UNIVERSIDAD TECNICA PARTICULAR DE LOJA[pic 1]
TITULACIÓN DE DERECHO Componente: Derecho Procesal Penal I Docente: Dr. Luis Felipe Valdivieso Arias Tema: Reporte Escrito N°1 – Semana 2 Estudiante: Loamny Franshesca Picado Apolo. LOJA – ECUADOR CAPITULO III Principios fundamentales del Proceso Penal
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- Su carácter restrictivo sobre los actos delictivos que afectan directamente o parcialmente a los viene jurídicos individuales y colectivos, se caracteriza por no ser limitante sino protector ante hechos que los violenten, existen imposiciones de penas que se verán rodeadas de garantías y derechos que poseemos.
- Siendo el enjuiciamiento criminal un modelo de la “REVOLUCION FRANCESA” que marcaron una serie de derechos garantistas de las personas, es asi que la Constitución del Ecuador y el COIP (Código Orgánico integral Penal) juntos con los acuerdos y tratados internacionales que representan la función punitiva del Estado
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DEBIDO PROCESO Es el conjunto de derechos y garantías que protege a las personas de las posibles riesgos y excesos o desbordamiento de la autoridad del Estado |
- La garantía fundamental que engloba es la relación de la persona procesada con el proceso penal.
- Tanto la norma como el procedimiento penal son de carácter público, siendo la tipificación de las conductas violentadas las que nos permitan:
1) ser condenado
2) ser absuelto - Busca la verdad material dentro del ámbito ideológico y del interés de las partes involucradas.
- Su relación con el principio d reserva o legalidad “Nulla Poena Sine Iudito”
- El COIP posee en sus principios rectores sus lineamientos:
- No será juzgado sin proceso previo.
- Relación o proporcionalidad del proceso con la pena.
- El proceso previo es una garantía tanto para el procesado como para la sociedad.
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LEGALIDAD C.R.E. Art. 76 numeral 3.- no se juzgara a nadie por el cometimiento de un delito si al momento de cometerlo no esta tipificado. |
- “Nullun Crimen Nullun Poena Sine Lege” no hay crimen sin ley previa o principio de reserva legal.
- Debe ser necesario que preexista una ley penal o toda sanción para garantizar el sistema democrático.
- Las características principales son:
a) para dar absolución a los jueces al momento de las sanciones pertinentes.
b) cumplimiento de la norma en las facultades de la misma.
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FAVORABILIDAD Siendo más favorable para el interés del reo es decir no empeorara su situación |
- Cuando existen dos o mas normas de la misma materia, que contemplen sanciones diferentes para un mismo hecho, se aplica la menos rigurosa o la menos favorable al infractor.
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INOCENCIA “Toda persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario” |
- Hasta que no se declare su responsabilidad mediante resolución firme o sentencia ejecutoriada. Ésta desaparece cuando se demuestra su culpabilidad por sentencia condenatoria.
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IGUALDAD “todos somos iguales ante la ley” |
- Es obligación de los servidores judiciales y de todas las personas que intervengan en el proceso, respetar y hacer efectiva la igualdad dentro del proceso y proteger sus derechos sin importar su condición económica, física o mental.
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IMPUGACIÓN PROCESAL Toda persona tiene derecho a recurrir del fallo, resolución o auto definitivo en todo proceso que se decida sobre sus derecho |
- Se puede impugnar la decisión tomada por el Juez que se considere equívoca a través de los diferentes recursos para llegar a un fallo más justo e independiente. No se podrá empeorar la situación de la persona procesada que hubiere impugnado mediante recurso el fallo que le fuera desfavorable.
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PROHIBICIÓN DE AUTO INCRIMINATORIO Art. 77 numeral 8 C.R.E.- Prohibición de imputación forzada. - En contra de sí mismo
- En contra del cónyuge
- Parientes próximos
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- Ninguna persona podrá ser obligada a declarar contra si misma o contra el cónyuge o parientes próximos que puedan ocasionar la responsabilidad penal. Esto no quiere decir que se pueda mentir o faltar la de verdad a sabiendas.
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PROHIBICIÓN DE DOBLE JUZGAMIENTO Nadie puedes ser juzgada por el mismo delito 2 veces. |
- Ninguna persona podrá ser sancionada o juzgada, as de una vez por la misma causa y materia; el sujeto debe ser sometido al Juicio hasta recibir la sanción al determinar el tribunal pero una vez y solo con el juez determinado por la Ley.
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INTIMIDAD Toda persona tiene derecho a su privacidad tanto material como formal |
- Toda persona tiene derecho a su intimidad personal y familiar. Nadie podrá realizar allanamientos, incautaciones sin una orden escrita por la o el Juzgador competente.
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CONTRADICCIÓN Las partes poseen la facultad de refutar los argumentos de alguna de las partes que intervienen en el procedimiento |
- Partes procesales: Hay una parte que causa y otra que se defiende por una vez puesto en conocimiento del juzgador debe sustanciarse hasta llegar a resolver con la aplicación de normas constitucionales y legales. No habría litigio sin las dos partes procesales.
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DIRECCIÓN JUDICIAL DEL PROCESO El juzgador puede controlar las actividades de las partes procesales y evita dilaciones innecesarias. Así mismo, puede pedir alguna aclaración.
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- El proceso penal se integra con una fase y 3 etapas:
- INDAGACIÓN PRE-PROCESAL: Fiscal-
- INSTRUCCIÓN: Actúa como garantista y ordena concluida la instrucción (Juzgador):
- EVALUACIÓN Y PREPARATORIA DEL JUICIO: Tiene el control disciplinario en salas de audiencias.
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IMPULSO PROCESAL Corresponde a las partes procesales. |
- Éste proceso inicia con la indagación que le corresponde al fiscal hacer as debidas investigaciones y aclarar si existe o no delito. Así mismo, el fiscal puede dictar resolución dando inicio a la instrucción fiscal para investigar del delito y sus responsables.
- BUSCAN- VERDAD.
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INMEDIACIÓN Deberá de actuar de manera imparcial ante las partes procesales |
- El juzgador celebrará en conjunto con los sujetos procesales y deberá estar presente con las partes para la evacuación de medios de prueba y demás actos procesales al estructuran el proceso penal.
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MOTIVACIÓN Y COMPROBACIÓN El juzgador debe fundamental sus decisiones y ser motivada, en caso que no esté bien motivadas la resolución será nula.
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- CASSANI Y PERÉZ- COMPROBACIÓN
- HEURÍSTICA: Fuentes de información-
- CRÍTICA: fuerza de convicción externo e interno.
- SÍNTESIS: Análisis de las actividades probatorias.
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IMPARCILIDAD No debe mostrar algún tipo de favoritismos a algún de las partes | - Es esencial y sustancial al Juez, ya que su fin es administrar justicia en nombre de la ley, manteniendo un criterio objetivo y respetando derechos de las personas, sin permitir subjetivismo de ninguna naturaleza que pueda afectar a su criterio.
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PRIVACIDAD Y CONFIDENCIALIDAD |
- Todo menor de edad que participe en un proceso penal, tiene derecho a que se respete su intimidad y la de su familia (Integridad sexual).
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INCOERCIBILIDAD DEL PROCESADO | - Inviolabilidad de la vida e integridad personal.
- Prohibición de la detención ilegal.
- Inviolabilidad de la defensa.
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PRINCIPIO DE INFORMCIÓN JURÍDICA El juzgador y representantes legales deben estar informados de las disposiciones legales del derecho penal y las sanciones previstas en la ley |
- Así mismo esta información ayuda mucho a los abogados para llegar a convencer al juez que sabe mucho del tema y por ende contribuir en el caso.
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