RECURSO DE INCONFORMIDAD ANTE EL IMSS
Enviado por gaby20 • 29 de Mayo de 2014 • 1.151 Palabras (5 Páginas) • 626 Visitas
En ocasiones el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), debido a su carácter de Organismo Fiscal Autónomo, genera y notifica a los Patrones actos administrativos que lastiman su situación jurídica, por carecer éstos de fundamento legal claro, o bien, por carecer de la debida motivación.
Ante esta situación, los Patrones o los Trabajadores tienen la posibilidad de interponer el Medio de Defensa que la Ley del Seguro Social (LSS) en su artículo 294 permite.
Así, si un Patrón o Trabajador, considera improcedente algún acto definitivo emitido por la Autoridad, podrán interponer el “Recurso de Inconformidad” contra dicho acto.}
El Fundamento Legal se encuentra establecido en el artículo 294 de la LSS; sin embargo, para la realización, tramitación y regulación respectiva del Recurso de Inconformidad, la persona que lo vaya a interponer deberá sujetarse a las bases que para ello establece el Reglamento del Recurso de Inconformidad, además de otras Leyes complementarias que podrán regular de manera supletoria la interposición del Recurso en sí mismo.
Tales Leyes de aplicación supletoria son: el Código Fiscal de la Federación, la Ley Federal del Trabajo y el Código Federal de Procedimientos Civiles.
DEFINICIÓN. El Recurso de Inconformidad es el medio de defensa mediante el cual los sujetos afectados (Patrones o Trabajadores) se pueden defender jurídicamente por un acto definitivo emitido por el IMSS el cual consideren improcedente.
PLAZO PARA INTERPONERLO. El artículo 6 del Reglamento del Recurso de Inconformidad señala que los Patrones contarán con 15 días hábiles siguientes a aquel en que surta efectos la resolución que se impugna para interponer el Recurso de Inconformidad y con 30 días hábiles cuando se trate de Trabajadores.
Asimismo, el citado artículo 6 del Reglamento del Recurso de Inconformidad señala en su tercer párrafo que también podrá presentarse por correo certificado con acuse de recibo, en los casos en que el demandante tenga su domicilio fuera de la población donde se encuentre la Sede Delegacional, y que se tendrá como fecha de presentaci9ón del escrito respectivo, aquella que se anote en el recibo de la Oficialía de Partes o la de su depósito en la Oficina Postal (y no la fecha en que lo recibe el Consejo Consultivo Delegacional)
En este caso en particular, cabe señalar que es muy importante recabar el sello de “recibido” de la oficina en la que se entregó el escrito por Oficialía de Partes, pues esto permitirá demostrar la operación efectuada ante el IMSS.
Si el Recurso se interpone en forma extemporánea, será rechazado por la Autoridad. Si la extemporaneidad se comprobara durante el procedimiento, se sobreseerá el Recurso.
ANTE QUÉ AUTORIDAD SE PRESENTA EL RECURSO. De conformidad con el artículo 2 del Reglamento del Recurso de Inconformidad, el escrito respectivo se presenta ante los Consejos Consultivos Delegacionales, los cuales tendrán las facultades para tramitar y resolver el Recurso de Inconformidad.
ACTOS CONTRA LOS CUALES SE PUEDE INTERPONER EL RECURSO.
Entre los más frecuentes se encuentran:
1. Multas por infracciones a las disposiciones de la Ley del Seguro Social o sus Reglamentos.
2. Determinación de diferencias en las Cuotas Obrero-Patronales.
3. Diferencias en la determinación de la Prima de Riesgos de Trabajo
4. Procedimiento Administrativo de Ejecución cuando éste sea improcedente.
5. Actos de Molestia que carezcan de Fundamento y motivación.
Ante cualquiera de los actos señalados con anterioridad o cualquier otro acto del IMSS que lesione los intereses jurídicos del Patrón o del Trabajador, se podrá interponer este medio de defensa.
REQUISITOS DEL RECURSO. El artículo 4 del Reglamento del Recurso de Inconformidad señala que el escrito en el que se plasme el medio de defensa deberá
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