Ordenanzas municipales de turismo en el municipio girardot.
Enviado por angelaangel1518 • 18 de Marzo de 2016 • Trabajo • 4.173 Palabras (17 Páginas) • 760 Visitas
Desarrollo
El consejo del Municipio Girardot, en uso de sus atribuciones legales sanciona la siguiente:
ORDENANZA SOBRE TURISMO
CAPITULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1: La presente ordenanza tiene como objeto establecer las normas para la organización, promoción, protección y estimulo de las actividades turísticas que se desarrollan en el Municipio Girardot.
Artículo 2: se declara de interés público para el municipio, todos aquellos recursos naturales, históricos y culturales y todos aquellos que por su belleza y significación tengan valor turístico y a la conservación, protección y aprovechamiento de esos recursos, mientras no colide con disposiciones de la legislación estadal sobre turismo, en cuyo caso prevaldrán sus normas.
Artículo 3: se considera turista a los fines de la presente ordenanza a quien viaja dentro de municipio Girardot en forma temporal y con fines recreacionales y de esparcimiento, que utilicen alguno de los servicios turísticos que integran el sistema turístico Nacional, incluyéndose igualmente a quienes comparten esos fines con los de eventos profesionales, científicos, culturales, deportivos o de cualquier naturaleza licita.
Artículo 4: la actividad turística se desarrollara bajo la supervisión, coordinación y patrocinio del Gobierno Municipal, dentro del ámbito de sus competencias, sin perjuicio de lo establecido en el ordenamiento jurídico sobre la materia.
Artículo 5: la acción municipal para el desarrollo turístico del municipio deberá estar dirigid a la creación de las condiciones necesarias para el aprovechamiento económico del Turismo Nacional e Internacional, al turismo social concebido como la manera de ofrecer a los sectores de menos ingresos de la población el disfrute de los atractivos y servicios turísticos existente en el Municipio y a favorecer los diferente nivele de edades de la población, particularmente el infantil, juvenil y de la tercera edad.
Parágrafo Primero: la Alcaldía adoptará las medidas necesarias para promover, estimular y facilitar la creación de empresas destinadas al alojamiento, diversión y recreación para los turistas.
Parágrafo Segundo: en materia de Turismo social el Alcalde, además del papel señalado en el Parágrafo anterior, podrá proponer al Consejo Municipal de conformidad con lo dispuesto en la ley Orgánica el Régimen Municipal, la Constitución de Empresa Municipales o de capital mixto, asociaciones civiles o fundaciones municipales o de participación mixta destinadas las actividades Turísticas.
Artículo 6: el Alcalde tendrá la obligación de participar directamente o por intermedio de los funcionarios delegados al efecto, en los procesos de planificación turística que dentro de la jurisdicción del Municipio Girardot propongan las autoridades estadales o Nacionales.
Artículo 7: el municipio podrá fomentar la creación de mancomunidades con el fin de optimizar la prestación de los servicios que deben realizar en ejecución de su competencia turística.
Artículo 8: la Alcaldía velara porque las instalaciones y servicios turísticos en el municipio, dependientes de organismos municipales, mantengan su eficiencia y continuidad. Igualmente informara a las autoridades estadales o nacionales acerca del estado de eficiencia y continuidad de los servicios turísticos bajo sus respectivas responsabilidades.
CAPITULO II
De la Dirección Municipal de Turismo
Artículo 9: se crea la dirección municipal de turismo que tendrá a su cargo la dirección, ejecución, supervisión, control y coordinación de las normas y actividades de la presente ordenanza.
La Dirección Municipal de Turismo está a cargo de un Director, quien deberá actuar conforme al ordenamiento organizativo de la alcaldía. El Director será nombrado por el Alcalde y deberá reunir, además de los requisitos y condiciones genéricos establecidos en el ordenamiento jurídico municipal, todos los atributos necesarios para desempeñarse eficientemente en el ejercicio de sus funciones.
La Dirección Municipal de Turismo contara con el personal técnico necesario para el desempeño de sus funciones, conforme a lo que al respecto previo el reglamento correspondiente. El personal técnico será seleccionado entre los egresados de los institutos Nacionales Especializados en Turismo.
Artículo 10: el Alcalde velara por la capacitación progresiva del personal de la Dirección Municipal de Turismo, y podrá otorgar becas y contribuciones para su participación en cursos, seminarios, y talleres de turismo e idiomas, así como facilidades para aquellos que estén asistiendo a esos cursos sin perjuicio de la marcha eficiente y continua de ese despacho, todo de conformidad al ordenamiento municipal sobre la materia.
Artículo 11: la edificaciones, locales e instalaciones municipales destinadas o afectadas a actividades turísticas de cualquier índole, así como las oficinas de la dirección Municipal de Turismo deberán presentar la decoración y mantener la comodidad indispensable a un servicio destinado a reflejar la mejor imagen ante los turistas y representaciones nacionales e internacionales.
Las instalaciones deberán funcionar en locales situados en lugres a que faciliten sus relaciones con los demás entes ligados a esta actividad y particularmente sus labores informativas.
Artículo 12: son atribuciones de la dirección Municipal de Turismo:
- Velar por la aplicación de la presente Ordenanza y sus reglamentos.
- Determinar las temporadas turísticas.
- Elaborar y mantener actualizado el inventario de atracciones turísticas del Municipio.
- Elaborar el programa anual de actividades con clara especificación de todos los eventos ordinarios y especiales.
- Llevar y mantener actualizado un registro de las personas naturales o jurídicas, dedicadas a la prestación de servicios turísticos.
- Elaborar anualmente el proyecto de presupuesto de la dirección conforme las normas y a los plazos señalados por el Alcalde.
- Formular el plan de ordenamiento y desarrollo turístico por sectores y áreas, de conformidad a lo establecido en los planes de ordenamiento territorial vigentes.
- Proponer las comisiones necesarias y su composición para la realización de los eventos de interés turístico, procurándose la mayor participación de los diferentes sectores de la comunidad y coordinar sus actividades.
- Inspeccionar y fiscalizar los servicios turísticos que sean presentados en el Municipio Girardot, con la partición de los efectivos de la rama turística de la Policía Municipal.
- Calificar y supervisar los proyectos turísticos.
- Mantener estrecha y cordial relación de cooperación con todos los organismos ligados al turismo.
- Autorizar el funcionamiento de las empresas turísticas, sin perjuicio de la aplicación de las demás disposiciones nacionales y municipales sobre l materia.
- Promover y patrocinar la organización y asociaciones de los entes del turismo, así como la instalación de seccionales, capítulos o delegaciones de esas instalaciones en el Municipio.
- Clasificar, por tipos y categorías, los establecimientos de alojamiento y autorizar su funcionamiento.
- Organizar y dirigir el cuerpo de guías turísticos que se creará de conformidad al respectivo reglamento.
- Las funcione que delegue al Municipio Girardot, por vía de convenio, la Corporación de Turismo de Venezuela y las demás que le atribuya el ordenamiento jurídico municipal.
CAPITULO III
De las Campañas de Concientización, Educación y Apoyo de la Actividad Turística
Artículo 13: el Municipio desarrollará campañas permanentes de sensibilización y concientización a todos los nivele de la población sobre las actividades turísticas y su relación con el desarrollo económico y social de municipio Girardot.
Artículo 14: toda publicidad dirigida a promover el turismo en el municipio deberá ser veraz y objetiva, y en ningún caso podrá establecer comparación o admitir juicio de valor sobre otros lugares o ciudades del país.
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