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Parcial 1 SEP UBP


Enviado por   •  22 de Julio de 2016  •  Examen  •  2.028 Palabras (9 Páginas)  •  583 Visitas

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“Abogado” significa protector, defensor, el que intermedia, media, ruega o suplica en favor de otro. Quien cuestiona la solución de la ley y procura con sus propias razones modificarlas es quien revela una verdadera vocación por la justicia, las leyes, la carrera del derecho y el ejercicio de la abogacía. Así, el abogado es un técnico, con un cabal sentido de justicia, fuertemente desarrollado de estudios especializados, preparado por la comunidad para satisfacer su legitima apetencia de justicia, quien además debe ser sobre todo una persona prudente, dotadas de virtudes que le permitan auxiliar a quienes soliciten su ayuda.

Ser abogado requiere tener vocación para la justicia y solidos conocimientos de la ciencia jurídica, la cual debe ser adquirida con esfuerzo a través del libro, de la lectura de Códigos, textos de doctrina y de jurisprudencia pues el derecho es en definitiva lo que los jueces dicen en sus sentencias. Pero, la formación del abogado no se agota en la universidad. La abogacía es un quehacer, un arte que se aprende haciendo, más allá de los libros.

Como dijimos anteriormente el campo propio de la abogacía es la justicia, en todo su accionar el abogado debe procurar hacer justicia, con su consejo al cliente, en su labor dentro del proceso, intentando evitar los litigios mediante soluciones extrajudiciales razonables. Quien profesionalmente se dedica al logro de la justicia, tiene que destacarse en el ejercicio de esta virtud. Ser justo significa saber analizar las cosas con la mayor objetividad, de modo que el propio interés no interfiera en las buenas soluciones.

Habíamos dicho ya que una de las virtudes del abogado debe ser la prudencia; Prudente es quien calcula los riesgos en relación al resultado buscado, y mide sus pasos de modo de evitar efectos indeseados. Prudencia en el abogado significa confrontar su propio pensamiento con elementos más firmes de modo de no llevar al cliente por caminos aventurados o de altos riesgos, más aun cuando el objetivo final no lo merece.

Otra virtud indispensable para el ejercicio de la abogacía es la fortaleza. Para poder atacar, para emprender alguna acción que supone un esfuerzo prolongado hace falta fuerza física y fuerza moral. Fortaleza en lo que respecta a la firmeza del obrar. Se necesita tener iniciativa, decidir y luego llevar a cabo lo decidido, aunque cueste un esfuerzo importante.

El optimismo es otra de las virtudes, supone ser realista y conscientemente buscar lo positivo antes de centrarse en las dificultades. Poner confianza en la justicia, en los jueces y no ver solo los aspectos negativos.

Pero la virtud que se precisa en altísimo grado es la perseverancia, una vez tomada una decisión llevar a cabo las actividades necesarias para alcanzar lo decidido aunque surjan dificultades internas o externas o pese a que disminuyan la motivación personal a través del tiempo transcurrido.

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Ahora pregunto ¿Qué pasaría si se suprime la abogacía?, evidentemente el juez se encontraría normalmente no frente a dos amigos que reclaman una respuesta legal sino ante posturas inconciliables, personas enemistadas de tal modo que todo dialogo entre ellas resultaríadifícil, ofuscadas por el problema. El magistrado naturalmente procuraría llevar un poco de paz a esos contendientes y los invitaría a una conciliación, que contaría con muy escasas chances de que pudiera lograrse atento el escaso conocimiento del juez acerca del problema. El proceso judicial se torna así indispensable, pero el juez no puede ayudar a los litigantes a efectuar presentaciones claras y razonables, porque la imparcialidad de su papel no lo permite. O esas presentaciones las harían directamente los propios interesados o deberían recurrir al auxilio de un asesor legal. Si el abogado desapareciera estaríamos frente a una suerte de estatización de la abogacía.

Para que un proceso técnico pueda desarrollarse con eficacia es necesario contar con participantes eficaces también, y a la par del juez, debe haber profesionales libres dedicados a la ciencia jurídica que ayuden o representen a sus clientes ante los tribunales de justicia, procurando para ellos el mejor resultado en sus pleitos, y que a la par coadyuven con el juez para que éste pueda cumplir su alto cometido de hacer justicia.

El patrocinio letrado es en este país obligatorio, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha declarado su constitucionalidad: su carga no implica una restricción irrazonable del derecho de defensa. La obligatoriedad debe corresponder a una real necesidad, no más allá. El abogado es un preciso colaborador del juez. Es por esta colaboración indispensable para los jueces que modernamente se ha impuesto el patrocinio letrado obligatorio, como un modo de que la ciudadanía ejercite con plenitud el derecho constitucional de la defensa en juicio, y el Estado pueda brindar el servicio de justicia a que está primordialmente obligado.

La primera obligación de un abogado es la de tener una verdadera actitud de servicio. Llamados a prestar ayuda debe en principio prestarla, aceptando la tarea encomendada, salvo que existan circunstancias especiales que inhiban de intervenir en el caso.

Solo cabe rechazar el encargo cuando exista un impedimento moral grave, o cuando se debería asumir una postura absolutamente contraria a las convicciones más caras o en temas en los que se haya asumido públicamente otra postura. Se debe rechazar también cuando se tiene algún interés particular en el caso o cuando circunstancia de parentesco, o amistad pudiera afectar la necesaria libertad moral para dirigir y atender el proceso. También cuando ya se actuó en defensa de otro, o cuando de alguna manera dos codemandados tienen entre sí intereses contrapuestos.

Una segunda obligación del abogado, íntimamente ligada a la primera, es la de examinar el problema que se le presenta con detenimiento de modo de convertirse frente a su cliente en el primer juez de la causa. Resulta más difícil (dicen profesionales) el examen previo de la causa cuando se trata de demandar que cuando se asume una defensa frente al reclamo contrario. Tratándose de promover demanda, el examen debe ser mucho más exhaustivo y prolijo. Como demandado, no hay

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