Tipos De Autoridades Ejidales
Enviado por OSCARKJGM • 22 de Octubre de 2013 • 5.127 Palabras (21 Páginas) • 743 Visitas
INTRODUCCION 3
1.0 AUTORIDADES AGRARIAS Y ESTRUCTURA 4
1.1 La asamblea 4-5
1.1.2 Comisariado ejidal 5
1.1.3 Consejo de vigilancia 6
2.0 PATRIMONIO EJIDAL 6
3.0 DESTINO DE LAS TIERRAS 7
3.1.1 Tierras de asentamiento humano 7-8
3.1.2 Tierras de uso común 8
3.1.3 Tierras parceladas 9-10
3.1.4Tierras ejidales en zonas urbanas 10
4.0 CONSTITUCION DE NUEVOS EJIDOS 11
4.1.1Requisitos para la construcción de ejidos 11-14
5.0 DIFERENCIA ENTRE AJIDATARIO Y AVECINDADOS 15-17
Conclusión 18
Bibliografía 19
A lo largo de este tema abarcaremos puntos importantes que nos servirá de ayuda para conocer y tener un amplio conocimiento del campo, así también podremos saber cuáles son sus órganos o autoridades competentes para el margen jurídico del campo que lo integran y sus funciones dentro de los ejidos en México y así como también podremos conocer de lo cómo se compone un patrimonio ejidal y su concepto para entender mejor el panorama del campo para concretar más bien el tema y asi poder llegar a una conclusión satisfecha, como se dice el patrimonio que lo veremos más adelante se dice que es una sociedad de interés social y que lo integran campesinos para la explotaciones de las tierra y el buen uso.
Al igual hablaremos sobre sus destinos de las tierra de cómo están divididas y estos a que se refieren cada una de ellas para concretar y tener el concepto más concreto, así como también nos daremos a la tarea de estudiar este temas que es de suma importancia para comprender el panorama del patrimonio ejidal, así como también la formación de ejidos nos daremos cuenta que se necesita de puntos importantes para formarlos, al igual de cuáles son sus derecho y obligaciones dentro de los ejidos.
Es por eso que nos dimos la tarea de hacer un tema interesante ya que es de suma importancia para el marco jurídico, como también para la sociedad que lo integra.
LAS AUTORIDADES AGRARIAS Y ESTRUCTURA DE ORGANIZACIÓN
Originalmente la estructura agraria comprendía al secretario de la reforma agraria, al cuerpo consultivo agrario, las comisiones agrarias mixtas, cuyo presidente era el delegado agrario que reside en las entidades federativas, y a los comités particulares ejecutivos —núcleo de población conformado por solicitantes de tierra cuya constitución obedecía a la creación de un expediente de restitución o dotación— y que cesaban cuando se ejecutaba; y al interior del ejido que comprende a la comunidad de ejidatarios organizados formalmente a través de tres instancias: la asamblea general de ejidatarios, el comisariado ejidal y el consejo de vigilancia.
Asamblea.-
Es el órgano supremo del ejido, en el que participan todos los ejidatarios. Con el objeto de llevar un control actualizado y confiable en su conformación, se establece la obligatoriedad llevar un libro de registro de los integrantes del núcleo de población bajo la responsabilidad directa del comisario ejidal y la supervisión propia de la asamblea.
El libro de registro, a cargo del comisario ejidal, ha de tener cuando menos, dos secciones: de ejidatarios y de derechos. Esta última debe contener todo lo relacionado con los solares, las tierras de uso común y las enajenaciones y actos jurídicos sobre los derechos ejidales en general, incluyendo las notificaciones para el ejercicio del derecho al tanto. También pueden, de manera voluntaria por decisión de la asamblea, contener las secciones especiales de poseedores reconocidos y de asignación de derechos sobre tierras ejidales que no sean ejidatarios.
Aunque la ley no lo específica, en mí concepto sólo subsisten la asamblea ordinaria y la extraordinaria: la primera se debe celebrar conforme al mínimo de la ley o el reglamento interior indiquen (cada 6 meses o lo previsto por el mismo núcleo), mientras que la segunda se celebrará cuando el asunto a tratar así lo requiera por que no puede esperar a la ordinaria.
La asamblea tiene como competencia exclusiva las siguientes:
I. Formar y modificar el reglamento interno;
II. Aceptar y separar ejidatarios, así como sus aportaciones;
III. Informarse del comisario ejidal y del consejo de vigilancia, así como su elección y remoción;
IV. Cuentas y balances, aplicación de los recursos económicos, y otorgación de poderes y mandatos;
V. Aprobación de contratos y convenios para el uso y disfrute de las tierras de aprovechamiento común por terceros;
VI. Distribución de las ganancias, producto de las actividades del ejido;
VII. Señalamiento y delimitación de áreas para el asentamiento humano, fundo legal, parcelas, área de urbanización y asignación de solares a los ejidatarios.
VIII. Reconocimiento del parcelamiento económico y regularización de la tenencia de los posesionarios;
XI. Autorización a los ejidatarios para la adquisición del pleno dominio sobre sus parcelas y autorización para la aportación de las tierras de uso común a una sociedad;
X. Delimitación, asignación, destino y régimen de explotación de las tierras de uso común;
XI. División y fusión de ejidos;
XII. Terminación del régimen ejidal, previo dictamen de la procuraduría agraria;
XIII. Conversión del régimen ejidal al comunal;
XIV. Instauración, modificación y cancelación del régimen de explotación colectiva;
XV. Las demás que señale la ley y el reglamento interno de los ejidos.
Comisariado ejidal.-
Es el órgano encargado de la ejecución de los acuerdos de la asamblea, de su representación y de la gestión administrativa del ejido. Está integrado por un presidente, un secretario y un tesorero, así como por sus respectivos suplentes, las comisiones y secretarios auxiliares necesarios que señale el reglamento interno, en donde se especificarán las funciones de cada uno y la manera en que se ejercerán. Entre las facultades y obligaciones del comisariado ejidal se encuentran:
• Representar al ejido y administrar sus bienes con facultades de apoderado general para actos de pleitos y cobranzas, según los términos que fije la asamblea, la cual podrá intervenir en este aspecto de acuerdo con las facultades que otorga el reglamento interno;
• Procurar el estricto respeto a los derechos de los ejidatarios;
• Convocar a asamblea y cumplir sus acuerdos;
• Informar a la asamblea sobre sus labores y movimiento de fondos, así como del aprovechamiento de las tierras
...