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Persona Fisica Y Juridica


Enviado por   •  5 de Mayo de 2012  •  1.263 Palabras (6 Páginas)  •  1.883 Visitas

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PERSONA FISICA Y PERSONA JURÍDICA

Para comprender mejor el mecanismo de operación del orden jurídico se hace necesario estudiar cuales son las personas que el orden jurídico relaciona y regula, y también la manera en que el orden jurídico considera la personalidad y sus circunstancias.

3.3.1 CONCEPTO, CLASIFICACIÓN Y ATRIBUCIONES.

DEFINICIÓN JURÍDICA DE PERSONA.- Para lo jurídico persona es "todo ser capaz de ser titular de derechos y obligaciones".

En el sistema jurídico se consideran 2 tipos básicos de personas:

a. PERSONAS FÍSICAS

b. PERSONAS JURÍDICAS

Las personas físicas son todos los individuos, en cuanto sujetos de derechos y obligaciones, también llamados sujetos jurídicos individuales.

Las personas jurídicas son las diversas agrupaciones asociaciones, corporaciones o instituciones a las cuales el orden jurídico les concede personalidad, es decir las considera en posibilidad de ser relacionadas con derechos y obligaciones, también llamadas personas jurídicas colectivas.

Los atributos de las personas.- para la regularización jurídica, las personas se caracterizan por sus atributos, se llaman atributos de la persona "aquellos rasgos característicos que la definen como sujeto de derechos y obligaciones".

Se consideran tradicionalmente como atributos de la persona:

1.- el nombre 2.- el domicilio 3.- la nacionalidad 4.- el patrimonio 5.- la capacidad.

El nombre.- para las personas físicas, el nombre se forma dentro del sistema jurídico mexicano por un conjunto de palabras es decir nombre de pila, apellido paterno y apellido materno, que permiten distinguir a una persona física de otra. En las personas jurídicas el nombre es una denominación cualquiera que las identifica y muchas veces indica el fin para el que fueron formadas, o bien es una razón social formada con los nombres de uno, varios o todos los socios.

2.- el domicilio.- la determinación del domicilio de una persona es importante para el orden jurídico porque dentro de la organización política y social actual, es el domicilio el que determina las leyes aplicables a la persona y a sus actos jurídicos, así como las autoridades y tribunales a que se halla sujeta.

Para efectos del derecho civil se considera domicilio de una persona física el sitio en que reside una persona con el propósito de establecerse en él; a falta de éste el lugar en que tiene el principal asiento de sus negocios y a falta de uno y de otro el lugar en que se halle.

La doctrina civilista distingue entre domicilio voluntario que es el adoptado libremente por la persona y tambien libremente cambiado por ella; el domicilio legal que es aquel que la ley fija a una persona para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones; y el domicilio convencional que es el que en ciertos casos puede señalar una persona para el cumplimiento de determinadas obligaciones.

En cuanto a las personas jurídicas se considera como su domicilio el lugar en donde está establecida su administración.

La nacionalidad.- puede definirse como el conjunto de relaciones jurídicas y políticas que ligan a una persona con un estado determinado.

La necesidad de su determinación radica en la misma causa del domicilio pero en el orden internacional. Es la nacionalidad la que determina las leyes aplicables a los nacionales y extranjeros.

En nuestro país las personas jurídicas son nacionales es decir mexicanas cuando se forman conforme a nuestras leyes y tienen su domicilio en nuestro territorio.

El patrimonio.- es el conjunto de los derechos y obligaciones de una persona estimables en dinero.

En las personas jurídicas el concepto de patrimonio es exactamente el mismo que el de las personas físicas.

La capacidad.- es la aptitud para ser titular de derechos y obligaciones.

Se distinguen tradicionalmente dos tipos de capacidad: capacidad de goce y de ejercicio.

La capacidad de goce consiste simplemente en la posibilidad de todas las personas de disfrutar para su beneficio y protección de los derechos que les otorga un orden jurídico.

Para las personas físicas esta protección del

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