NULIDAD MATRIMONIAL
Enviado por Clariita Mosquera • 17 de Octubre de 2015 • Documentos de Investigación • 859 Palabras (4 Páginas) • 107 Visitas
MATRIMONIO CATOLICO | MATRIMONIO CIVIL | COMENTARIO |
Edad inferior a 18 años. Es dispensable a partir de los 16 años para el hombre y los 14 para la mujer. | Edad inferior a 18 años. Es dispensable a partir de los 14 años. | Si estamos de acuerdo por que una persona menor de 14 años no tiene la determinación para contraer un vínculo matrimonial |
Haber contraído vínculo matrimonial previo y subsistente. | Haber contraído vínculo matrimonial previo y subsistente. | Si estamos de acuerdo una persona no se puede casar si ya tiene un vínculo matrimonial |
Tener parentesco en línea recta sin límite de grado o en línea colateral hasta el cuarto grado. Los grados tercero y cuarto en la línea colateral son dispensables. | Tener parentesco en línea recta sin límite de grado o en línea colateral hasta el tercer grado. El tercer grado en la línea colateral es dispensable. | Si estamos de acuerdo porque iría con nuestros principios. |
Pública honestidad. Mantener relación sentimental con pariente en primer grado por afinidad del cónyuge fallecido o mantener relación de concubinato con persona distinta del otro contrayente al tiempo de celebrarse el matrimonio. Es dispensable. | Si estamos de acuerdo porque sería una persona indecisa infiel. | |
Haber atentado contra la vida del cónyuge anterior del otro contrayente. Es dispensable. | Haber atentado contra la vida del cónyuge anterior del otro contrayente. Es dispensable. | |
Orden sagrado. Estar ordenado como obispo, sacerdote o diácono. Es dispensable, pero el beneficiario de la dispensa debe abandonar el sacerdocio. | Si estamos de acuerdo porque un sacerdote que hable la palabra de Dios no puede estar incumpliendo la palabra de Dios ya separado es libre de casarse. | |
Votos públicos y perpetuos de castidad en instituto religioso. Es dispensable, abandonando el instituto. Si los votos son temporales, basta que estos no sean renovados al finalizar el periodo correspondiente. | ||
Mixta religión. Tiene lugar en los matrimonios entre católico y cristiano válidamente bautizados en otra Iglesia que no sea la católica ortodoxo, anglicano o evangélico. Es dispensable. | No estoy de acuerdo porque cuando dos personas se aman no importa la religión para unir ese vínculo matrimonial. | |
Disparidad de cultos. Tiene lugar en los matrimonios entre católico y no bautizado. Es dispensable. En este caso y en el anterior, el cónyuge católico se compromete a bautizar a los hijos que puedan tener en el futuro y a educarlos bajo la fe católica y el no católico a no obstaculizarlo. | No estamos de acuerdo porque así como nuestros hijos tienen el derecho de escoger su religión en un momento dado como lo contempla la religión. | |
Impotencia antecedente y perpetua, sea absoluta o relativa. | ||
Carecer de uso de razón. | Si estamos de acuerdo | |
Tener grave defecto de discreción de juicio. | ||
Incapacidad para asumir las obligaciones esenciales del matrimonio por causas de naturaleza psíquica. Ha tenido gran desarrollo jurisprudencial, incluyendo todas aquellas conductas que impiden el normal desenvolvimiento del matrimonio: trastornos de identidad sexual (ninfomanía, satirismo), imposibilidad de tener hijos (esterilidad), trastornos de la personalidad, alcoholismo, drogadicción y ludopatías. | Si estamos de acuerdo por es un matrimonio no fructífero. | |
Error en la identidad de la persona o de una cualidad directa y principalmente pretendida. La cualidad ha de ser de naturaleza personal y afectar a la vida matrimonial, rechazando las de carácter físico o las de carácter patrimonial. | Error en la identidad del otro contrayente o en aquellas cualidades personales que, por su entidad, hubiesen sido determinantes para la prestación del consentimiento. | Si estamos de acuerdo porque sería un engaño. |
Error determinante acerca de la unidad, de la indisolubilidad o de la dignidad sacramental del matrimonio. | Si estamos de acuerdo porque si desean unirse por vínculo matrimonial. | |
Simulación total o parcial por exclusión de una propiedad esencial o de un elemento esencial del matrimonio: la unidad, la fidelidad, la indisolubilidad y la apertura a la vida en el matrimonio. | Si estamos de acuerdo de acuerdo porque a falta de esto igual habría separación a corto o largo plazo. | |
Condición | No estamos de acuerdo porque la condición no es impedimento de nulidad seria discriminatorio | |
Violencia, intimidación o miedo grave. | Violencia, intimidación o medio grave. | Si estamos de acuerdo porque es una persona obligada a contraer vínculo matrimonial |
Rapto para obtener el consentimiento del otro contrayente | Si estamos de acuerdo porque es una persona obligada a contraer matrimonio | |
Dolo provocado para obtener el consentimiento | Dolo provocado para obtener el consentimiento. | Si estamos de acuerdo porque es una persona obligada a contraer matrimonio |
No celebrarse sin la asistencia del ordinario del lugar o del párroco o de un delegado de éstos. | No celebrarse sin la asistencia del juez, alcalde o funcionario correspondiente. | Si estamos de acuerdo porque para ser legal se necesita de la bendición o el consentimiento bien sea del sacerdote o del notario. |
Matrimonio celebrado por poderes que sean nulos. | Matrimonio celebrado por poderes que sean nulos. | Si estamos de acuerdo porque sería algo ilegal |
Falta de uno o de los dos testigos. | Falta de uno o de los dos testigos | No estamos de acuerdo porque para unirse en vínculo matrimonial solo se necesita el delgado para la unión y la bendición de Dios |
Celebración del matrimonio en peligro de muerte si no concurría esta circunstancia. | Si estamos de acuerdo porque es una persona que ha sido obligada a realizar el acto. | |
ALUMNA:
CLARA INES LASSO MOSQUERA
MARIA DEL MAR SANCHEZ LEMOS
ANGELICA MARCELA MONDRAGON SANCHEZ
DOCENTE:
LUCY ESPERANZA RAMIREZ BETANCOURTH
MATERIA:
DERECHO DE FAMILIA Y MENORES
GRUPO:
A3H
UNIVERSIDAD SANTIAGO DE CALI
CALI VALLE DEL CAUCA
2015
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