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Resumen Procesal


Enviado por   •  13 de Mayo de 2013  •  1.219 Palabras (5 Páginas)  •  322 Visitas

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LA JURISDICCIÓN

Es la atribución del poder del Estado para la administración de justicia diciendo el derecho. Etimológicamente según los romanos significaba iuris dictio: decir el derecho.

Esa jurisdicción es un derecho personal del Estado, y si hay un derecho hay un deber correlativo en cabeza de las personas. También es una obligación del Estado, y si ella existe, hay un derecho en cabeza de quienes tienen el derecho de acción; de ahí surge el derecho de acción y el de oposición (Carnelutti).

Poderes de la Jurisdicción

1- Poder de Decisión.

Facultad del juez de tomar determinaciones con fuerza obligatoria en un proceso concreto. Lo primordial es la solución del asunto en materia del proceso (sentencia).

2- Poder de Documentación.

Oficio del juez de practicar y decretar las pruebas necesarias para el esclarecimiento de la verdad; hoy los jueces tienen la facultad de decretar pruebas oficiosamente.

3- Poder de Coerción.

Es la facultad de procurar todo lo necesario para la adecuada marcha del proceso. Remueve los obstáculos del proceso.

4- Poder de Ejecución.

Es la facultad de imponer el cumplimiento de la sentencia o de otro acto procesal.

Las características de la JURISDICCIÓN son iguales a las de la FUNCIÓN JUDICIAL

Distinciones de la Jurisdicción

La jurisdicción es una sola pero pueden verse diferentes manifestaciones:

a. Según la rama del Derecho Sustancial que con ella se trata de aplicar:

b. Según el fin que se persiga con ella:

CONTENCIOSA: Es la verdadera jurisdicción. El Estado dice cual es el derecho en caso de conflicto, ello se encuentra en el proceso de conocimiento en el que se parte de la incertidumbre. Cuando este proceso termina con la sentencia según la naturaleza del proceso puede que sea necesario un paso subsiguiente que es el de ejecución, y de ahí que la sentencia sea un título ejecutivo.

VOLUNTARIA: No hay conflicto. Se caracteriza porque con ella no se busca solucionar un problema sino llenar un requisito, cumplir una formalidad que bien podría estar atribuidos a otro funcionario diferente al juez, como sucede actualmente.

La jurisdicción voluntaria es una actividad administrativa atribuido a la rama jurisdiccional. En la jurisdicción voluntaria no hay parte porque no hay contraparte. Las sentencias de esta jurisdicción no producen efectos de cosa juzgada como sí lo son los de jurisdicción contenciosa.

LA COMPETENCIA

Es la medida como se distribuye la jurisdicción entre las autoridades judiciales. Es la jurisdicción en concreto.

Factores para determinar la Competencia

FACTOR OBJETIVO

Hace relación a dos aspectos:

• Hace alusión a la naturaleza misma de la relación sustancial. Ejemplo, expropiación conoce el juez de circuito. Familia: alimentos, filiación.

• Hace alusión a la cuantía, es decir, el valor económico de la relación sustancial, que se debate en el proceso.

FACTOR SUBJETIVO

Hace referencia a la calidad de las personas que intervienen en el proceso, por ejemplo: por ser una de las partes el Estado, la Nación, el departamento o municipio o las empresas comerciales o industriales del Estado es demanda de derecho público y conoce el juez Civil de Circuito.

FACTOR TERRITORIAL

Alude al lugar donde se lleva a cabo el proceso. Lo designan como el "fuero". Ese foro va a ser escogido por el lugar donde se encuentran las personas, donde están las cosas, o donde ocurrieron los hechos. También puede haber una combinación de poderes.

Criterios de Clasificación:

• FUERO Personal. Se atiende al lugar en el que la persona deber ser llamada a juicio. Para ello hay unas reglas, ellas son:

El proceso se hace en el lugar del domicilio del demandado, en caso de que tenga varios domicilios el proceso puede adelantarse ante cualquiera de los jueces y el demandante escoge; salvo que sean asuntos que están vinculados exclusivamente con un domicilio en especial. Si el demandado no tiene domicilio conoce el juez de la residencia, y si tampoco tiene se hace en el domicilio del demandante.

• FUERO Real. El proceso se adelanta

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