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Tentativa


Enviado por   •  12 de Noviembre de 2013  •  1.090 Palabras (5 Páginas)  •  459 Visitas

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INSTITUTO UNIVERSITARIO INTERAMERICANO PROGRESA

Introducción al Derecho Penal

Lic. Juan Carlos Piscil Salazar

Tentativa: Acabada, Inacabada y su Punición

Hortensia Ponce Pasillas

TENTATIVA

[Ejecución incompleta de delito]

Al estudiar el delito ilícito o iter criminis, se dijo que podía terminar en consumación o tentativa.

La consumación se logra cuando el delito se ejecuta plenamente. En cambio, la tentativa ocurre al existir plena voluntad del sujeto para consumar el delito pero este no práctica todos los actos de ejecución ó no se logran por causas ajenas a su voluntad.

Tentativa para Sauer es la “actuación hacia el resultado típico, pero no producido en la realidad”. Entonces la concibe como un obrar incompleto, afirma que en la tentativa no hay resultado, debido a que el sistema jurídico protege a los bienes no solo de peligros graves, si no también de lesiones.

Dice Mir. Puig ”hay tentativa cuando el culpable da principio a la ejecución del delito directamente por hechos exteriores y no practica todos los actos de ejecución que debiera producir el delito, por causa o accidente que no sea su propio y voluntario desistimiento”

Este infiere que la tentativa consta de tres elementos:

a) objetivo: un inicio de ejecución y la no realización de todos los actos ejecutivos necesarios

b) subjetivo: se presenta una voluntad de consumación

c) la ausencia de desistimiento voluntario.

Jiménez de Asúa dice: “cuando la voluntad criminal se traduce en un caso externo, que entra en la esfera de consumación de delito, sin llegar a llenarla, y va dirigido a conseguir la objetividad jurídica del delito, sin llegar a lesionarla, el acto se llama ejecutivo y da lugar a tentativa”

Maggiore define: “delito iniciado y no cumplido por interrupción de la acción o por la irrealización del resultado”

Proponiendo también tres puntos clave.

a) intención dirigida a cometer un delito.

b) acto idóneo.

c) acción no realizada o resultado no verificado.

La Tentativa se precisa originalmente en el acto criminal como en el peligro del bien jurídico, ocasionando una alarma para la sociedad. Se convierte en delito imperfecto y no autónomo; depende para su existencia del tipo de delito que lo originó.

Por eso se le denomina delito incompleto o figura accesoria. Aparece cuando el sujeto ha realizado todos los actos del delito, y este no se presenta por causa ajena a su voluntad.

Tiene un inicio y un comienzo en la ejecución, donde se utilizan actos idóneos en el proceso del resultado que no se llega a realizar.

Su naturaleza está ligada con los aspectos punitivos. Tanto en el delito consumado como en la tentativa tiene que darse el dolo plenamente, pero su diferencia está en que cuando se consuma el ilícito, la transgresión a la norma se dio en toda su forma; en cambio en la tentativa, su punición será menor que en el delito consumado.

El fundamento objetivo de la tentativa se encuentra en la decisión del sujeto de actuar dolosamente para afectar el orden público. Así la afectación del orden público queda truncada por la no consumación del delito surgiendo tentativa. Y con esto desechamos la posibilidad de que la tentativa pueda presentarse en forma culposa, porque, para que el ilícito no se consuma por causas ajenas al agente necesariamente requiere delinquir.

La tentativa es de naturaleza imperfecta si lo vemos del punto de vista

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