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Procedimiento Administrativo De Ejecución


Enviado por   •  22 de Mayo de 2015  •  1.675 Palabras (7 Páginas)  •  281 Visitas

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INTRODUCCIÓN

El Estado requiere de ingresos para su propia existencia y para la satisfacción de las necesidades de la sociedad. Para obtener estos ingresos, la Constitución establece que los ciudadanos sean aquellos que contribuyan obligatoriamente con estos y con ello se constituye la relación tributaria que genera un equilibrio entre las obligaciones y los derechos de ambas partes. Sin embargo, es común que se presenten casos en los que el contribuyente incumple con sus obligaciones fiscales lo cual genera una fuga de ingresos para el Estado y le impide llevar a cabo plenamente sus funciones de proveedor de servicios. Es por esto que existe un mecanismo de defensa del Estado que le permite recuperar esos ingresos. Este mecanismo es llamado Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE) el cual se revisará en este trabajo, determinando cómo se lleva a cabo y los requisitos necesarios para que se pueda proceder a su aplicación.

Desarrollo

El procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE) es el instrumento con el que cuenta la administración pública para hacer efectivos los créditos fiscales de los contribuyentes.

El PAE implica una acción de molestia hacia el contribuyente ya que es una herramienta coactiva para hacer efectivos los créditos no pagados a la autoridad fiscal. Hablando de los requisitos que son necesarios para que se inicie el PAE, existen algunos supuestos que deben darse, éstos son:

a) Que exista una obligación pendiente de pago a cargo de un sujeto determinado.

b) Que ésta, se encuentre determinada en cantidad liquida, es decir que se sepa exactamente en ese momento a cuánto asciende la obligación fiscal no cumplida, cambiando en ese momento su denominación a la de crédito fiscal.

c) Que el crédito fiscal haya sido notificado debidamente.

d) Que el crédito fiscal que se adeuda sea legalmente exigible.

Para comprender cómo se inicia un PAE, es importante revisar cómo se lleva a cabo el proceso fiscal. En el proceso fiscal lo primero que debe haber es un hecho imponible derivado de un hecho generador y la existencia de una norma tributaria. Una vez que se presenta el hecho imponible se genera una obligación tributaria que conlleva la determinación de una cantidad que el contribuyente debe aportar. Con esto se genera un crédito fiscal a favor del Estado y debe ser cubierto por el ciudadano dentro de un plazo establecido, si el pago se realiza en el tiempo estipulado, no hay necesidad de iniciar un PAE. Por otro lado, si el contribuyente no realizó el pago de su crédito fiscal en tiempo y forma, se inicia el procedimiento administrativo de ejecución.

Cuando se presentan situaciones de este tipo y se procede a aplicar un PAE, se siguen una serie de pasos que serán descritos a continuación.

Una vez que se ha determinado la necesidad de iniciar con el procedimiento administrativo de ejecución a consecuencia de la falta de pago de un crédito fiscal por parte del contribuyente, la administración debe expedir un requerimiento de pago en el cual se le solicite al deudor la cobertura del crédito pendiente, con la condición de que de no hacerlo se le embargarán bienes suficientes para hacer efectivo el crédito fiscal y sus accesorios legales, los cuales incluyen recargos, multas y gastos de ejecución. El requerimiento tiene el carácter de acto necesario, que consiste en el cumplimiento de una carga procesal, y además de acto debido, ya que constituye una obligación administrativa para el funcionario fiscal la iniciación del procedimiento de ejecución, a fin de hacer ingresar al patrimonio del Estado el crédito que tiene a su favor y que no ha sido cumplido por el deudor en forma voluntaria.

Existen ocasiones en las que la autoridad determina que hay la posibilidad de que el deudor se ausente, oculte sus bienes o realice cualquier otro acto que le permita evadir el cumplimiento del pago. En estos casos especiales se procede a realizar embargos precautorios con el fin de asegurar el ingreso del crédito que el Estado tiene a su favor.

Los elementos que constituyen el embargo son:

Sujetos del embargo. Los sujetos del embargo son el ejecutor, el deudor, o en su defecto, la persona con quien entienda la diligencia, y los testigos que puedan ser nombrados por el deudor o el ejecutor.

Lugar del embargo. El ejecutor debe constituirse en el domicilio del deudor y practicar la diligencia de embargo con las mismas formalidades que señala el Código Fiscal de la Federación para las notificaciones.

Objeto del embargo. El objeto del embargo son todos los bienes del deudor, con las excepciones que establece el artículo 157 del Código Fiscal de la Federación. La elección de esos bienes corresponde al deudor.

Durante el proceso del embargo se realiza el avalúo de los bienes con el fin de asegurar que cubren la cantidad que el contribuyente debe al Estado. Una vez que se determina que los bienes a embargar son suficientes para el pago de la deuda, se procede al embargo. Durante este proceso pueden presentarse algunas situaciones especiales que serán descritas a continuación:

Cuando el embargo se ha realizado de manera usual,

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