PROYECTO PROFESIONAL “Marco Jurídico de las Relaciones Colectivas de Trabajo. Avance 1.”
Enviado por alex1063 • 2 de Noviembre de 2017 • Resumen • 1.743 Palabras (7 Páginas) • 602 Visitas
MAESTRÍA EN DERECHO CORPORATIVO
MATERIA: Relaciones Colectivas de Trabajo
PROYECTO PROFESIONAL
“Marco Jurídico de las Relaciones Colectivas de Trabajo. Avance 1.”
ALUMNO: Alejandro Villegas Velázquez
MATRÍCULA: U99254629
FACILITADOR ULA: Lic. Carla Gómez Macfarland
10 de Septiembre de 2017
Índice
1.- Objetivo………………………………………………………………………Página 03
2.- Introducción………………………………………………………………… Página 03
3.- Desarrollo………………………………………………………………….…Página 03
3.1.- Normas que establecen los principios rectores que regulan la relaciones laborales en México………………………………..Página 03
3.2.- Reflexión acerca de la importancia de la investigación y análisis del derecho colectivo en México………………………………Página 06
4.- Conclusión………………………………………………………………….. Página 07
6.- Fuentes de consulta……………………………………………………….. Página 08
1.- Objetivos de la actividad
Redactar un escrito donde describas las normas que establecen los principios rectores de las relaciones laborales en México.
2.- Introducción
Las relaciones colectivas de trabajo, pueden definirse como el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones entre patronos y trabajadores no de modo individual, sino en atención a los intereses comunes a todos ellos o a los grupos profesionales. (Manuel Ossorio. (1997). Diccionario De Ciencias Jurídicas, Políticas Y Sociales. Buenos Aires, Argentina: Heliasta).
Dicha regulación no se generó de manera inmediata, pues es producto de una evolución histórica, y de generación internacional de la mano de diversos movimientos. Por lo que respecta a México, no podía ser la excepción en el reconocimiento y posterior regulación de dichos derechos colectivos de trabajo, por lo que en diversos ordenamientos jurídicos, se han establecido tales relaciones.
Durante el desarrollo del presente, serán señaladas y analizados los preceptos legales aplicables y tendientes a la regulación de las relaciones colectivas de trabajo, especificando de manera precisa cada uno de dichos ordenamientos y el especifico que aplica a las relaciones citadas.
3.- Desarrollo
3.1.- Normas que establecen los principios rectores que regulan las relaciones laborales en México.
En nuestro país, existe una pluralidad de instrumentos legales tendientes a regular diversos aspectos, entre ellos, el Derecho Laboral, mismo que puede ser regulado desde varias perspectivas, por lo que en el presente, serán analizados los preceptos legales que regulan las relaciones colectivas de trabajo, ramificación que pertenece al Derecho Laboral. Dentro de dichos preceptos legales se establecen de forma específica extremos legales aplicables a las relaciones que nos ocupan, dentro de las que destacan las siguientes:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En su numeral noveno, establece el derecho humano de asociación y reunión, mismo que de forma específica no señala una cuestión laboral, pero permite la asociación o reunión con cualquier objeto lícito, por lo que permite la reunión o asociación de trabajadores con la finalidad de organizarse.
Por otra parte, el numeral 123, establece una regulación específica al trabajo, señalando diversos derechos de los trabajadores, y en su fracción XVI establece el derecho de los trabajadores de unirse en sindicatos con la finalidad de luchar y velar por sus derechos, mientras que la fracción XVIII establece el derecho de estallar huelga licita cuando tengan por objeto conseguir el equilibrio entre los diversos factores de la producción, armonizando los derechos del trabajo con los del capital. En los servicios públicos será obligatorio para los trabajadores dar aviso, con diez días de anticipación, a los tribunales laborales, de la fecha señalada para la suspensión del trabajo. Las huelgas serán consideradas como ilícitas únicamente cuando la mayoría de los huelguistas ejerciera actos violentos contra las personas o las propiedades, o en caso de guerra, cuando aquéllos pertenezcan a los establecimientos y servicios que dependan del Gobierno. Por otra parte en la fracción XIX del referido numeral, se regula y permite la realización de paros.
Ley Federal del Trabajo
La Ley Federal del Trabajo, regula de forma específica las relaciones individuales y colectivas de trabajo, siempre de acuerdo con lo señalado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su Título Séptimo denominado “Relaciones Colectivas de Trabajo”, se encuentran en específico las cuestiones materia de estudio del presente avance. En el numeral 335 se permite la conformación de una coalición que es la asociación de trabajadores o patrones, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses. En el numeral 337 se permite la conformación de sindicatos. Por otra parte en su numeral 386 se establece el contrato colectivo de trabajo que es el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una o más empresas o establecimientos. El numeral 404 define al contrato ley que es el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en un rama determinada de la industria, y declarado obligatorio en una o varias Entidades Federativas, en una o varias zonas económicas que abarquen una o más de dichas Entidades, o en todo el territorio nacional. Finalmente el título octavo de la referida ley, señala las cuestiones relativas a la huelga. Es necesario precisar que en diversos artículos contenidos en los títulos señalados, se establecen extremos concernientes a los temas resaltados, como son requisitos, contenidos, obligaciones, restricciones, entre otras.
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