Personalidad Juridica Del Estado
Enviado por geraal • 11 de Julio de 2014 • 1.907 Palabras (8 Páginas) • 838 Visitas
PERSONALIDAD JURIDICA DEL ESTADO
2. MANERAS DE COMPRENDER LA PERSONALIDAD DEL ESTADO El Estado es un ser jurídico distinto de los individuos Escuela Alemana Constituido el Estado se personifica a si mismo Esta teoría considera al Estado como una entidad jurídica distinta de la Nación Los sostenedores de esta tesis se dividen en: Los que le niegan a la Nación toda personalidad Otros consideran a la Nación como sujeto jurídico Para ellos sólo el Estado tiene personalidad Pero distinto del Estado En virtud del principio de la soberanía nacional, la Nación puede ser considerada…Sujeto ordinario de soberanía La Nación da vida al Estado Dualidad de personalidades La de la Nación primero La del Estado después
3. ESCUELAS QUE NIEGAN LA PERSONALIDAD DEL ESTADO Los sostenedores de esta tesis se dividen en dos grupos Los que conforman la escuela realista o empíricaLos que fundamenta su negativa en razones jurídicas Declara que no es posible reconocer la calidad de persona más que a los seres humanos.Sostienen que el concepto de personalidad estatal no es más que un concepto escolástico. El Estado no es una persona suplementaria que se añade y superpone a las personalidades individuales de sus nacionales, sino que los representa únicamente considerados en un conjunto
4. TEORÍAS PARA LEGITIMAR LA PERSONALIDAD JURÍDICA DEL ESTADO La colectividad estatal tiene intereses propiosPRIMERA DOTRINADistintos de los intereses individuales de los integrantes Para demostrar que el interés nacional no se identifica necesariamente con el interés particular se debe considerar: Comprende generaciones futuras La colectividad no consiste solamente en generaciones presentesComprende generaciones pasadas Un régimen político que no aspirara sino a dar satisfacción inmediata a los intereses actuales de los nacionales, podría comprometer con ello la prosperidad futura de la Nación.
PERSONALIDAD JURÍDICA DEL ESTADO Y LAS TEORÍAS QUE LA EXPLICAN
El problema de la personalidad del Estado es uno de los más discutidos en la teoría del derecho público.
Las principales corrientes doctrinales se pueden reducir a dos cate- gorías: las que afirman y las que niegan dicha personalidad.
Dentro del primer grupo existen varias tendencias: unas que supo- nen una doble personalidad del Estado; otras que suponen que, siendo única la personalidad, ella se manifiesta por dos voluntades, y finalmen- te las que sostienen que sólo existe una personalidad privada del Estado como titular de un patrimonio y no para el ejercicio del Poder Público, pues en este aspecto el Estado no es titular de derechos sino un simple ejecutor de funciones.
La teoría de la doble personalidad del Estado sostiene la existencia de una personalidad de derecho público y otra de derecho privado; la' primera como titular del derecho subjetivo de soberanía; la segunda como titular de derechos y obligaciones de carácter patrimonial.
Esta teoría, que es la admitida por la legislación y jurisprudencia mexicanas, es objetada porque ella implica una dualidad incompatible con el concepto unitario que del Estado tiene la doctrina moderna. Se afirma que la doble personalidad sería admisible sólo en el caso de que se demostrara la duplicidad de finalidades u objetivos del Estado.
La teoría de la personalidad única con doble voluntad, consiste en afirmar que, normalmente, el Estado desarrolla una actividad imponien- do sus determinaciones, en vista de que éstas emanan de una voluntad con caracteres especiales de superioridad respecto de los individuos, es decir, de una voluntad soberana; pero que en determinadas ocasiones no es necesario proceder por vía de mando, sino que el Estado puede someterse, y de hecho se somete, al principio que domina las relaciones entre particulares, o sea, al principio de la autonomía de la voluntad,
principio que consiste en que ninguna persona puede por acto de su voluntad producir efectos respecto de otra si ésta no concurre manifes- tando su propia voluntad.
2.-LA PERSONALIDAD JURIDICA DEL ESTADO.-
Existe teorías contrapuestas sobre el tema de la personalidad jurídica del Estado, siendo las principales posiciones , en lo siguiente :
a) La que reconoce como persona al hombre y niega que la personalidad se predique del Estado.
b)La que sólo admite para el Estado una personalidad llamada jurídica , o sea, dada por el Derecho.
c)La que afirma que la personalidad jurídica del Estado es solamente la cobertura que el derecho pone por encima de la personalidad moral del mismo Estado, que es una realidad de tipo social.
d)La que personifica también a la nación, y define al Estado como la nación organizada política y jurídicamente.
2.1.-TEORIAS QUE NIEGAN LA PERSONALIDAD JURIDICA DEL ESTADO-
Siendo el punto común de las mismas , en que la única persona para el Derecho es el hombre ;los grupos, las colectividades, los entes sociales etc., no son más que la suma de los individuos que los componen y no tienen personalidad alguna. Entre los autores que niegan rotundamente la personalidad del Estado se tiene en León Duguit, para quien la naturaleza del Estado consiste exclusivamente en ser una dualidad de gobernantes y de gobernados, con el hecho social de mando y dominación de los primeros sobre los segundos.(4)
2.2.-TEORIAS DE LA PERSONALIDAD JURIDICA Y DE LA PERSONALIDAD MORAL.-
2.2.1.-TEORIAS AFIRMATIVAS DE LA PERSONALIDAD JURIDICA.-
Son :
a) La primera refiere que el Estado es nada más que una persona jurídica y que esa personalidad es creada por el Derecho, por la técnica jurídica, como una ficción del Derecho. Según este punto de vista , la totalidad de hombres que forman al Estado configura una unidad indivisible diferente de sus miembros , pero tal unidad jurídicamente personificada como un sujeto de derecho, es nada más que un ser o realidad ficticiamente creados por el Derecho.
Tenemos como exponentes de esta teoría, en primer lugar a Ihering, para quien el Derecho subjetivo se define como un interés jurídicamente protegido, y el Estado se reputa como persona jurídica porque hay un interés
...