ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

RELACIONES JURÍDICAS


Enviado por   •  30 de Agosto de 2022  •  Apuntes  •  1.260 Palabras (6 Páginas)  •  78 Visitas

Página 1 de 6

[pic 1]

EUGENIA MARTÍNEZ VARA AL02941345

ANNA CHRISTINA GARCIA PEÑA AL02927555

ALICIA SALVADOR MARTÍNEZ   AL03056110

KAREN MARIANA SÁNCHEZ GONZÁLEZ AL02994944

FRANCISCO TREVIÑO RÍOS AL02694485

RELACIONES

JURÍDICAS

AGOSTO 24, 2022

Caso 1

La señora Elsa tiene 85 años, es viuda y tiene una enfermedad degenerativa, vive con su único hijo llamado Patricio de 60 años que padece síndrome down. Elsa no cuenta con recursos propios suficientes para sostenerse, ya que su única fuente de ingresos proviene de la venta de chicles que realiza en la avenida más cercana a su casa. Elsa tiene 2 hermanos y su esposo tenía 3 hermanos, todos viven y cuentan con recursos económicos suficientes para ayudarla.

  1. ¿Qué acción puede ejercer Elsa y contra quiénes, para recibir alimentos de manera personal? Justifica tu respuesta con la legislación federal y la de tu estado e incluye mínimo una jurisprudencia.

En este caso los hermanos de la señora Elsa y sus cuñados (hermanos de su esposo fallecido) deben hacerse responsables de el señor Patricio que padece síndrome de down (hijo de la señora Elsa y su esposo),  al igual que la señora Elsa como dice en el capítulo 1 del PARENTESCO en el artículo 293 así mismo en el capítulo II DE LOS ALIMENTOS en  los artículos ,303, 304, 305, 306 y 308 del código civil del estado de Nuevo León dice que en caso de no tener padres o la persona que estaba a cargo de los los alimentos hacia el hijo se le pasara los cargos hacia los parientes y en caso de la señora Elsa debido a que también tiene una enfermedad, también los parientes colaterales dentro del cuarto grado tienen la responsabilidad de mantener a la señora al igual que su hijo así como lo menciona el artículo 305 y 306.

  1. ¿Qué acción puede ejercer Elsa y contra quiénes, para recibir alimentos en representación de Patricio? Justifica tu respuesta con la legislación federal y la de tu estado e incluye mínimo una jurisprudencia.

     En este caso de acuerdo la legislación federal y la legislación estatal la señora Elsa a una designación de beneficiario, y en este caso aplicaría para la señora Elsa y sus hij@s, ella tendría el derecho de pedir prestaciones en la empresa donde laboraba su marido. También podrían solicitar aportaciones del Infonavit y aportaciones de la AFORE. También podrían solicitar beneficios del IMSS, como una pensión de viudez o una pensión de orfandad.

  1. ¿Quién(es) y en qué proporción deben pagar los alimentos de Elsa? Justifica tu respuesta con la legislación federal y la de tu estado.

De acuerdo al artículo 302 de la legislación civil de Nuevo León el esposo será el responsable de proporcionar ya sea la paga de los alimentos o los mismos alimentos para la señora Elsa y su hijo ya que los 2 no cuentan con la capacidad para trabajar. En caso de que el esposo de la señora Elsa también sea incapaz de trabajar los artículos 305 y 306 dictan que la responsabilidad caería en los hermanos del esposo.

  1. ¿Quién(es) y en qué proporción deben pagar los alimentos de Patricio? Justifica tu respuesta con la legislación federal y la de tu estado.


Debido a la imposibilidad de proporcionar alimentos por parte de la madre, la obligación recae en los hermanos de la madre y del padre, ya que, a pesar de la edad que tiene Patricio debido a la incapacidad que presenta, los familiares de parte de la señora Elsa y de parte de su esposo fallecido y de acuerdo al artículo 311 los alimentos han de ser proporcionados a la de posibilidad del que debe darlos y a la necesidad del que debe recibirlos.

Como se menciona que todos tienen los  recursos económicos suficientes, el juez será el encargado de repartir el importe total entre todos  ellos, en proporción a sus ingresos, por medio de un convenio o sentencia.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (7 Kb) pdf (48 Kb) docx (441 Kb)
Leer 5 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com