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Reglamento De Cuentas


Enviado por   •  7 de Julio de 2014  •  5.255 Palabras (22 Páginas)  •  169 Visitas

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RESUMEN EJECUTIVO REGLAMENTOS DE CUENTAS

CUANTA AHORROS

APERTURA DE LA CUENTA:

1. Cualquier persona natural puede abrir cuanta ahorros no importa tu su edad su sexo su estado civil u nacionalidad

2. puede abrirla la cuenta con un saldo mínimo que el banco establezca dependiendo de la cuenta

3. El banco le entregara un talonarios para hacer retiros ordinarios y tendrá un costo que el banco disponga, también al cliente se le entrega una tarjeta debito en la que podrá hacer transacciones en cualquier cajero automático

4. Todo titular de una cuenta tiene la obligación de presentarle al banco la cedula de ciudadanía lugar de residencia y otros datos básicos que el banco le exija para tener referencia de su vida económica.

5. el titular de la cuenta se le obliga a manejo la chequera con mucho cuidado ya que en caso de pérdida puede tener muchas complicaciones si se le extravía su chequera avise de inmediatamente al banco u a las autoridades competentes lo mismo con la tarjeta debito si se le extravía o se la hurtan, bloquearla inmediatamente para no tener consecuencias con su dinero.

CONDICIONES PARA LA LIQUIDACION Y PAGO DE INTERESES:

1. El banco le ofrece para productos tradicionales de liquidación mensuales, los primeros 5 días de cada mes para mejorar su saldo y los intereses liquidados se le abonaran a su cuanta el último día del mes.

2. El banco no le abonara intereses sobre fracciones de un peso, tampoco le abonara intereses si su cuenta esta cancelada

3. ‐ De conformidad con las disposiciones legales, el Banco realizará sobre la liquidación de intereses la retención en la fuente correspondiente

CONDICIONES PARA EL DEPOSITO DE FUENTES:

El monto de depósitos para una cuenta ahorros será de una cantidad ilimitada pero el Banco podrá, en cualquier tiempo, limitarlo a la suma que se estime conveniente.

El banco acepta cualquier depósito que le hagan en la cuenta del ahorrador con la responsabilidad de que si la persona se equivoca de cuenta, este depósito pertenecerá al titular de la cuenta que hizo.

Los depósitos realizados en localidades diferentes a la de radicación de la cuenta se podrán hacer si va a hacer un retiro en cheque el cliente no puede hacer el retiro hasta que el banco donde radico la cuenta no lo confirme.

Los cheques de otras plazas se enviaran al cobro y solo se podrá hacer el abono a la cuenta cuando se reciba la confirmación

CONDICIONES PARA EL RETIRO DE FONDOS

Es requisito para retirar fondos que el cliente titular lo haga con todos los documentos que le pueda exigir el banco por seguridad y si los documentos no se suministran e banco el banco no estará obligado para atender la solicitud de retiro.

El Banco no se hace responsable por el retiro de fondos por personas distintas al titular de la cuando cuando se extravíele talonarios y no de aviso y en caso de tarjeta de crédito se le pierde y no la bloquea y cuando revela la clave de su tarjeta débito.

El banco pagara retiros a personas distintas si el titular hace con una autorización con la información quien va a realizar y quien va a realizar la operación sepa firmar y tenga un numero de identificación

Cualquier autorización por escrito para el retiro con talonarios mayores al máximo de cuenta fijado para cada tipo de cuenta.

El banco le pagara los fondos disponibles al titular de la cuenta pero tiene que hacer un aviso anticipado de (60) días para cualquier retiro.

En las cuentas que tengan más de un titular, cualquiera de ellos podrá disponer de los fondos de la cuenta, a menos de que se haya pactado por escrito con el Banco otra cosa.

Los menores de edad pueden manejar cuanta ahorro pero con la responsabilidad de que tienen que manejarlas directamente.

DISPOSICIONES VARIAS:

‐ El Banco aceptará traslados de cuentas de ahorro entre Oficinas localizadas en diferentes puntos de la ciudad las cuales causaran comisiones y gastos vigentes

El banco les prestara el servicio a sus clientes servicio electrónico de fondos mediante el reconocimiento y gastos legales.

El cliente que cancele la cuanta ahorros tiene que devolver la tarjeta débito y su talonarios de cheques.

Los depósitos en una cuenta ahorros son inembargables hasta la cantidad máxima que establece la ley.

Los depósitos de cuenta ahorros en caso de muerte del titular se le entregara a el heredero sin necesidad de juicio de sucesión sin embargo tiene que demostrar que son los herederos.

El contrato de cuanta ahorro es de duración indefinida

La tarjeta debito es propiedad del banco y se reserva de retirar y cancelar la tarjeta en cualquier momento con previo aviso

Autorizo (amos) al Banco para que fuera de los casos legales, cargue a mi (nuestra) cuenta las comisiones, cuotas de manejo, cuotas de administración, costos y demás gastos por talonarios, tarjetas, traslado de fondos, pagos en Oficinas diferentes la girada, impuestos y portes, suministro de copias, recaudos, recibo o depósitos especiales, consultas, documentos o información en época diferente a la convenida o adicional, repetida o que corresponda a operaciones archivadas o terminadas y por cualquier otro servicio que de manera excepcional, adicional o especial preste el Banco.

REGLAMENTO CUENTA CORRIENTE

El cliente declara que ha solicitado al Banco la apertura de una cuenta corriente, que éste le ha informado las características del producto, las condiciones para su manejo y los derechos y responsabilidades que como cuentacorrentista le corresponden, las medidas de seguridad que debe adoptar en desarrollo de los mismos, dándose por adecuadamente enterado, por lo cual manifiesta su aceptación a las siguientes estipulaciones

1.- El cliente se obliga a mantener en poder del Banco fondos suficientes para atender el pago total de los cheques que libre contra el Banco y éste, de acuerdo con las disposiciones legales y las cláusulas contractuales, se obliga a pagar los cheques que hayan sido librados en la chequera entregada o autorizada al titular de la cuenta, a menos que exista justa causa para su devolución o que presenten a juicio del Banco apariencias de falsificación o adulteración apreciables a simple vista en el esqueleto del cheque, en la expresión de la cantidad, en las firmas o sellos registrados en las Oficinas del Banco, o en las demás especificaciones que debe contener todo cheque. Se convienen como justas causas, además de las causales de devolución convenidas entre los Bancos y que se consideran incorporadas a este contrato, contenidas en los Acuerdos Interbancarios, todas aquellas que impliquen una razonable previsión

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