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TALLER DE IVA


Enviado por   •  22 de Abril de 2012  •  1.939 Palabras (8 Páginas)  •  1.016 Visitas

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TRATAMIENTO DE LOS BIENES PARA EFECTOS DEL IVA

1. Diferencia entre bienes incorporales, intangibles, corporales, muebles, inmuebles, activos fijos, activos movibles, derechos, mercancías. Art. 655 y sgtes del Código Civil, Art. 60 E. T.

Código civil Art. 653.- Corporales son las que tienen un ser real y pueden ser percibidas por los sentidos, como una casa, un libro.

Incorporales las que consisten en meros derechos, como los créditos y las servidumbres activas.

Art. 655.- Muebles son las que pueden transportarse de un lugar a otro, sea moviéndose ellas a sí mismas como los animales (que por eso se llaman semovientes), sea que sólo se muevan por una fuerza externa, como las cosas inanimadas.

Art. 656.- Inmuebles o fincas o bienes raíces son las cosas que no pueden transportarse de un lugar a otro; como las tierras y minas, y las que adhieren permanentemente a ellas, como los edificios, los árboles.

ARTICULO 664. <LAS COSAS INCORPORALES>. Las cosas incorporales son derechos reales o personales, por tanto son intangibles y no están sometidos al impuesto.

ACTIVOS FIJOS: Es aquel bien corporal o incorporal que no se enajena dentro del giro ordinario de los negocios de la persona.

ACTIVOS MOVIBLES: En oposición a los activos fijos, estos se enajenan dentro del giro ordinario de los negocios de la persona.

DERECHO REAL: Es aquel que se tiene sobre una cosa con respecto a determinada persona.

INTANGIBLE: Nombre que se le da a los activos del contribuyente que no tienen forma corpórea, como el Good Will, las marcas, las patentes de invención, los derechos de autor.

2. Cuáles bienes están gravados a la tarifa general? Cuáles son los bienes exentos, cuales son los bienes excluidos, cuales bienes están gravados con tarifas diferentes a la general? Art. 468, 477, 478, 424, 468-3, 474, 473, 475, 469, 471, Art. 263 Ley 223 de 1995

Art. 468 ET Bienes gravados a la tarifa general, son aquellos a los que les aplica la tarifa general (Hoy 16%), corresponde a todos los bienes y servicios que no se encuentran expresamente excluidos o sometidos a tarifa diferencial o especial.

Bienes Exentos, son los que están determinados en el artículo 477, 478 por su destinacion, 479 Exportaciones, 480 Donaciones, y 481 bienes que conservan la calidad de exentos, del ET .

Bienes Excluidos, son los que están determinados en el artículo 424, 424-2, 424-5,424-6, 425, 427, 428 y 428-1 del ET.

Tarifas diferenciales, son los que están determinados en los artículos 468-1 y 468-3 tarifa del 10%, 470 telefonía móvil al 20%, 471 otros vehículos, 473 tarifa del 35%, 474 derivados del petróleo, 475 cerveza, del ET

3. Cuando compro un bien excluido en mi condición de consumidor final, estoy pagando impuesto sobre las ventas? Cuando compro un bien exento en mi condición de consumidor final estoy pagando IVA?

Un bien excluido no causa el impuesto a las ventas por lo tanto no se paga, un bien exento tiene tarifa 0% por lo tanto no se paga.

4. Qué diferencia existe entre el concepto que tenemos de bienes inmuebles por destinación en el código civil y el concepto de muebles para efectos del IVA? Art. 422 del E. T. Si los bienes que están gravados son los corporales muebles, cuáles quedan por fuera del gravamen?

ARTICULO 658. <INMUEBLES POR DESTINACION>. Se reputan inmuebles, aunque por su naturaleza no lo sean, las cosas que están permanentemente destinadas al uso, cultivo y beneficio de un inmueble, sin embargo de que puedan separarse sin detrimento. Tales son, por ejemplo: Las losas de un pavimento, Los tubos de las cañerías, Los utensilios de labranza o minería, y los animales actualmente destinados al cultivo o beneficio de una finca, con tal que hayan sido puestos en ella por el dueño de la finca, Los abonos existentes en ella y destinados por el dueño de la finca a mejorarla.

La diferencia no existe, porque para el IVA estos bienes siguen siendo muebles que adquieren su individualidad mediante el proceso de montaje y que se adhieran a inmuebles. Queda por fuera del gravamen la adquisición como tal del bien inmueble una vez construido.

5. La venta de casas prefabricadas entregándolas instaladas, es venta de bien corporal mueble? O de inmueble? Si un contratista se compromete a construir las puertas y ventanas para un edificio, recauda IVA sobre el valor total o sobre la utilidad a que hace referencia el artículo 3 del decreto 1372 de 1992, Art. 422 E. T.

Las casas prefabricadas son bienes corporales muebles por su traslado de un lugar a otro

La construcción de puertas y ventanas son bienes muebles por lo tanto debe recaudar el IVA sobre el total del precio, el artículo 3 del decreto 1372 habla es de contratos de construcción de bienes inmuebles.

6. Si en diciembre de un año tenía inventarios gravados al 16% y a partir de enero primero del siguiente año quedaron excluidos, que efectos debe registrar en su contabilidad? Si fue al contrario: Tenía inventario de bienes gravados y a partir del 1 de enero quedaron excluidos debe reflejarse algún cambio en contabilidad?

Para el primer caso no se debe registrar ningún registro puesto que el impuesto fue descontable en el periodo de Noviembre-Diciembre y el costo del bien en el inventario queda sin el IVA.

En el segundo caso igualmente no se requiere ningún registro ya que el inventario queda sin IVA, la diferencia es que las ventas que se generen a partir de Enero serán excluidas.

7. Qué tratamiento en IVA debe dársele a: libros de pornografía, un libro que explica a los niños la historia de un prócer de la patria por medio de dibujos, cuáles son los libros de carácter científico?, Un libro de esoterismo es de carácter científico?, Qué tratamiento se da a la venta de directorios telefónicos? Art. 478 E. T. , Art. 2 Ley 98 de 1993, Art. 279 Ley 223 de 1995

Los libros de pornografía y el libro que explica a los niños la historia de un procer de

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