Protocolo Para Las Entrevistas
Enviado por ucomunicador • 12 de Noviembre de 2014 • 1.782 Palabras (8 Páginas) • 291 Visitas
LA SOLIDARIDAD PRINCIPIO FUNDAMENTAL DE LA CONSTITUCION DE 1991
PRESENTADO POR
JUAN CARLOS TORRES VELANDIA
CODIGO 4114256
CURSO 90007
TUTOR:
JORGE TEJEDOR.
UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA UNAD
CULTURA POLITICA
MARZO 2 DE 2009
EL COCUY, BOYACA
INTRODUCCION
Abordar la Constitución política de 1991, es interesante para conocer nuestra carta magna, saber que Colombia es un estado social de derecho, que tenemos unos principios fundamentales, como el de la solidaridad del cual hablaremos ampliamente en los capítulos del trabajo, que gozamos de unos derechos fundamentales, como el derecho a la vida, al libre culto, al libre desarrollo de la personalidad, la libre expresión entre otros.
Que existen unos derechos colectivos y del medio ambiente, como los que encontramos en los títulos siguientes de la Constitución Política, y también es importante conocer que como ciudadanos tenemos también deberes que cumplir, para que Colombia sea un gran país y construyamos una mejor Nación.
CAPITULO UNO
LA SOLIDARIDAD PRINCIPIO FUNDAMENTAL DE LA CONSTITUCION DE 1991
El año de 1991, es trascendental para Colombia, enque se venia de una época en que el terrorismo del narcotráfico, de los carteles de la droga como el de Medellín, en cabeza de Pablo Escobar Gaviria, hacían explotar carros bomba para amilanar a la población y el gobierno, el asesinato de tres candidatos a la Presidencia de la Republica, en el año de 1989, entre ellos el dirigente liberal Luis Carlos Galán, Carlos Pizarro León Gómez, máximo comandante y exguerrillero del M-19, después de lograr un éxitoso acuerdo de paz con el gobierno del presidente Virgilio Barco, con ese grupo insurgente y Bernardo Jaramillo, líder de la Unión Patriótica, partido que representaba en ese momento los grupos políticos de izquierda; asesinatos desde todo punto de vista deplorables, estremecían al país. Por esto los estudiantes universitarios, se movilizaron en lo que se llamo la Séptima Papeleta para consultar al pueblo en las urnas, si se debía o no consagrar una nueva carta política que resolviera los graves problemas de la patria.
Surge entonces la Constitución Política de 1991, dejando atrás la carta constitucional del año 1886 del gobierno de Rafael Núñez, para luego convocar a la Asamblea Nacional Constituyente para elaborar una nueva constitución, la cual en su Titulo Primero que es su base principal o soporte primordial, nos habla sobre los PRINCIPIOS FUNDAMENTALES, que la rigen entre ellos sin lugar a dudas el de la SOLIDARIDAD, que tanto necesitamos de valores en un país como Colombia, afectado por el fenómeno de la violencia de los grupos armados, del narcotráfico, de la delincuencia común, de los embates de la naturaleza, como la ocurrida el 13 de noviembre de 1985 con la erupción del volcán del nevado del Ruiz, donde murieron cerca de veinticinco (25.000) mil personas, tragedia descomunal, que movilizo a todo el pueblo colombiano, para ayudar a los miles de damnificados, con ayuda humanitaria, a ciudadanos que de la noche a la mañana lo perdieron todo, sus casas, sus enseres, seres queridos etc.
CAPITULO DOS ARTICULO DE LA CONSTITUCION QUE HACE INCAPIE SOBRE LA SOLIDARIDAD.
El articulo primero de la Constitución dice: “ ART 1•- Colombia es un estado social de derecho organizado en forma de Republica unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la SOLIDARIDAD de las personas que la integran y en la prevalencia de interés general”.
Ahora hacemos referencia a la siguiente JURISPRUDENCIA.- El principio de solidaridad. “El principio de solidaridad social ha dejado de ser un imperativo ético para convertirse en una norma constitucional vinculante para todas las personas que integran la comunidad ( C.P., ART. 1’).
La decisión de elevar a rango constitucional el principio de solidaridad social tuvo su origen en el repudio a la injusticia social y en la convicción de que su gradual eliminación compromete a la sociedad entera y al Estado” (Corte Constitucional, sentencia T-533, septiembre 23 de 1992. Magistrado Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz).
Ahora citamos otros apartes de otra JURISPRUDENCIA.- “ La dignidad humana y la solidaridad son principios fundamentales del estado social de derecho. Las situaciones lesivas de la dignidad humana de la persona repugnan al orden constitucional por ser contrarias a la idea de justicia que lo inspira...
... Toda persona tiene el deber constitucional de obrar conforme con el principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida y la salud de las personas (C.N., art. 95-2). Las autoridades de la Republica, a su vez, tienen la función de asegurar el cumplimiento de los deberes sociales de los particulares (C.N., art. 2’). La omisión de una acción humanitaria que podría evitar la vulneración de los derechos fundamentales justifica la intervención judicial y compromete la responsabilidad de la persona renuente. El principio de responsabilidad social no sólo se circunscribe a eventos o catástrofes, accidentes o emergencias, sino que es exigible también exigible ante situaciones estructurales de injusticia social, en las cuales la acción del Estado depende de la contribución directa o indirecta de los asociados. (Corte Constitucional, Sentencia T-505 agosto 28 de 1992. Magistrado
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