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Sistema De Credito Publico


Enviado por   •  25 de Septiembre de 2013  •  4.054 Palabras (17 Páginas)  •  830 Visitas

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD RAFAEL BELLOSO CHACIN

FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS

CATEDRA: ADMINISTRACION PÚBLICA

SISTEMA DE CREDITO PÚBLICO

Realizado Por:

Almarza Maria

Boscan Nicary

Carrizo Jesus

Contreras Jhan

Gonzalez Leximar

Marenco Veronica

Pirela Maryelyn

Quintero Andreina

MARACAIBO; JULIO DEL 2013

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD RAFAEL BELLOSO CHACIN

FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS

CATEDRA: ADMINISTRACION PÚBLICA

SISTEMA DE CREDITO PÚBLICO

NOMBRES ASESORIA TRABAJO DEFENSA NOTA DEFINITIVA

Almarza Maria

Boscan Nicary

Carrizo Jesus

Contreras Jhan

Gonzalez Leximar

Marenco Veronica

Pirela Maryelyn

Quintero Andreina

MARACAIBO; JULIO DEL 2013

INTRODUCCIÓN

El origen del crédito viene de las comunidades primitivas cuando se producían excedentes se puede afirmar que el desarrollo del crédito va de la mano de la civilización y del progreso, porque para que exista la confianza en que se funda el crédito, se precisa que surjan y se consoliden la seguridad privada y de la posesión, una buena administración de la riqueza adquirida y la seguridad pública que procede de las leyes justas y equitativas, de la buena administración de los gobiernos, del respeto a los derechos de los ciudadanos y de la tranquilidad interior.

El siguiente trabajo tiene como objetivo explicar todo lo relacionado con el sistema de crédito público siendo este es el conjunto de principio, órganos, normas y procedimientos que regulan la celebración, ejecución y administración de las operaciones de endeudamiento que realice el Estado, con el objeto de captar medios de financiamiento

INDICE

1) Definición Del Crédito Público

2) ¿Cuáles Son Las Operaciones De Crédito Público?

3) Objeto De Las Operaciones Del Crédito Público

4) De La Autorización Para Celebrar Operaciones De Crédito Público

5) De Las Operaciones Y Entes Exceptuados

6) De Las Prohibiciones, Atribuciones Y Obligaciones En Materia De Crédito Público

7) Órgano Rector: Oficina Nacional De Crédito Público Y Sus Atribuciones

8) Formalidades De Los Contratos De Empréstitos, Otorgamiento De Garantías Y Las Operaciones De Refinanciamiento

9) Prescripción De Las Acciones Provenientes De La Deuda Pública

10) De Los Títulos De La Deuda Pública

11) Partidas De La Deuda Pública

12) Controversias A La Ley

1) DEFINICIÓN DEL CRÉDITO PÚBLICO

Según el Artículo Nº 76 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Publico, se denomina Crédito Público a la capacidad de los entes regidos por esta misma Ley para endeudarse. Las operaciones de crédito público se regirán por las disposiciones de esta Ley, su Reglamento, las previsiones de la Ley del Marco Plurianual del Presupuesto y por las leyes especiales, decretos, resoluciones y convenios relativos a cada operación.

También podemos decir que el crédito público comprende el conjunto de principios, normas, organismos, recursos y procedimientos administrativos que intervienen en las operaciones que realiza el Estado, con el objeto de captar medios de financiamiento que implican endeudamiento o modificación de la estructura de sus pasivos. Los sistemas de crédito público generalmente están normalizados en forma detallada por los poderes legislativos del país.

2) ¿CUÁLES SON LAS OPERACIONES DEL CRÉDITO PÚBLICO?

El Artículo Nº 77 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Publico, establece que las operaciones de crédito público son las siguientes:

a.- La emisión y colocación de títulos, incluidas las letras del tesoro, constitutivos de empréstitos o de operaciones de tesorería.

b.- La apertura de créditos de cualquier naturaleza.

c.- La contratación de obras, servicios o adquisiciones cuyo pago total o parcial se estipule realizar en el transcurso de uno o más ejercicios posteriores a aquél en que se haya causado el objeto del contrato, siempre que la operación comporte un financiamiento.

d.- El otorgamiento de garantías.

e.- La consolidación, conversión, unificación o cualquier forma de refinanciamiento o reestructuración de deuda pública existente.

3) OBJETO DE LAS OPERACIONES DEL CRÉDITO PÚBLICO

Las operaciones de crédito público según el Articulo Nº 78 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Publico, tendrán por objeto:

 Arbitrar recursos o fondos para realizar inversiones reproductivas.

 Atender casos de evidente necesidad o de conveniencia nacional, incluida la dotación de títulos públicos al Banco Central de Venezuela para la realización de operaciones de mercado abierto con fines de regulación monetaria.

 Cubrir necesidades transitorias de tesorería.

4) DE LA AUTORIZACIÓN PARA CELEBRAR OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO

El ejercicio de las potestades de endeudamiento público no es absoluto, antes por el contrario, la Ley impone una serie de requisitos y prohibiciones que deben tomar en cuenta los órganos de la Administración Pública al desarrollar ese tipo de operaciones. Estas son las siguientes:

a) Autorización de la Asamblea Nacional

El artículo 79 de la LOAF condiciona la operación de crédito público a la obtención de una autorización de la Asamblea Nacional, la cual debe ser otorgada mediante ley especial. En el caso de los Estados, Distritos y Municipios dicha autorización deberá ser formulada por medio de Acuerdo del respectivo Consejo Legislativo o Concejo Municipal, y será enviada al Ejecutivo Nacional para que, una vez aprobada por el Presidente de la República en Consejo de Ministros, sea sometida a la autorización de la Asamblea Nacional.

En el ámbito de la Administración Central, esa autorización está contenida –comúnmente- en la Ley

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