NULIDAD DE ACTO JURIDICO
Enviado por msrt.1988 • 2 de Octubre de 2015 • Ensayo • 2.632 Palabras (11 Páginas) • 155 Visitas
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DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
NULIDAD DEL ACTO JURÍDICO
POR
MAOO STALIN RAMOS TARRILLO
DOCENTE
ABG. HUGO HOLDEN DIAZ LEON
CURSO
DERECHO CIVIL II (ACTO JURÍDICO)
CAJAMARCA PERÚ- 2015
DEDICATORIA
EL PRESENTE TRABAJO ESTA DEDICADO AL ESFUERZO DE MIS PADRES, HERMANOS, QUIENES ME APOYAN CONSTANTEMENTE, CON EL OBJETIVO DE SER UNA MEJOR PERSONA Y UN BUEN PROFESIONAL.
A MI ESPOSA Y A MI PEQUEÑO HIJO QUIEN ES LA RAZON QUE ME IMPULSA A SEGUIR ADELANTE, CON LA INTENCION DE PODER SER UN EJEMPLO PARA QUE SE PUEDA DESARROLLAR COMO UNA PERSONA DE BIEN.
INDICE
INTRODUCCION
CAPITULO I DEFINICIÓN
CAPITULO II CARACTERISTICAS DEL ACTO JURIDICO NULO
CAPITULO III LAS CAUSALES DEL ACTO JURÍDICO NULO
CAPITULO IV CASOS DE NULIDAD
CONCLUSIONES
BIBLIOGRAFÍA
INTRODUCCION
La nulidad es, en Derecho, una situación genérica de invalidez del acto jurídico, que provoca que una norma, acto jurídico, acto administrativo o acto judicial deje de desplegar sus efectos jurídicos, retrotrayéndose al momento de su celebración. Para que una norma o acto sean nulos se requiere de una declaración de nulidad, expresa o tácita y que el vicio que lo afecta sea coexistente a la celebración del mismo.
Tiene por fundamento, proteger intereses que resultan vulnerados por no cumplirse las prescripciones legales al celebrarse un acto jurídico o dictarse una norma, acto administrativo o judicial.
El tratamiento de la nulidad en nuestra codificación civil se ve facilitada por la estipulación de causales expresas en el texto legal. Sin embargo, existiendo también en nuestro sistema las nulidades virtuales o tácitas, el asunto se torna un tanto complejo, por cuanto ya no es la propia norma legal la que sanciona con nulidad el acto en sí, sino que tal invalidez debe ser apreciada caso por caso a fin de determinar el contenido ilícito del negocio.
CAPITULO I
DEFINICIÓN
El acto jurídico nulo es aquello que se da por la falta de un elemento sustancial, está destituido de todo efecto jurídico; es inválido e ineficaz desde el inicio, salvo que el ordenamiento jurídico, excepcionalmente, le confiere algunos efectos.
Se produce por virtud del derecho, sin necesidad de impugnación previa, para que la nulidad opere como causal de ineficacia no tiene necesidad de ser declarada judicialmente; las partes se pueden comportar como si ese evento nunca hubiese tenido lugar.
El acto jurídico nulo está establecido por el ordenamiento jurídico en protección no solamente de intereses privados, sino también del interés general de la comunidad, de allí que están legitimados para promover la acción de nulidad cualquiera que tenga interés, pudiendo ser declarada de oficio por el juez. El acto nulo, reputado inexistente para el derecho no puede ser convalidado mediante la confirmación, el acto nulo prescribe a los diez años en conformidad con el art. 2001 del Código Civil.
CAPITULO II
CARACTERISTICAS DEL ACTO JURIDICO NULO
1.-El Acto Jurídico nulo de pleno derecho:
Llamado también “nulo ipso jure”, es decir de pleno derecho, significa que no requiere de una sentencia judicial que así lo declare; ya que el acto jurídico no llega a formarse ni a alcanzar el reconocimiento de su validez por el Derecho Objetivo; es decir el acto nulo no tiene fuerza vinculante ni despliega eficacia jurídica alguna.
Ejemplo:
-La compra venta y tráfico ilegal de drogas.
-Matrimonio civil entre menores de edad (12 años)
2.-El Acto Jurídico no produce los efectos queridos por las partes
Esta característica, debe entenderse que los efectos deseados por las partes no se dan, de tal forma que la situación jurídica pretendida en cuanto a sus efectos no surta efectos ; es decir porque el acto jurídico es nulo , no produce ninguno de los efectos jurídicos correspondientes al fin práctico querido .
Sin embargo, cabe resaltar que si bien el acto jurídico no produce los efectos queridos por las partes, puede tener otros efectos.
Ejemplo:
-Un testamento nulo puede constituirse en un principio de prueba escrita para establecer la filiación de un hijo extramatrimonial.
Es decir; el testamento al no ser autorizado por el notario público, es nulo de pleno derecho, sin embargo sus efectos son otros como los descritos en líneas arriba.
3.-La Nulidad puede ser alegada por quienes tengan interés o por el Ministerio Público.
Esta característica, en razón que el acto jurídico nulo, por constituir la expresión de la nulidad absoluta, por decir porque afecta al orden público, puede ser alegada por quienes tengan interés o por el Ministerio Público.
Este es un tema que cae dentro del campo procesal, respecto de los requisitos de la acción procesal : la legitimidad e interés para obrar ; y en este caso respecto de las partes que intervinieron en el acto o negocio jurídico o por el Ministerio Público, quien interviene con las facultades conferidas por la Constitución Política y su Ley Orgánica .
En el caso de terceros relativos, también pueden intervenir los herederos, quienes obviamente están legitimados para accionar.
4.- La Nulidad del Acto Jurídico, puede ser declarada de oficio.
Esta característica, es consecuencia inherente a la nulidad “ipso jure”, que como lo tenemos establecido no requiere de una sentencia judicial que así lo declare.
Al respecto , como bien lo establece Ennecerus, el Juez debe tener en cuenta la nulidad que le sea conocida , aunque no la invoque aquel a quien favorece o le perjudique; no es menester una acción especial encaminada a producir la nulidad, ni tampoco a constatarla , puesto que se produce sin más , en virtud de la ley.
Esta característica, está prevista en el artículo 220 del Código Civil.
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