación alguna, quedando entendido que por el solo hecho de ser propietario, inquilino o poseedor de cualquier casa, queda obligado a respetar fielmente las disposiciones establecidas en este documento. Las disposiciones de las presentes Normas de Convivencia son obligatorias para el propietario, el inquilino o poseedor, sus familiares, dependientes, y en general para cualquier persona que visite el Condominio.
- DEL PAGO DE LAS CUOTAS DE MANTENIMIENTO:
- Es responsabilidad del propietario el cumplimiento del pago de las cuotas ordinarias y extraordinarias, ya sea que el departamento estuviese desocupado u ocupado por él mismo o por terceros.
- El pago de las cuotas de mantenimiento correspondiente al Condominio y deberán ser canceladas en los primeros diez (10) días calendarios de cada mes, si se produjera retraso en el pago de la misma y éste se realizara entre el día 11 y el 15 del mes en curso, la penalización aplicable será de 10 soles y si el pago de la cuota se efectúa entre los días 16 y el último día del mes, la penalización será de 50 soles adicionales a la cuota a pagar.
- Se considera un residente en calidad de “inhabilitado” cuando tenga pendiente el pago dos cuotas de mantenimiento y/o cuota extraordinaria. Ante esta situación por acuerdo general de propietarios se procederá de la siguiente forma:
- Se enviara una carta al propietario, informándole que dispone de un plazo de tres (03) días para regularizar el pago de su deuda,
- Finalmente, de mantenerse la deuda al tercer mes desde la fecha de pago, se procederá por parte de la Comunidad a contratar los servicios profesionales de un abogado, para que en nombre de la Comunidad reclame la deuda en los tribunales.
- DE LOS BIENES, AREAS Y SERVICIOS COMUNES:
- Son bienes y áreas comunes del Condominio:
- Plantas decorativas fuera de las casas
- Techo sol y sombra
- Área para caseta de vigilancia (dentro del Condominio)
- Los sistemas, equipos e instalaciones para agua y desagüe y servicios sanitarios comunes
- Los sistemas equipos e instalaciones eléctricas
- Los sistemas, equipos e instalaciones para televisión de circuito cerrado y demás sistemas de comunicación
- Las entradas del edificio, sus accesos, sus vías de circulación, sus puertas, peatonal y vehicular
- Las redes de alumbrado de áreas comunes
- Las jardineras en zonas comunes
- Los pozos de luz
- Las demás zonas destinadas al uso y disfrute de los ocupantes del edificio.
- Son servicios comunes del edificio:
- La guardianía y vigilancia (si existiese)
- La limpieza, conservación y mantenimiento en buen estado de las áreas, ambientes, elementos, equipos y en general de todos los bienes comunes
- La jardinería
- La eliminación de basura
- La iluminación de las áreas comunes
- La Administración General
- Otros relacionados a la operatividad del Condominio
- Del uso de las áreas comunes:
- Todo visitante sin compañía del propietario deberá tocar el intercomunicador, y ser acompañado por el propietario, el inquilino o poseedor, sólo bajo su responsabilidad se permitirá su ingreso al Condominio y el tránsito a la casa correspondiente.
- Ningún visitante podrá transitar por otra casa que no sea el correspondiente a su visita.
- La responsabilidad de la seguridad se traslada al propietario que accede al Condominio con terceras personas.
- Los jardines del edificio son netamente decorativos por lo cual no están diseñados para el tránsito o actividades de recreación, esparcimiento u otros.
- Por motivos de seguridad, está prohibido dejar paquetes, bultos, o cualquier otro tipo de artículo en las áreas comunes.
- La colocación de artículos ornamentales en los pasadizos sólo será posible de común acuerdo entre los propietarios siempre que su presencia no se oponga a las normas de seguridad.
- DEL MANTENIMIENTO Y CUIDADO DE LAS ÁREAS COMUNES Y PRIVADAS:
Cada propietario, inquilino o poseedor es responsable de velar por la integridad física del Condominio prestando atención a los siguientes puntos:
- No se deberá llevar a cabo ninguna alteración física (construcción o color de pintura) en las unidades inmobiliarias ni en las áreas comunes, que afecten la apariencia original exterior y de las zonas comunes del Condominio.
- A partir de esta aprobación de las normas de convivencia, No se podrá colocar elementos que afecten la apariencia exterior del Condominio.
- En el caso de construcciones adicionales en las áreas comunes, éstas deberán ser previamente aprobadas por una mayoría calificada correspondiente a los dos tercios de la Junta de Propietarios.
- Está prohibido que el tendido de ropa que invada la fachada exterior o interior del edificio.
- Por motivos de estética, los residentes deberán colocar las cortinas exteriores (fachada delantera o posterior) sólo en matices de blanco y modelos de acuerdo a lo autorizado por la Junta de Propietarios, debiendo mantenerse en el tiempo la homogeneidad de las mismas; del mismo modo, no se deberá colocar elementos fuera de las casas que quiebren la estética del condominio.
- No se puede instalar letreros, anuncios, pegar afiches o calcomanías de cualquier orden en las ventanas exteriores o en la fachada del edificio, tales como avisos de alquiler o venta de casas del condominio. En este sentido, se deberá colocar un letrero en forma de estaca en el jardín exterior del condominio para tal fin y será el propietario o persona delegada por este, quien enseñe la casa en venta y/o alquiler.
- Se debe respetar el uso de las casas que conforman el Condominio, siendo éste de uso exclusivo de vivienda, por lo que no se podrá utilizar con fines comerciales, reuniones políticas, religiosas, tours de exhibición o similares.
- Será deber de todos los residentes velar y apoyar el mantenimiento de las áreas comunes, evitando deteriorarlas sino en contrario, apoyando activamente a mantenerlas o a mejorarlas.
- El regado de los jardines externos del Condominio será responsabilidad del Administrador de turno mientras dure su gobierno, dicho regado será asumido por el Administrador de turno, es decir, utilizará su servicio de agua para realizar dicha tarea.
- DE LOS RUIDOS MOLESTOS:
Para que la vida en el Condominio se desarrolle en la forma apacible y agradable, será necesario observar fundamentalmente las siguientes pautas:
- Está prohibido producir ruidos en las áreas comunes del edificio que alteren la paz y tranquilidad de los residentes, especialmente en horas de la noche. Asimismo, se deberán respetar la moral y las buenas costumbres, evitando protagonizar escándalos en el Condominio.
- Todas las actividades familiares o reuniones sociales deberán realizarse dentro de los límites de las casas. Dichas reuniones deberán mantener un volumen moderado de música y voces para no ocasionar ruidos molestos.
- En caso de requerirse realizar trabajos o arreglos que produzcan ruidos molestos, el horario deberá ser el siguiente:
- Para trabajos en casas…..de lunes a sábado de 9 am a 6 pm
- Para actividades familiares o reuniones sociales…..de domingo a jueves hasta la 1 am y viernes, sábados y feriados hasta las 3 am
- Los domingos y feriados solamente podrán efectuarse reparaciones de emergencia que por su naturaleza no puedan postergarse para otra fecha y que deberá comunicarse previamente a la administración para que esta lo comunique a cada uno de los vecinos afectados por proximidad a dichas obras para que tomen las medidas oportunas.
- Toda comunicación desde el condominio hacia el exterior deberá hacerse por intermedio del intercomunicador y no desde balcones, ventanas o por medio del claxon u otros elementos que produzcan ruidos molestos. Toda comunicación por celular, dentro de las áreas comunes, debe realizarse guardando la debida moderación, en cuanto al tono de voz y evitando en lo posible el uso de celulares tipo radio; especialmente en horas de la noche o de descanso de los residentes.
- Está prohibido tocar el claxon en el área de estacionamiento o en el ingreso, con ninguna excepción.
- Las alarmas de los autos deberán estar bien programados para evitar ruido durante la noche y no perturbar el descanso de los demás.
- DE LAS MUDANZAS:
- Cuando se realice una mudanza, ésta debe ser avisada previamente a la administración con fecha y hora de mudanza, teniendo en cuenta que cualquier rotura o desperfecto que sufra la zona común del conjunto, será de responsabilidad directa del propietario, inquilino o poseedor que ha originado la mudanza y por tanto responsable de su reparación.
- Toda mudanza deberá ser informada con una anticipación no menor de 24 horas a la administración.
- No está permitido el ingreso de vehículos de mudanza al área de estacionamiento; estos deberán permanecer en el área externa del Condominio sin obstaculizar el libre tránsito.
- DEL USO DE ESTACIONAMIENTOS Y DEPÓSITOS:
- Los estacionamientos deberán ser usados únicamente para estacionar vehículos, en ningún caso ser almacén o depósito de ningún tipo de materiales, muebles u cualquier equipo o desecho, ni podrá instalarse en ellos armarios para el almacenaje de enseres; son únicamente para el uso de estacionamiento de vehículos.
- El ingreso de vehículos ajenos al edificio (familiares u amistades) deberán ser colocados en los estacionamientos libres de cada casa, el cual autorizó el ingreso.
- Cada propietario deberá estacionar su vehículo en sus respectivas cocheras cuidando de no invadir las cocheras vecinas ni obstaculizar las áreas comunes.
- No se podrá utilizar los estacionamientos para hacer reparaciones a los vehículos, salvo las de emergencia como cambio de llantas, baterías o similares. Para reparaciones mayores, deberá remolcarse el vehículo fuera del edificio hasta el taller u otro lugar.
- Se deberá verificar que su(s) vehículo(s) no tenga(n) fugas de aceite para evitar manchar el piso de los estacionamientos, en caso de que las tuviera, colocar un protector mientras soluciona el desperfecto.
- Está terminantemente prohibido el ingreso de vehículos de servicio de taxi al área de estacionamiento.
- No es posible prender vehículos que emanen monóxido en exceso de lo normal, en caso detectarse deberán ser retirados del estacionamiento.
- Prohibido dejar materiales de trabajo.
- DE LA ELIMINACIÓN DE BASURA:
- Por ningún motivo debe dejarse basura en las áreas comunes del Condominio.
- De acuerdo a las normas municipales vigentes, con fines de preservar la salubridad y la higiene, se recomienda que la disposición de la basura contemple las siguientes consideraciones:
- Los envases, en especial aquéllos voluminosos, deben comprimirse antes de descartarse, para no ocupar más espacio que el debido en el limitado espacio con el que se cuenta para la basura.
- Retirar las tapas a las botellas de plástico y aplastarlas para reducir su volumen
- Aplastar las latas de bebidas u otros
- Aplanar las cajas de cartón
- Separar papel y cartón, vidrios y plásticos, de los residuos orgánicos.
- La basura debe descartarse en bolsas muy bien cerradas cuidando que no contengan objetos punzo cortantes que puedan perforar las bolsas durante su traslado.
- No se debe echar ningún tipo de líquido a la basura.
- Objetos de deshecho como artefactos en desuso, muebles, material de construcción, etc. NO SE CONSIDERA BASURA por lo que su manipulación y traslado fuera del edificio es de responsabilidad del propietario.
- DE LAS MASCOTAS:
- La tenencia de mascotas es un asunto de responsabilidad pues el animal no solo entra en la vida de su dueño sino que afecta al entorno social.
- La tenencia de animales domésticos estará regulada y en concordancia con las normas de protección a los animales domésticos - ley No. 27265 y sobre tenencia de canes – ley 27596.
- Las mascotas necesitan un espacio higiénico donde puedan descansar y alimentarse sin ningún riesgo, deben cumplir con un esquema de vacunación y realizar visitas periódicas al veterinario.
- Todo propietario de animal doméstico se hace responsable de todo daño o lesión que ocasione su mascota. Asimismo, se comprometen a llevar su mascota con las medidas preventivas y de seguridad establecida en la ley.
- No está permitido la libre circulación de mascotas por las zonas comunes, si no es acompañado por su dueño y siempre con correa.
- Se prohíbe la tenencia de mascotas que no sean comúnmente consideradas como animales domésticos o de aquellos que en alguna medida puedan colocar en peligro la integridad de los residentes o visitantes.
- En ningún caso los animales domésticos o mascotas podrán realizar sus necesidades fisiológicas en las zonas comunes. En caso de registrarse algún incidente de esta naturaleza, el dueño o tenedor se hace responsable y deberá limpiar la zona inmediatamente.
- Las mascotas no podrán ser dejadas en las áreas comunes bajo ninguna circunstancia.
- DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD:
- Antes de salir de su casa asegurarse de que los grifos de agua y gas estén cerrados.
- Al salir del Condominio asegurarse de que las puertas del mismo, principal o de estacionamiento, queden cerradas.
- Verificar constantemente que no existan fugas en los servicios de agua y gas.
- Será responsabilidad del propietario, inquilino o poseedor la solicitud de algún servicio particular, tales como: instalación de cable, líneas telefónicas, delivery de comida u otros similares.
- De acuerdo al sistema de video-intercomunicador implementado en el Condominio, el propietario, inquilino o poseedor será responsable de recibir y/o acompañar a su visita o delivery a la puerta del Condominio para garantizar la seguridad del Condominio.
- DE EVENTUALES DAÑOS EN ÁREAS COMUNES:
- Los eventuales daños en áreas comunes que sean resultado de caso fortuito o fuerza mayor serán asumidos por cuenta de todos los propietarios del Condominio.
- Los eventuales daños causados por algún residente o las personas bajo su responsabilidad (visitantes, familiares, trabajadores, inquilinos, etc.) serán asumidos íntegramente por el propietario.
- DE LOS INQUILINOS
- Los propietarios que alquilen su casa, están obligados a informar a la Administración de los datos personales del inquilino(s) antes de su ingreso, así como del período de alquiler y la copia de DNI.
- Los propietarios que alquilen deberán ser acuciosos en la selección del inquilino (y de la persona que ocupará la casa), de su solvencia económica y moral así como asegurarse que darán un buen uso a la casa y de mantenerlo en buen estado de limpieza.
- Sin perjuicio de lo estipulado en la cláusula precedente, el inquilino que incumpla reiteradamente con las normas de convivencia, podrá ser declarado persona no grata por los residentes del Condominio, y ésta situación será notificada al propietario por parte de la Junta Directiva del edificio, obligándose el propietario a rescindir de inmediato el contrato de arrendamiento, debiendo el inquilino hacer entrega de las llaves de la casa y retirarse del mismo dentro de las 72 horas siguientes a la comunicación escrita.
- DE LA APLICACIÓN DE PENALIDADES
- En caso del incumplimiento reiterado de las normas descritas u otra no considerada, pero que atente contra la pacífica convivencia en el Condominio, la Junta Directiva procederá con las amonestaciones verbales y escritas que procedan.
- El incumplimiento de las Normas establecidas de forma reiterada, facultará a la Junta Directiva, a trasladar la queja o denuncia, ante los organismos públicos que correspondan, “Municipalidad de La Molina” en primera instancia y en caso de ser preciso, el “Poder Judicial.
- Serán consideradas como faltas graves aquellas que atenten contra la estructura del Condominio, ya sea en sus áreas comunes o individuales que vayan en desmedro de la apariencia original exterior del Condominio, en sus conexiones de luz, agua, teléfono y otros, ordenándose al infractor el retiro de lo indebidamente colocado o instalado, la demolición de lo indebidamente construido, el cese de la falta cometida, la restitución de lo destruido o malogrado o cualquier otra circunstancia, en forma inmediata.
- DE LAS QUEJAS, RECOMENDACIONES Y SUGERENCIAS:
- Los propietarios y residentes deben poner todo de su parte en cuanto a la tolerancia y respeto por la vida privada de los vecinos, así como por el respeto a la moral y las buenas costumbres tal como se entienden en el contexto de nuestra sociedad, a fin de mantener una convivencia pacífica y alturada en el condominio.
- En caso de tener un reclamo, recomendación o sugerencia, se deberá dirigir por escrito al Administrador de turno del Condominio.
Martín Yarleque | Alfredo Casas | Ricardo Foley | ||
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