Practica Penal
Enviado por Paolalinos • 23 de Enero de 2014 • 1.035 Palabras (5 Páginas) • 220 Visitas
PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL DE FECHA 13 DE MARZO DE 2003.
Acuerdo A/003/03 del Procurador General de Justicia del Distrito Federal, mediante el cual se autoriza la utilización de un Formato Unico para el inicio de Actas Especiales, Averiguaciones Previas Especiales y Averiguaciones Previas Directas sin detenido y se establecen lineamientos para los Agentes del Ministerio Publico respecto de su uso.
Con fundamento en los artículos 20 apartado B fracción I, 21 y 122 apartado D de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3 fracción I, 9 fracciones I, IV y V, 9° Bis fracciones II, IV y V y 262 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, 1°, 2° fracciones I, II y VIII, 3° fracciones I, II y III, y 20 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, 1°, 7, 8 Fracciones I, II y IV, y artículos 1° y 29 fracción XX de su Reglamento; y
Considerando
Que por imperativo del artículo 21 Constitucional, el Ministerio Público tiene bajo su responsabilidad la función investigadora y persecutora de los delitos.
Que la función investigadora la realiza el Ministerio Público a partir del momento en que, por denuncia o querella, tiene conocimiento de la Comisión de Hechos Presuntivamente Delictivos.
Que con objeto de optimizar el servicio que brinda la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal en cumplimiento de sus atribuciones establecidas en la Ley Orgánica de esta Institución, se considera pertinente establecer mecanismos que permitan abreviar los tiempos de inicio de las Averiguaciones Previas y se eviten demoras innecesarias que contribuyen a generar molestias y desconfianza de las víctimas o denunciantes de delito, por lo que he tenido ha bien expedir el siguiente:
Acuerdo
Primero.- Los Agentes del Ministerio Público al recibir denuncias o querellas sin detenido por hechos que pudieran ser constitutivos de delito, deberán utilizar el “Formato Único” que forma parte del presente acuerdo como anexo uno.
Segundo.- Se autoriza el uso y llenado del “Formato Único” que se menciona en el artículo que antecede, por lo que el personal del Ministerio Público antes citado, deberá atender los siguientes lineamientos:
El “Formato Único” se encontrará a disposición del público y en todas las Agencias del Ministerio Público existirán instructivos visibles con el objeto de que los usuarios del servicio público de procuración de justicia, puedan llenarlo correctamente;
Se proporcionarán las facilidades al público para que tenga acceso al “Formato Único”, y se brindará la orientación que resulte pertinente para su adecuado llenado, asegurándose de que asienten las circunstancias fundamentales de tiempo, modo y lugar de los hechos que sean materia de la denuncia, nombre, datos generales y media filiación de los indiciados o probables responsables, así como el de las víctimas y testigos y cualquier otro dato pertinente que conozcan los declarantes, haciendo de su conocimiento del contenido del Acuerdo A/010/2002 del C. Procurador; en caso de resultar insuficiente el formato se orientará para usar hojas adicionales;
Una vez requisitado el formato, de ser posible, se agregará fotocopia de la identificación de quien lo llenó y de considerarlo procedente, el Agente del Ministerio Público asignará el número de acta especial, averiguación previa especial o averiguación previa directa sin detenido que corresponda;
En el caso de que el denunciante,
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