Taller Derecho Civil
Enviado por leslieherrera26 • 27 de Febrero de 2020 • Trabajo • 666 Palabras (3 Páginas) • 146 Visitas
Taller Civil
LESLIE HERRERA.
36. Pedro, mayor de edad, renuncia a su nacionalidad. Por tal razón:
A) Carece de personalidad jurídica.
B) Carece de ciudadanía.
C) Se convierte en incapaz.
D) Si no está la respuesta escríbala.
Opción correcta opción B, la ciudadanía es un status una condición o una cualidad que adquieren los nacionales con el lleno de ciertos requisitos, para adquirir la ciudadanía se tienen que adquirir primero la nacionalidad la cual es una condición de la ciudadanía. Art. 98 de la Constitución “La ciudadanía se pierde de hecho cuando se ha renunciado a la nacionalidad, y su ejercicio se puede suspender en virtud de decisión judicial en los casos que determine la ley”.
37. Eva da a luz una criatura que fallece antes de haberle cortado el cordón umbilical, por lo que:
A) No fue sujeto de derecho.
B) Murió una persona.
Opción correcta opción A, en ningún momento se especifica que la criatura haya dado signos vitales de vida, además de no haberse separado completamente de la madre ya que seguía unida por el cordón umbilical. Art. 90 del Código Civil “La existencia legal de toda persona principia al nacer, esto es al separarse completamente de su madre.
La criatura que muere en el vientre materno, o que perece antes de estar completamente separada de su madre, o que no haya sobrevivido a la separación un momento siquiera, se reputara no haber nacido jamás”. Sin embargo no se desconoce que el nasciturus goza de ciertas garantías. La ficción que consagra el Art. 90 del Código Civil, se hace necesaria para determinar el momento exacto, a partir del cual, el ser humano comienza a ser titular de derechos y obligaciones. (C-591, diciembre 7/1995 declara exequibles los artículos 90,91 y 93 del Código Civil)
38. Si Pedro le promete a su hijo Juan una moto para cuando gane el curso que hace en el ces, se trata de:
A) Un plazo resolutorio.
B) Una condición resolutoria.
C) Un Modo.
D) Una condición suspensiva, tacita.
E) Un plazo suspensivo, expreso.
F) Una condición resolutoria, expresa.
G) Una condición suspensiva, expresa.
H) Una condición suspensiva y un plazo resolutorio.
I) Plazo pendiente.
J) Una condición suspensiva expresa, pendiente.
En consecuencia el derecho se encuentra: Pendiente
Art. 1536 del Código Civil “La condición se llama suspensiva si, mientras no se cumple, suspende la adquisición de un derecho; y resolutoria, cuando por su cumplimiento se extingue un derecho”. La Condición suspensiva se da en supuestos en los que se celebra el contrato pero no surtirá efectos hasta que no se de la condición, en este caso ganar el curso del ces.
...