ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Seminario


Enviado por   •  24 de Octubre de 2013  •  4.046 Palabras (17 Páginas)  •  219 Visitas

Página 1 de 17

REGLAMENTO GENERAL DE LA UNESR

REGLAMENTO SOBRE RÉGIMEN DE ESTUDIOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL SIMÓN RODRÍGUEZ

PROPÓSITO

El presente reglamento tiene como propósito establecer una serie de lineamientos académicos que blinden el basamento filosófico y andragógico que sustenta a la Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez. Ello implica la calidad académica, defensa de un egresado con un perfil de investigador y con amplia perspectiva epistemológica.

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1: Los estudios en la Universidad Nacional Experimental "Simón Rodríguez" se regirá por lo establecido en este Reglamento.

Artículo 2: Los estudios en la Universidad se ofrecerán en diferentes áreas del conocimiento y se desarrollarán en Planes de Estudio, a nivel del Pregrado y de Postgrado, en Cursos de Extensión de Educación Permanente.

Artículo 3: En concordancia con los principios filosóficos de la Universidad, a los efectos de este Reglamento, se identificará a los Profesores como Facilitadores y a los Estudiantes como Participantes.

Artículo 4: Los planes de estudio son cuerpos sistematizados de objetivos, contenidos y actividades organizados en Cursos, Pasantías, Tesis de postgrado y corresponden a un perfil profesional determinado.

Parágrafo Único: La Universidad, conforme a sus principios filosóficos, podrá diseñar Planes de Estudio que respondan a las necesidades, utilizando todos los sistemas científicos de la cibernética, informática y tecnología, para el mejor beneficio del participante y de la comunidad.

Artículo 5: Los Planes de Estudio se administrarán por Períodos Académicos Regulares o Intensivos.

Parágrafo Primero: Los Períodos Académicos Regulares e Intensivos tendrán una duración de 16 y 8 semanas efectivas de labor, respectivamente, incluidas las Evaluaciones Finales, cuando éstas procedan.

Parágrafo Segundo: La administración de los Períodos Académicos se hará de acuerdo con las necesidades y posibilidades de la Universidad.

Artículo 6: El Curso es una unidad de planificación curricular que tendrá carácter obligatorio o electivo y junto con la Pasantía, la Tesis de postgrado y el Servicio Comunitario Estudiantil, constituyen el Plan de Estudios de la Carrera o los Planes de Estudio de Postgrado, el cual permitirá a los participantes el logro de las conductas establecidas en los respectivos perfiles de las Carreras, utilizando técnicas de aprendizaje modernas y experimentales.

Artículo 7: Los Cursos Obligatorios son aquellos que se consideran indispensables para la formación integral del participante, según lo establecido en el respectivo Plan de Estudios.

Artículo 8: Los Cursos Electivos son aquellos que contribuyen a satisfacer los intereses individuales de los participantes. Estos Cursos podrán ser preestablecidos en el Plan de Estudios de acuerdo con aspectos específicos de la carrera o cursos de Postgrado seleccionados, o ser abiertos. Estos últimos podrán ser seleccionados entre los diferentes Cursos que ofrezca la Universidad o ser reconocidos como tales, a través de los Procesos de Acreditación o Equivalencia.

Artículo 9: El valor cuantitativo de los Cursos previstos en los Planes de Estudio, se expresa en unidades-crédito. Una unidad-crédito es equivalente a una (1) hora semanal en aula por período académico o a tres (3) o cuatro (4) horas semanales de trabajo práctico o de laboratorio por período académico.

Parágrafo Único: La pasantía de Pregrado y el Componente Teórico Práctico de Postgrado tendrá un valor total de unidades-crédito que variará de acuerdo con los respectivos Planes de Estudio.

Artículo 10: La interacción entre Participante y Facilitador se establecerá de acuerdo con la complejidad del Curso y tendrá un máximo de cuatro (4) horas semanales presenciales de aula o a distancia, a nivel de Pregrado en períodos académicos regulares, con excepción de los trabajos prácticos, de laboratorio, las pasantías y el Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior. El número de unidades-crédito de cada curso, será especificado en el Plan de Estudios correspondiente.

Parágrafo Único: El número de unidades-crédito asignado a un curso será el mismo en las diferentes estrategias que utilice la Universidad.

Artículo 11: La Prelación no es un requisito de secuencia de aprendizaje de unos cursos con respecto a otros, por cuanto el currículo de la UNESR es flexible, participativo, andragógico y autodirigido.

CAPÍTULO II

"DE LA ESTRUCTURA CURRICULAR"

SECCIÓN PRIMERA

"DEL PREGRADO"

Artículo 12: Los Planes de Estudio de Pregrado se diseñarán conforme a los perfiles profesionales de las Carreras que conducirán a los Títulos de Técnico Superior, Ingeniero, Licenciado o su equivalente.

Artículo 13: Los Planes de Estudio se estructurarán en Ciclos, de acuerdo con las características específicas en cada caso.

Artículo 14: El Nivel de Pregrado incluirá Cursos correspondientes a los Ciclos Introductorio, General y Profesional, que se complementan entre sí.

Artículo 15: Los Cursos correspondientes al Ciclo Introductorio, iniciarán a los participantes en la utilización de las estrategias metodológicas aplicadas en la Universidad, contribuirán al desarrollo de actitudes que les permitirán incorporarse al sistema universitario y coadyuvarán a su desarrollo personal.

Artículo 16: Los Cursos correspondientes al Ciclo General, estarán orientados a la adquisición y aplicación del conocimiento dentro de los campos humanísticos, tecno - científico y sociocultural en función del desarrollo integral del hombre, de la comunidad circundante y del país.

Artículo 17: Los Cursos correspondientes al Ciclo Profesional, estarán orientados a la adquisición y aplicación del conocimiento y al desarrollo de habilidades, destrezas y actitudes hacia la investigación en la Carrera o Mención escogidas. Igualmente promoverán la participación profesional dentro del entorno social.

Artículo 18: Los Planes de Estudio de las Carreras conducentes al Título de Técnico Superior, contemplarán:

a. Entre 75 y 113 unidades crédito, incluyendo la Pasantía.

b. Entre 25 y 33 cursos.

c. Otros requisitos que establezca la Universidad.

Artículo 19: Los Planes de Estudio de las Carreras conducentes a los Títulos de Ingenieros, Licenciados o su equivalente, contemplarán:

a. Entre 150 y 175 unidades de crédito, incluyendo la pasantía.

b. Entre 45 y 55 cursos.

c. Prestación del Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior.

d. Otros requisitos

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (29 Kb)
Leer 16 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com