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Sucesiones Testamentarias


Enviado por   •  22 de Agosto de 2011  •  652 Palabras (3 Páginas)  •  1.117 Visitas

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DIFERENCIAS CON OTROS TESTAMENTOS

Teniendo en cuenta el concepto y la Naturaleza Jurídica del testamento cerrado, procederemos de manera sucinta a precisar los puntos en los cuales radican las diferencias con cada uno de los demás testamentos .

C.1.- CON EL TESTAMENTOS OTORGADO POR ESCRITURA PUBLICA

1).- La Confindencialidad del testamento cerrado se sobre pone al otorgado por escritura publica, toda vez que en este la declaración testamentaria será tambien de conocimientos de testigos , así como del notario, quien debera redactar el testamneto en su registro de manera integral, caso contrario sucede en el testamento cerrado , en el que solo conoce de su contenido es el testador, por cuaqnto la ctuación de los testigos así como del notario versa sólo para certificar la entrega y existencia del sobre cerrado en el cual se consigna la última voluntad del causante.

2).- En cuanto ala naturaleza jurídica es de verse que para la validez del testamento cerrado es necesario acudir al juez civil a fin de que disponga la protocolización del testamentos cerrado, acto con el cual esta forma testamentaria adquiere validez y su carácter de instrumento publico , empero es de verse que este acto de protocolización no es requerido para el testamento otorgado por escritura publica, a razón a que esta forma testamentaria tiene desde su inicio la calidad de instrumento publico.

3).- En cuanto ala redacción diremos que el testamento cerrado la Ley no exige formalidad alguna, en cambio en el testamento otorgado por escritura publica es el notario quien debe redactar en su registro de escrituras de publicas bajo sanción de nulidad.

C.2.- CON EL TESTAMENTO OLÓGRAFO

1).- Una de las diferencias importantes en las que podemos ahondar el tema esta referida a la redacción del testamento por cuanto mientras en el testamento cerrado la ley no exige forma alguna es aspi que el testador lo puede hacer privadamente en papel común , pudiendo ser a maquina o en forma manuscrita, extendida por el testador o por un tercero bajo dictado de aquel quien aprueba el texto bajo su firma, caso contrario sucede en el testamento ológarfo pues en este el testamento debe ser redactado en forma manuscrita y de puño y letra del testador , fechado y firmado por el mismo bajo sanción de nulidad.

2).- En cuanto ala recepción del testamento observamos que en el testamento cerrado se hace de manera publica , es decir ante testigos y con la presencia del notario público, quien extenderá un acta que será inscrita en el registro correspondiente, situación que no sucede en el testamento ológrafo , por cuanto esta forma testamentaria es entregada de manera privada, sin la presencia de notario público o la intervención de testigos, no obstante su privacida no deja de ser un acto jurídico solemne, que con la respectiva comprobación judicial

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