PROYECTO HABILITACION NUEVAS OFICINAS 5º PISO BECO
Enviado por Ale Barrera • 3 de Abril de 2016 • Tarea • 7.147 Palabras (29 Páginas) • 264 Visitas
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS OFICINAS 4º PISO BECO
OBRA: PROYECTO HABILITACION NUEVAS OFICINAS 5º PISO BECO
PROPIETARIO: BECO
UBICACIÓN: SAN DIEGO #81 PISO 4º, SANTIAGO.
EDICIÓN Nº 1: Abril - 2015
EMITIDA PARA CONSTRUCCIÓN
010. GENERALIDADES
Las presentes ESPECIFICACIONES TECNICAS tienen por objeto definir y precisar los planos de la obra a realizarse en el piso 4º del edificio SAN DIEGO 81 ubicado en San Diego #81, Comuna de Santiago.
010.01 DESCRIPCION DEL PROYECTO
Estas especificaciones corresponden a la construcción de la primera etapa de las nuevas oficinas de Beco la que contemplan una superficie de 450m2 aproximadamente. Estas considerarán la oficina cerrada de Gerente y Estaciones de trabajo de Jefes y Profesionales en planta libre. Junto con lo anterior considera Salas de Reunión, Enclaves, Programas específicos por área, Secretariado y Recepción, Zonas comunes y Servicios. Toda la habilitación considera el área de Gerencia de Gestión de Personas.
Los materiales predominantes serán Vidrio Laminado y Yeso Cartón para los cerramientos de las Oficinas y Salas de Reuniones, Placas de MDF lacado para los cielos falsos y estanterías, Placas enchapadas y estructuras metálicas para el mobiliario general.
010.02 CONSIDERACIONES GENERALES
010.02.01 La obra se construirá de acuerdo a los planos correspondientes de arquitectura, las presentes ESPECIFICACIONES TECNICAS y a los proyectos de especialidades.
Las presentes ESPECIFICACIONES TECNICAS son de aplicación obligatoria en todas sus partes, salvo aquellas disposiciones taxativas consignadas en los planos o en documentos expresamente modificatorios.
Las presentes ESPECIFICACIONES TECNICAS determinan los materiales en cuanto a su procedencia, calidades, características, métodos de construcción, procedimientos y controles requeridos para la correcta ejecución de las obras. Se entiende que los materiales son nuevos y de primera calidad de acuerdo a las Normas, y que los métodos constructivos son los consignados y definidos en ellas o recomendados por las respectivas fábricas y/o proveedores cuando se trate de marcas comerciales determinadas. En todo caso, los procedimientos deberán atenerse a las mejores prácticas de la técnica, y cuando corresponda, deberán obtenerse los certificados de calidad respectivos de los productos o materiales (ensayos u otros).
010.02.02 Es obligación de la Empresa Constructora, revisar exhaustiva y detalladamente el proyecto, todas y cada una de sus partes, como la coordinación de todos los diferentes, planos y especificaciones que lo componen. Estos documentos se completan recíprocamente, así como también con los demás antecedentes del proyecto el que se entiende coordinado. Si la Empresa Constructora encontrase omisiones, errores, contradicciones, discrepancias o descoordinaciones entre las diversas partes que lo componen, deberá hacerlo saber a la brevedad, tanto a la ITO como a los Arquitectos y al proyectista o responsable de la especialidad, si fuese el caso, dejando debida constancia de la consulta y su correspondiente respuesta en los documentos anexos de las faenas (LIBRO DE OBRAS).
Se entenderá que no existen más observaciones al proyecto que las que hayan sido hechas por la Empresa Constructora al dar comienzo oficialmente a la construcción. La Empresa Constructora tendrá asimismo la obligación de mencionar en el listado del presupuesto aquellas partidas que a su parecer (o al de las correctas prácticas de la construcción) debieran considerarse como parte de las faenas a realizarse y que no aparecen mencionadas en el proyecto.
Los trazados y la determinación de las dimensiones de los distintos elementos que conforman la obra a construir, deben hacerse según los planos de Arquitectura. No se aceptará ejes desplazados, o dimensiones o formas diferentes, debido a trazados o dimensionamientos hechos con proyectos de especialidades (Cálculo o cualquier otro).
La Empresa Constructora deberá contemplar las obras de coordinación y ayuda necesarias a aquellos subcontratistas que lo requieran para ejecutar sus faenas o montar sus equipos o productos. Para este efecto es necesaria una exhaustiva coordinación previa con los correspondientes subcontratistas a fin de conocer sus necesidades y exigencias, como por ejemplo pasadas, perforaciones, andamios, grúa, herramientas, materiales, remates, etc. Será de exclusiva responsabilidad de la Constructora esta coordinación y la inclusión de estos costos en el presupuesto respectivo.
Sin desmedro de la atención que el Contratista debe prestar a la calificación de todo el personal en razón de sus especialidades, en particular el Personal de Soldadores será objeto de una acuciosa selección. Aquellos que deban trabajar al arco eléctrico, cualquiera que sea el trabajo de esta naturaleza a que sean destinados, ya sea en el sitio de la faena o en talleres exteriores para la obra, deberán cumplir con las exigencias de preparación técnica.
Asimismo, según sea el tipo de material objeto de la soldadura, se emplearán las varillas o electrodos especificados ad hoc por el Fabricante.
El Ingeniero Proyectista de la especialidad estará facultado para requerir de la Constructora los respectivos certificados de competencia técnica de los soldadores, conforme a la Norma NCh antes citada, así como a exigir la remoción de aquellos que no cumplan con los requisitos materia de dicha Norma. Estará, además, facultado para disponer los ensayes que estime del caso y a rechazar los trabajos que presenten defectos, aún a la mera inspección visual.
La Constructora deberá disponer de un Reglamento Interno y atenerse a las normas y disposiciones legales vigentes de Seguridad e Higiene Industriales.
La Constructora deberá proveer a su personal de todos los elementos de seguridad y de protección personal necesarios, contar con baños, comedores y guardarropía para todos ellos. El Mandante exigirá especialmente el uso obligatorio de cascos y zapatos de seguridad, guantes, coletos, antiparras, cinturones de seguridad para trabajos en altura, y verificará y exigirá total seguridad en cada una de las actividades de ejecución de las obras. No obstante lo anterior, se deja expresamente aclarado y establecido que la Constructora es el único responsable frente a los accidentes del trabajo que sufra su personal y el de los subcontratistas.
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