Obligaciones
Enviado por Lianela • 15 de Octubre de 2012 • 2.258 Palabras (10 Páginas) • 464 Visitas
Obligaciones
Contenido
1.- Obligaciones:
• Conceptualización
• Características
• Elementos Constitutivos
• Fuentes de las Obligaciones según el Código Civil Vigente y Clasificación
2.- Efectos según el cumplimiento o el incumplimiento de las Obligaciones:
• El Incumplimiento Involuntario
• Causa Extraña
• No Imputable
• Caso Fortuito
• Fuerza Mayor
Obligaciones:
Concepto:
Es una relación jurídica por medio de la cual, una persona denominada deudor, se compromete frente a otra, denominada acreedor, a dar, a hacer, o a no hacer alguna cosa, la cual en caso de no ser cumplida por el deudor , lo compromete a responder con su patrimonio.
Según el artículo 1.133 de nuestro Código Civil El contrato es una convención entre dos o más personas para constituir, reglar, transmitir, modificar o extinguir entre ellas un vínculo jurídico.
Características:
1) Según el contenido de la Prestación:
Obligaciones de Dar:
Su objetivo es la transmisión de la propiedad u otro derecho real (servidumbre, usufructo, uso, habitación, hipoteca). Artículos 1285, 1161 del Código Civil.
Ejemplos: El mes de octubre te pagare los 20 Bsf que te debo o la Compra venta de un carro.
Obligación de Hacer:
Son las obligaciones que tienen como prestación actividades realizadas por el deudor que no consisten en la transmisión de la propiedad u otro derecho real. Artículos 1266, 1284, 1264 y 1271 del Código Civil.
Ejemplos: contrato laboral, contrato de instrucción.
Obligación de No Hacer:
Son las que tienen como prestación una conducta negativa que consiste en una abstención por parte del deudor. Articulos1268 y 1266 del Código Civil.
Ejemplos: Prohibición de fumar en edificios gubernamentales. Orden de restricción.
2) Según el fin perseguido por la prestación:
Obligaciones de Resultado:
Es el resultado de la obligación en las que el deudor adquiere el compromiso de realizar una prestación determinada a favor del acreedor, procurándole un resultado concreto. La no consecución de dicho resultado sería la prueba del incumplimiento del deudor.
Obligaciones de Medio:
Son aquellas obligaciones en las que el deudor promete actuar en la forma necesaria para que se produzca el resultado que el acreedor desea. Si el fin no se obtiene, el deudor no es responsable si demuestra que los medios empleados eran adecuados.
3) Según el carácter Coactivo de la Obligación:
Obligaciones Jurídicas:
Son las obligaciones dotadas de poder coactivo garantizado por el derecho, en la cual el acreedor podrá constreñir al deudor para que pague, mediante la intervención de los órganos jurisdiccionales.
Obligaciones Naturales:
Es la obligación que no es susceptible de ejecución forzosa por parte del acreedor. El deudor solamente tiene una obligación moral de cumplirla, no responde por su incumplimiento. En el artículo 1178 del Código Civil indica “La repetición no se admite respecto de la obligaciones naturales que se han pagado espontáneamente”. Además el articulo 1801 contiene: “La ley no da acción para reclamar lo que se haya ganado en juego de suerte, azar o envite, o en una apuesta. Las loterías están comprendidas en las disposiciones de este articulo, excepto aquellas que se constituyen para beneficencia o para algún otro fin de utilidad, y que las garantice el Estado”.
4) Según las Modalidades:
Obligaciones Puras y Simples:
Son aquellas que no dependen ni de término ni de una condición.
Obligaciones a Término:
Termino Suspensivo:
Es cuando el acontecimiento futuro y cierto va a producir la exigibilidad de la obligación.
Ejemplo: Pagare Bsf 50.000 el segundo día lunes del próximo año bisiesto. Según este término, no se podrá exigir los cincuenta mil, hasta que llegue ese día.
Termino Extintivo o Resolutorio:
Es cuando el acontecimiento futuro y cierto va a determinar la extinción de la obligación.
Ejemplo: Te estaré pagando los estudios hasta el 30 de agosto del 2015. Esto quiere decir, que llegado el día siguiente a dicha fecha, ya el acreedor no podrá exigir que se le siga pagando los estudios.
5) Según la Pluralidad de Objetos:
Obligaciones conjuntivas:
Son aquellas que tienen como prestación varios objetos y el deudor deberá cumplir con todos para liberarse de la obligación.
Ejemplo: El deudor se compromete a pagar Bsf 700.000 y a construir un Centro Comercial y no se ausentara del país hasta terminar la obra.
Obligaciones Alternativas:
Son aquellas que recaen sobre varios objetos, pero el deudor deberá cumplir una determinada prestación. El deudor se liberara cumpliendo con uno de los objetos de la obligación. Artículo 1216 del Código Civil: “El deudor de una obligación alternativa se liberara con la entrega de una de las cosas separadamente comprendidas en la obligación, pero no puede obligar al acreedor a recibir parte de la una y parte de la otra”. Está contenida desde los artículos 1216 y 1220 del Código Civil.
Obligaciones Facultativas:
La obligación va a constar de un solo objeto, pero se le otorga al deudor la facultad de cumplir su obligación, ejecutando una prestación distinta sustitutiva.
Ejemplo: Me comprometo a pagar Bsf 1.000.000, pero me libero de esa obligación entregando la propiedad de 20 motos.
6) Según la Pluralidad de Sujetos:
Obligaciones Conjuntas o Mancomunadas:
Son aquellas en la cual el objeto o prestación se va a dividir entre el número de sujetos que intervienen, sea en partes iguales o en partes proporcionales.
Ejemplo: A y B deben 300.000 Bsf a los señores V y Z, la deuda será mancomunada si cada uno de los deudores solo está obligado al pago de su parte, los acreedores solo pueden exigir lo que les corresponde del total, en este caso 150.000 Bsf, por cada deudor.
Obligaciones Solidarias:
Según el artículo 1221 de nuestro Código Civil la obligación es solidaria cuando varios deudores están obligados a una misma cosa de modo que cada uno pueda ser constreñido al pago por la totalidad y que el pago hecho por uno
...