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Resumen primer parcial derecho del trabajo


Enviado por   •  20 de Noviembre de 2017  •  Resumen  •  13.371 Palabras (54 Páginas)  •  270 Visitas

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Trabajo y Derecho del Trabajo

Historia del Trabajo: hubo 2 épocas diferentes, a las cuales las diferenció la Revolución Industrial:

  • PRE-INDUSTRIAL: la Mano de Obra eran esclavos que obedecían órdenes para la producción. No tenían derechos, las jornadas laborales eran largas y las condiciones inhumanas.
  • INDUSTRIAL: con la Rev. Ind. se regularizó la situación de esclavitud, lo cual hace que cambie la relación de trabajo y aparezcan los Derechos del Trabajo.

OIT (Organización Internacional del Trabajo): es una de las agencia de la ONU y se encarga del trabajo a nivel mundial. Es una de las organizaciones más democráticas del mundo porque tiene representantes de los trabajadores del mundo, de los empresarios del mundo y de los Estados del mundo. Establece que:

  • El trabajo no es una mercancía porque en él se incluye al trabajador, que es el hombre.
  • La paz permanente solo se basa en la justicia social (darle a cada uno de la sociedad lo q le corresponde)

Trabajo: el trabajador pone a disposición del empleador su fuerza de trabajo, a cambio de una remuneración. Es un acto y medio social, pero, paradójicamente, también se relaciona con el término marxista de la explotación.

Contenidos del trabajo según la LCT:

  • Actividad lícita: la actividad realizada por el trabajador debe estar dentro de la Ley.
  • Potestad del empleador: el empleador tiene la facultad y el derecho de dirigir la empresa.
  • Objetivo del contrato de trabajo: la actividad creadora del hombre en sí. Solo después de esa actividad, hay entre las partes un intercambio económico (remuneración).

Sentidos del trabajo:

  • AMPLIO: toda actividad realizada por el hombre con su fuerza física o intelectual, que produce B y S, y cuyo objetivo es transformar la realidad. Todo lo que hacemos es trabajo.
  • ESTRICTO: toda actividad realizada por el hombre, para otra persona (empleador), con su fuerza física o intelectual, que produce B y S, y cuyo objetivo es transformar la realidad, a cambio de un sueldo.  

Trabajo no regulado por la LCT:

  • Benévolo: aquel que se presta en forma desinteresada, sin buscar beneficio propio. No hay sueldo.
  • Familiar: no puede haber contratos de trabajo entre esposos o entre padres e hijos menores de edad.
  • Autónomo: trabajo independiente que sí tiene una remuneración, pero que no cuenta con la relación de dependencia, ya que el autónomo trabaja por su cuenta y riesgo. Es “por cuenta propia”.
  • Sector Pasivo (menores de edad, jubilados, etc.), desempleados (los que eligen no trabajar o no pueden trabajar), Planes sociales y Trabajo Religioso.

Características de la Relación de Trabajo:

-Relación de Dependencia: el trabajador pone a disposición del empleador su fuerza de trabajo y debe cumplir órdenes del mismo, a cambio de una remuneración y condiciones dignas de trabajo. Características del trabajador dependiente: trabaja en una organización ajena y debe cumplir órdenes de su empleador, trabaja bajo riesgo de otro  (no asume riesgos económicos) y está protegido por la CN y la LCT.

-Prestación Subordinada: significa que el trabajador obedece las órdenes del empleador. Es “por cuenta ajena”. Se da una Triple Subordinación, caracterizada por ser:

  • JURÍDICA: es la posibilidad jurídica del empleador de dirigir en el empleo la conducta del trabajador.
  • ECONÓMICA: el trabajador presta su fuerza de trabajo al empleador, a cambio de una remuneración.
  • TÉCNICA: se relaciona con la capacidad de formación y la habilidad del trabajador: cuanta más técnica tenga, más libertad va a tener para realizar sus tareas porque está más calificado.

-Ajenidad en el trabajo: el fruto del trabajo lo obtiene el empleador. Esto quiere decir que el trabajador es ajeno a la empresa y no comparte las pérdidas ni las ganancias.

Trabajo libremente realizado: es el trabajo que el trabajador eligió hacer por propia elección. Nadie lo obliga a trabajar, sino que lo hace por propia voluntad.

Faz Dignificante: trabajo digno. Son condiciones adecuadas, que te guste lo que haces, el trabajo debe ser un medio de vida y debe implicar progresar.

Derecho del Trabajo: el Derecho es el conjunto de normas jurídicas y principios que regulan la conducta del hombre en sociedad. El Derecho Del Trabajo se ocupa de regular las relaciones conflictivas y pacíficas entre el trabajador y empleador, entre empresas y entre empresas y el Estado. Lo que diferencia a este derecho del resto, es la Hiposuficiencia: el derecho parte de la premisa de que existe una desigualdad entre las partes del Contrato Individual (el trabajador solo tiene su fuerza de trabajo, mientras que el empleador tiene los recursos suficientes para imponer determinadas condiciones). Por eso el Derecho del Trabajo intenta igualarlos dándole una serie de derechos a la parte más débil → el trabajador. Esto genera nuevamente una desigualdad a favor del trabajador llamada “Hiposuficiencia”. Ésta desaparece en el Derecho Colectivo, ya que ambas partes son empresas, las cuales se encuentran en iguales condiciones.

División del Derecho del Trabajo:

  • Derecho Individual: se ocupa de las relaciones entre el trabajador individual y el empleador.
  • Derecho Colectivo: se ocupa de las relaciones entre la asociación profesional de trabajadores (sindicatos) y los grupos que representan a los empleadores, y también la de ellos con el Estado.
  • Derecho Internacional: está formado por los tratados internacionales entre los distintos Estados.
  • Derecho Administrativo y Procesal: se ocupa del procedimiento en la órbita judicial ante los tribunales del trabajo y del procedimiento administrativo ante el Ministerio de Trabajo.

Características del Derecho del Trabajo:

  • Dinámico: porque está en permanente cambio y evolución.
  • De Integración Social: sus principios y normas respetan el interés general de proteger al trabajador
  • Profesional: lo que le interesa es la prestación que realiza el hombre
  • Tuitivo: protege a la parte más débil de la relación laboral → el trabajador
  • Especial: porque es distinto al resto de los derechos, tiene Hiposuficiencia y normas imperativas
  • Autónomo: porque tiene autonomía científica, legislativa y didáctica, que le permite resolver por si mismo el objeto de la materia.

Orden Público Laboral: es el mínimo de derechos y normas de carácter imperativo, que actúan como piso para el trabajador a la hora de negociar. Por debajo de este orden, no hay nada. Estas normas son inmodificables por las partes en sentido negativo, lo cual limita la autonomía de la voluntad.

Políticas sociales: el Derecho del Trabajo es parte de las políticas sociales del Estado, las cuales son medidas estatales destinadas a eliminar o amortiguar los efectos dañinos para el bien común de situaciones sociales que nacen de distintas manifestaciones sociales. El objetivo es la promoción social en términos de justicia y equidad. Estas políticas son:

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