Taller Guia 6
Enviado por malejah290913 • 20 de Septiembre de 2014 • 4.194 Palabras (17 Páginas) • 201 Visitas
1. Consultar en la página web de una entidad bancaria los siguientes reglamentos: cuenta de ahorros, cuenta corriente, crédito y tarjeta de crédito y realice un resumen de cada uno teniendo en cuenta los aspectos más importantes.
CUENTA DE AHORROS- BANCO BANCOLOMBIA
Reglamento aprobado por la Superintendencia Bancaria
Capitulo primero
1. Capacidad para abrir y mantener una cuenta de ahorros
a) ¿Quién puede abrir una cuenta de ahorros?
• Cualquier persona natural
• Cualquier edad
• Cualquier nacionalidad
• Cualquier persona jurídica que cumpla con los requisitos y las normas legales
b) Cuentas para menores de edad
• Los menores de edad podrán constituir a su nombre depósitos de ahorro o ser titulares conjuntamente
• Cuando esa sea constituida a nombre de un menor por sus padreo etc la cuenta se mantendrá a la orden del menor
c) Cuenta a nombre de dementes, sordomudos o disipadores
Estos podrán solicitar la apertura de una cuenta de ahorros bajo su exclusiva cuenta y su responsabilidad
2. requisitos para la apertura
a) documentos de identidad
• persona natural: registró civil, tarjeta de identidad, cedula de ciudadanía y/o documento pertinente dicho e la ley
• persona jurídica: documento de identificación, nit o rut, documentos que acreditan la persona juridica.
b) Datos personales
Quien pretenda ser titular de una cuenta de ahorros está obligado a suministrar la información que el banco solicite de acuerdo a las normas legales vigentes
c) Huella
Se deberá imponer la huella dactilar del índice derecho del titular
d) Consignación inicial
La suma deberá ser igual o superior a la establecida en el banco
3. Expedición y entrega de la libreta de ahorros
El Banco podrá expedir una libreta de ahorros que le servirá al cliente para el control y como constancia de las operaciones que quedan registradas en ella.
4. Clases de cuenta
Las cuentas de ahorros pueden ser individuales, colectivas o conjuntas,
Cuentas individuales: son a favor de una sola persona
Cuentas colectivas: son de dos o más personas
Cuentas conjuntas: son de dos o más personas
Cuenta especial de nómina: valores acreditados por el empleador, el banco no asumirá ninguna responsabilidad en cuanto a la cuantía, podrá ser manejada por el titular, para los retiros el banco podrá establecer límites o montos prefijados en la medida que se trata el servicio
Cuenta de ahorro contractual
Cuenta de ahorro para la vivienda
Cuenta de ahorro para el fomento de la construcción (afc)
Cuenta de ahorros electrónicas
Otras cuentas
Capitulo segundo
Condiciones para los depósitos
1. Norma general
Toda persona puede efectuar depósito de ahorro, en cualquier oficina del banco del país
2. Representación prueba de los depósitos por documento idóneo
Los depósitos en las cuentas de ahorros estarán representados en cualquiera de los siguientes documentos:
• Formularios de consignación
• Notas crédito
• Traslados de fondos
• Soportes por medio de canales electrónicos
• Comprobantes de deposito
3. Validez de los depósitos
Ninguno de los documentos representativos de los depósitos será válido sin el registro, los sellos y firmas respectivas, o impresora validadora.
4. Consignaciones en cheques girados sobre la misma plaza
a) Cuando el deposito sea efectuado con cheques girados sobre la misma plaza
b) Los cheques consignados que fueran devueltos serán cargados a la respectiva cuenta
5. Consignaciones de cheques girados sobre otras plazas
a) Se recibirán al cobro su valor solo será abonado a la cuenta cuando el banco reciba la conformidad correspondiente y cumpla con los trámites internos
b) El cliente autoriza al banco para debitar de su cuenta el valor de las comisiones, portes, llamadas y demás gastos propios
c) El banco no asume responsabilidad por la demora en el trámite de las remesas.
6. Límite de la cuantía de deposito
a) Las consignaciones no podrán ser inferiores a 10% del salario mínimo
b) El banco podrá limitar la cantidad que una persona quiera depositar en su cuenta de ahorros
7. Autorizaciones-acuerdos interbancarios
El titular de la cuenta autoriza expresamente al Banco para Que en su calidad de endosatario al cobro, no acepte el pago Parcial de cheques consignados en su cuenta a cargo de otros Bancos
El cliente autoriza irrevocablemente al Banco para bloquear su cuenta o reversar los abonos efectuados a su Cuenta de Ahorro
El titular de la cuenta acepta los Acuerdos Interbancarios, los Cuales se considerarán incorporados a este reglamento en lo Pertinente
CUENTA DE AHORROS
Características y beneficios:
Si quiere ahorrar para el pago de su Crédito Hipotecario y al mismo tiempo obtener beneficios tributarios la Cuenta AFC es su mejor opción, porque le ofrece:
• No hay monto mínimo de apertura.
• Saldo mínimo para devengar intereses: $500.000.
• Sin cotitulares, la cuenta debe ser de un único titular.
• No genera Tarjeta Débito y no tiene cuota de manejo.
• Destinación para el pago de cuotas de créditos hipotecarios o pago de cuota inicial de vivienda.
Con la Cuenta AFC usted obtiene los siguientes beneficios:
• Disminución de la Retención en la fuente.
• Los ahorros con beneficio tributario que cumplan cinco (5) años de permanencia en la cuenta, quedan libres de retención y usted puede tener acceso a ellos cuando lo desee sin que se le deduzca la Retención en la fuente previo cumplimiento de los requisitos legales.
• Tasa de interés creciente: a mayor saldo mayor tasa.
• Traslado de recursos de su fondo de pensiones voluntarias a su Cuenta AFC.
Requisitos mínimos:
• Solicitud de vinculación y contratación de productos persona natural.
Tasas:
De $1 a $499.999 = 0.00
De $500.000 a $5´000.000 = 1,50%
De $5´000.001 a $20´000.000 = 2,00%
De $20´000.001 a $50.000.000 = 2,25%
De $50´000.001 a $200´000.000 = 3.00%
Superiores a $200´000.000 = 4,00%
CUENTA CORRIENTE
Características y beneficios:
Con
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