Sine Actione Agis
Enviado por jitomate10 • 8 de Octubre de 2014 • 581 Palabras (3 Páginas) • 792 Visitas
La defensa de sine actione agis, equivale, lisa y llanamente, a la negación de la demanda y tiene como único efecto arrojar la carga de la prueba al actor.
Amparo directo 8860/63. José Antonio Mijares. 9 de febrero de 1966. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen XLI, página 138. Amparo directo 1392/60. Rafael Yánez Cortés. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
Nota: En el Volumen XLI, página 138, esta tesis aparece bajo el rubro "SINE ACTIONE AGIS.".
Tesis Aislada, Semanario de la Suprema Corte de Justicia, sexta época, tercera sala, Cuarta Parte, CIV, pág. 132
sine actione agis
sine actione agis
La defensa de sine actione agis, equivale, lisa y llanamente, a la negación de la demanda y tiene como único efecto arrojar la carga de la prueba al actor.
Amparo directo 8860/63. José Antonio Mijares. 9 de febrero de 1966. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen XLI, página 138. Amparo directo 1392/60. Rafael Yánez Cortés. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
Nota: En el Volumen XLI, página 138, esta tesis aparece bajo el rubro "SINE ACTIONE AGIS.".
Tesis Aislada, Semanario de la Suprema Corte de Justicia, sexta época, tercera sala, Cuarta Parte, CIV, pág. 132
La defensa de sine actione agis, equivale, lisa y llanamente, a la negación de la demanda y tiene como único efecto arrojar la carga de la prueba al actor.
Amparo directo 8860/63. José Antonio Mijares. 9 de febrero de 1966. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen XLI, página 138. Amparo directo 1392/60. Rafael Yánez Cortés. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
Nota: En el Volumen XLI, página 138, esta tesis aparece bajo el rubro "SINE ACTIONE AGIS.".
Tesis Aislada, Semanario de la Suprema Corte de Justicia, sexta época, tercera sala, Cuarta Parte, CIV, pág. 132
La defensa de sine actione agis, equivale, lisa y llanamente, a la negación de la demanda y tiene como único efecto arrojar la carga de la prueba al actor.
Amparo directo 8860/63. José Antonio Mijares. 9 de febrero de 1966. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen XLI, página 138. Amparo directo 1392/60. Rafael Yánez Cortés. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
Nota: En el Volumen XLI, página 138, esta tesis aparece bajo el rubro "SINE ACTIONE AGIS.".
Tesis Aislada, Semanario de la Suprema Corte de Justicia, sexta época, tercera sala, Cuarta Parte,
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