Reglamento Orgánico De Guadalajara. Seguridad Estructural
Enviado por jorgegandara • 18 de Septiembre de 2013 • 892 Palabras (4 Páginas) • 935 Visitas
Analizando la situación de que me encuentro por terminar mis estudios en la facultad de arquitectura, es de suma importancia tocar un punto que honestamente pocas veces tocamos en los cursos anteriores, el marco jurídico correspondiente a la construcción en nuestra labor profesional.
En este ensayo expreso mi pensar después de haber leído y analizado el Titulo XIII, del apartado sexto del Reglamento Orgánico del Municipio de Guadalajara, correspondiente a la Seguridad Estructural de las Construcciones.
Después de comenzar a leer, rápidamente un articulo llamo mi atención, el Art. 1616 el cual nos da un panorama de lo que en realidad debemos de diseñar, una estructura de que cumpla con la seguridad adecuada contra cualquier percance que pueda sufrir la misma, tomando en cuenta factores que la mayoría tristemente pasamos de largo, ya sea por corrupción o por ignorancia, yo propondría que se estableciera una clase especializada en estos temas en la facultad, además del interés nuestro como estudiantes, que se note el entusiasmo y las ganas de hacer bien las cosas, de dejar esa mediocridad y conformismo en la que varios nos hemos estancado; y ser nosotros quienes originemos el cambio.
Continuando con especificaciones y reglamentaciones de las diferentes acciones que puedan ser desfavorables para la estructura y medidas preventivas y de análisis para identificarlas me encontré con otro de los artículos que quiero resaltar, el Art. 1631 el cual en lugar de tomarlo como una regla mas con la que se debe cumplir, es de gran ayuda para nosotros que al momento de construir ya sabemos cómo puede reaccionar la estructura, en base a ensayos, representando las más difíciles acciones que tendría que soportar esta, ya no solamente podríamos sustentar nuestro diseño en la teoría, sino también en la práctica. Es entonces donde empiezo a cuestionarme porque es que me entero hasta estos momentos, y entre mis respuestas, una es por mi falta de interés y mi falta de iniciativa, que espero corregir totalmente, pero no creo ser el único en esta situación, así que vuelvo sostener mi propuesta anterior, sobre la creación de una clase enfocada a esto, porque francamente pocos son los que tienen esa iniciativa por aprender.
En una situación distinta a los artículos antes nombrados, en los cuales estoy en total acuerdo, quiero también expresar mi inconformidad con lo que redacta el Art. 1634, el cual establece que puedo emplear criterios diferentes a los establecidos en este reglamente, siempre y cuando lo justifique a satisfacción de
la Dirección de Obras Públicas; mi desacuerdo se debe a que desde mi punto de vista esto se presta a mas actos de corrupción, porque sabemos cuál es la situación que se vive en estos tiempos, y porque mejor, en lugar de dar apertura a criterios diferentes a los del Reglamento y las Normas Técnicas, damos apertura a estos últimos para la
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