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Seguridad Social


Enviado por   •  11 de Diciembre de 2012  •  1.798 Palabras (8 Páginas)  •  291 Visitas

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LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO.

La Ley Sistema de Ahorro para el Retiro original constaba de 9 capítulos, a saber: disposiciones preliminares, de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para le retiro (CONSAR), de los participantes en el SAR. Hablar de lo que es SAR remite también hablar de CONDUSEF que realiza una amplia labor de difusión e información a los usuarios sobre servicios y productos que oferten los intermediarios financieros, pudiendo realizar y hasta proponer modificaciones a los contratos de adhesión y estados de cuenta utilizados en este tipo de operaciones..

La LSAR fue de nueva cuenta reformada de una manera profunda y trascendente mediante decreto del Congreso de la Unión, a partir del11 de diciembre de 2002.

LA COMISION NACIONAL DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO

En dicho capito versa sobre las atribuciones y a la estructura orgánica de que disfruta la CONSAR como el ente público encargado de velar por el correcto y eficiente funcionamiento de los sistemas de ahorro para el retiro.

La CONSAR estará conformada por los siguientes órganos de gobierno

I. La junta de gobierno de la CONSAR, estará integrada por 15 miembros a saber:

A) El secretario de Hacienda y Crédito Publico, quien la presidirá;

B) El presidente de la CONSAR

C) 2 vicepresidentes de la misma CONSAR; y,

D) 11 vocales, encargado que recae por disposición de articulo 7 de la LSAR en las siguientes personas.

a) El secretario del trabajo y previsión social,

b) El gobernador del banco de mexica

c) El subsecretario de hacienda y crédito publico

d) En director general del IMSS

e) En director general del INFONAVIT

f) En director general del ISSSTE

g) El presidente de la comisión nacional bancaria y de valores

h) El presidente de la comisión nacional de seguros y finanzas, y,

i) Los tres vocales restantes deberán ser designados por el titular de la SHCP.

El articulo 8 de la LSRA precisa las facultades con que cuenta la junta de gobierno de la CONSAR.

II. La presidencia de la CONSAR es un órgano unipersonal, encargo que no debe confundirse jamás con quien encabeza la junta de gobierno.

El presidente de dicho órgano desconcentrado será la máxima autoridad administrativa de la CONSAR.

En el artículo 12 de la LSAR, se establecen las atribuciones y obligaciones del Presidente de la CONSAR, pudiendo asumir las facultades que, independientemente a las ya previstas en la ley, le delegue o atribuya la junta de gobierno u otras legislaciones federales.

III. El comité consultivo y de vigilancia de la CONSAR, conforme a lo establecido en el artículo 13 de la LSAR es un órgano de gobierno plurirrepresentativos.

La CONSAR contara con un órgano tripartito denominado comité consultivo y e vigilancia integrado por los sectores obrero, patronal y del gobierno federal.

los miembros que lo conforman deben reunir entre otros los siguientes requisitos: ser ciudadano mexicano, tener conocimiento en materia financiera, jurídica o de seguridad social, acreditar el nombramiento respectivo de la dependencia, entidad u organización que los proponga; y no ser funcionario o consejero de algún participante del SAR.

el citado Comité Consultivo y de Vigilancia estará integrado por 19 miembros, a saber:

a. Seis representantes de los trabajadores

b. Seis representantes del sector patronal

c. El presidente de la CONSAR

d. Un representante de la SHCP

e. Un representante de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social

f. Un representante del IMSS

g. Un representante del ISSSTE

h. Un representante del INFONAVIT

i. Un representante del Banco de México

El artículo 15 de la LSAR establece la forma como deben ser designados los representantes obreros y patronales.

El artículo 16 establece 20 facultades concretas y expresas de que esta investido el Comité Consultivo y de Vigilancia.

IV. El consejo de pensiones es un órgano de nueva creación, dicho consejo estará integrado por 19 miembros, distribuidos sectorialmente de la siguiente manera:

a) Seis representantes de los trabajadores

b) Seis representantes de los patrones

c) Seis representantes de los de las AFORES, Y,

d) El presidente de la CONDUSEF.

LAS CUENTAS INDIVIDUALES DE AHORRO

El capitulo IV de la LSAR aludía exclusivamente a la cuenta individual SAR y alos planes de pensiones establecidos por patrones o derivados de contratación colectiva, articulo 159, fracción I de la LSS, define lo que debe entenderse por cuenta individual, que resulta ser aquella que se abre en las AFORE para cada uno de los sujetos asegurados, en la que se depositaran las cuotas obrero-patronales y la aportación del estado enteradas en la rama del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

En dicha cuenta individual deberán registrarse la aportación patronal hecha al INFONAVIT, aportaciones de vivienda que si bien no maneja la AFORE sino que las administra directamente al INFONAVIT deben quedar registradas en la cuenta individual del SAR.

La cuenta individual de cada trabajador asegurado estuvo integrada por disposiciones legales expresas, solo por 3 subcuentas:

a) La subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, del IMSS

b) La subcuenta de vivienda, el INFONAVIT, Y,

c) La subcuenta de aportaciones voluntarias, del trabajador

En la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Debían identificarse por separado los recursos correspondientes a: 1) las cuotas por ramo de retiro: 2) los relativos a las cuotas y aportaciones por los ramos de cesantía en edad avanzada y vejez; y 3) los de la cuota social a cardo del Gobierno Federal.

Subcuenta de vivienda en la que se identificaran por separado las aportaciones patronales previstas en la ley del INFONAVIT.

La subcuenta de aportaciones voluntarias, que intentaba prohijar la cultura de ahorro personal a largo plazo por parte del trabajador, así como constituir un mecanismo de prestaciones adicionales a las obligaciones

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