Practica Penal
Enviado por 1716524812 • 11 de Noviembre de 2013 • 945 Palabras (4 Páginas) • 267 Visitas
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Temas Variados / ACTA DE AUDIENCIA DE CALIFICACIÒN DE FLAGRANCIA
ACTA DE AUDIENCIA DE CALIFICACIÒN DE FLAGRANCIA
Ensayos: ACTA DE AUDIENCIA DE CALIFICACIÒN DE FLAGRANCIA
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Enviado por: frankramiro 09 septiembre 2011
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Palabras: 1638 | Páginas: 7
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Audiencia que se realizó el día sábado 3 del mes de septiembre del 2011 a las 9 horas con cuarenta y cinco minutos en la sala de audiencias de delito flagrante ubicado en la policía judicial de pichincha.
Juez.- El juez noveno de garantías penales de Pichincha Dr. Luis Labre da iniciada la audiencia la hora antes mencionada y dice que encontrándose en la judicatura de turno da por iniciada esta audiencia, concede la palabra al fiscal:
Abogado Nicolás Salas.- Quién dice: Señor Juez ha llegado a conocimiento de la Fiscalía, por parte policial de fecha, 2 de septiembre del 2011, en el cual se indica que se ha procedido a la detención de Simbaña Morales Mayra Elizabeth, de conformidad con el Art. 61 del CPP que dice: “Abandono.- En los delitos de acción privada se entenderá abandonada la acusación si el acusador deja de continuarla por treinta días, contados desde la última petición o reclamación escrita que se hubiesen presentado al juez, excepción hecha de los casos en los que por el estado del proceso ya no se necesite la expresión de voluntad del acusador particular. El juez declarará abandonada la acusación únicamente a petición del acusado. Declarado el abandono, el juez tendrá la obligación de calificar en su oportunidad, si la acusación ha sido maliciosa y temeraria” y de conformidad con el Art. 217 de CPP que dice: “Inicio de la instrucción.- El Fiscal resolverá el inicio de la instrucción en cuanto considere que existen fundamentos suficientes para imputar a una persona participación en un hecho delictivo. Si como medida cautelar o por tratarse de un delito flagrante se hubiere privado de la libertad a alguna persona, el Fiscal deberá dictar la resolución de inicio de la instrucción dentro de las veinte y cuatro horas siguientes al momento de la aprehensión.”, esta fiscalía da inicio a la instrucción fiscal para lo cual señalo: la detención es 19h45, del día 2 de septiembre del 2011 en las calles Coruña y Orellana mientras realizaba patrullaje identificó a l
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a hoy procesada, y procedió a realizarse un registro, del cual se encontró un revolver calibre 38 con 4 municiones sin percutar; por lo que se procedió a la detención. Se concede la palabra por parte del juez al agente aprehensor Cabo Primero Yacelga Pincha Marlo quien manifiesta: Señor Juez, me afirmo y me ratifico en el contenido del parte policial.
El fiscal abogado Nicolás Salas dice: Señor Juez, habiéndose reunido los elementos de convicción suficientes, esta fiscalía da inicio a la instrucción fiscal en contra
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