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Observaciones A La Ley Del Deporte D. F.


Enviado por   •  20 de Abril de 2013  •  6.542 Palabras (27 Páginas)  •  371 Visitas

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LEY DEL DEPORTE PARA EL DISTRITO FEDERAL

TEXTO VIGENTE

ORDENAMIENTO VIGENTE, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 6 de noviembre de 1995, y en el Diario Oficial de la Federación el 13 de noviembre de 1995

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEON, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:

Que la H. Asamblea de Representantes del Distrito Federal, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO

LA ASAMBLEA DE REPRESENTANTES DEL DISTRITO FEDERAL, DECRETA:

LEY DEL DEPORTE PARA EL DISTRITO FEDERAL

Artículo Texto Observaciones

TITULO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 1o.-

Las disposiciones de la presente Ley son de orden público e interés social y tienen por objeto normar las actividades tendientes a fomentar y desarrollar el deporte en el Distrito Federal y establecer el Sistema del Deporte del Distrito Federal, así como las bases para su funcionamiento.

ARTICULO 2o.-

Se entiende por deporte: la práctica de actividades físicas e intelectuales que las personas, de manera individual o en conjunto, realicen con propósitos competitivos o de esparcimiento en apego a su reglamentación. Dicha práctica propiciará el desarrollo de las aptitudes del individuo, el cuidado de su salud y promoverá su integración a la sociedad.

ARTICULO 3o.- La función social del deporte es la de fortalecer la interacción e integración de la sociedad, para desarrollar de manera armónica las aptitudes físicas e intelectuales de las personas y contribuir a fomentar la solidaridad como valor social.

ARTICULO 4o.-

Son sujetos de la presente Ley, los deportistas, los organismos deportivos de los sectores público, social y privado en el Distrito Federal y demás personas que por su naturaleza o funciones sean susceptibles de integrarse al Sistema del Deporte en esta Ciudad.

ARTICULO 5o.-

Se reconoce el derecho de todo individuo al conocimiento, difusión y práctica del deporte sin distinción de sexo, militancia o creencia religiosa.

El Gobierno del Distrito Federal y los Órganos Político-Administrativos de cada una de las Demarcaciones territoriales del Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán incluir dentro de sus planes, programas, presupuestos, acciones y recursos destinados al impulso de las prácticas deportivas. Asimismo, se promoverá la incorporación de los deportistas con discapacidad.

ARTICULO 6o.-

Corresponde al Jefe de Gobierno del Distrito Federal ser el órgano rector de la política deportiva en esta entidad. Para ello contará con las facultades que le otorga esta Ley, así como las que le otorguen otras disposiciones legales para el mejor desarrollo del deporte en el Distrito Federal.

TITULO SEGUNDO

DEL SISTEMA DEL DEPORTE DEL DISTRITO FEDERAL

ARTICULO 7o.-

Se establece el Sistema del Deporte del Distrito Federal que estará constituido por el conjunto de acciones, recursos y procedimientos que los individuos, agrupaciones sociales y organismos deportivos de los sectores público, social y privado del Distrito Federal establezcan y lleven a cabo entre sí y con los diversos organismos que conforman el Sistema Nacional del Deporte.

ARTI ARTICULO 8o.- as funciones que conforme a esta Ley corresponden al Sistema del Deporte del Distrito Federal, estarán a cargo del Jefe de Gobierno del Distrito Federal quien las ejercerá por conducto deL la Secretaría de Desarrollo Social a través del Instituto del Deporte del Distrito Federal.

ARTICULO 9o.-

Las principales funciones a desarrollar dentro del Sistema del Deporte del Distrito Federal son:

I.- Proponer, formular y ejecutar coordinadamente políticas que fomenten y desarrollen la práctica del deporte y la recreación a través del mismo, enfatizando la atención en los sectores de la educación básica e instituciones de educación especial;

II.- Establecer el procedimiento de coordinación en materia deportiva entre el Jefe de Gobierno del Distrito Federal y los Órganos Político-Administrativos de cada una de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal.

III.- Determinar las necesidades y requerimiento de equipamiento, organización y seguridad, entre otros, para la práctica y desarrollo del deporte, incluido el deporte adaptado, así como su alternativa y medios para satisfacerlos.

En lo referente al deporte adaptado se observarán en todo momento, los requerimientos específicos para su práctica, y se contemplarán las adecuaciones necesarias a la infraestructura deportiva, las cuales serán tomadas en cuenta en toda instalación deportiva que se construya y/o se remodele.

IV.- Promover la conjunción de esfuerzos en materia deportiva entre los sectores público, social y privado;

V.- Formular el Programa del Deporte del Distrito Federal y llevar a cabo las acciones que se derivan del mismo, y

VI.- Propiciar la participación de los organismos deportivos y de los deportistas en la determinación y ejecución de las políticas a que se refiere la fracción I, estableciendo los procedimientos para ello.

VII.- Formular programas tendientes a apoyar, promover y fomentar el deporte realizado por personas con necesidades especiales.

VIII.- Coadyuvar en el fortalecimiento de los patrones culturales que determinen hábitos, costumbres y actitudes relacionados con el deporte, que redunden en el bienestar físico, intelectual y social de los habitantes del Distrito Federal.

IX.- Determinar a los legítimos representantes del deporte en el Distrito Federal para las competencias nacionales e internacionales.

X.- Emitir opiniones en materia sanitaria y educativa, relacionada con la práctica del deporte en el Distrito Federal.

XI.- Establecer mecanismos de difusión para el conocimiento, práctica y cultura deportiva.

XII.- Establecer mecanismos de vinculación con organismos y entidades públicas y privadas para la difusión, promoción, fomento e investigación en materia deportiva.

XIII.- Emitir recomendaciones y opiniones en materia de espectáculos deportivos.

XIV.- Todas las demás que deriven del Sistema y Programas Nacionales del Deporte y de la operación y funcionamiento del Sistema.

ARTICULO 10.-

El Sistema y el Programa del Deporte del Distrito Federal, se apegarán a los lineamientos establecidos en el Sistema y el Programa Nacionales del Deporte. Establecerán los mecanismos de coordinación para integrar en ellos las actividades que realicen

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