Bienes Del Derecho
Enviado por sofiyta • 25 de Marzo de 2012 • 1.150 Palabras (5 Páginas) • 497 Visitas
Derecho de gozar de una cosa
Sin límite, salvo de los propios límites del derecho de propiedad y derecho ajeno
Algunos dicen que dominio es más grande que la propiedad; otros dicen que la propiedad es lo mas amplio que es el dominio sobre bienes reales.
El derecho de propiedad es el más importante por que otorgan plenos atributos.
La corte dice que se debe atender que el ejercicio del derecho de propiedad no es arbitrario sin limites.
Esta compuesto el derecho de propiedad
1. UTENDI: derecho de usar una cosa o incluso delegar su uso y goce a otra persona.
2. FRUENDI: facultad del propietario de recoger los frutos naturales como civiles.
3. AUTENDI: abusar de la cosa (enajenarla, destruirla… etc)
Características
1. Perpetua: salvo que la cosa se destruya o la persona disponga que ella tendrá la propiedad.
2. Absoluta: tiene todas las prerrogativas de un derecho real usar, abusar, tomar los frutos.
3. Se ejerce sin condiciones o limitaciones.
4. Exclusiva.
Propiedad articulo 58 constitución política
- función: social y ecológica
Propiedad colectiva o asociativa: reconoce resguardos indígenas, propiedad horizontal.
El artículo 669 nos habla de la propiedad, indica en el inciso 2 la limitación de la propiedad.
Propiedad plena
Nudo propietario.
Titulo
Fuentes de la obligación - contratos convenciones
- cuasi contratos
- daño: dolo –culpa
Qué es el titulo?
Es un hecho del hombre o de la sola ley que genera obligaciones y que permita a una persona o la faculta a adquirir derechos reales posteriormente.
El titulo puede ser justo o injusto.
¿Qué es modo?
Mecanismo jurídico para ejecutar o concretar el titulo o las obligaciones jurídicas del titulo. El modo solo se da en virtud de un titulo.
Solo se puede volver propietario cuando hay u titulo y un modo.
Modo: tradición, sucesión (derivativo), ocupación, accesión, prescripción (originarios).
MODO SEGÚN ZEA: sentencias judiciales, resoluciones administrativas, actos de partición, obras nuevas lienzos.
Modos originarios: hacen a alguien titular del derecho real sin que nadie le derive el derecho real, generalmente en estos modos el titulo y el modo se confunden.
Modos derivativos: son la tradición y sucesión y es para significar que la persona que se hace titular del derecho real deriva su derecho de otra persona.
Ocupación (originario): 685 y ss. Patrimonio cultural, normas ambientales.
Son cosas que no están en ningún patrimonio, que no han tenido dueño, o que el dueño se desiso de ellas, se dividen en cosas animadas e inanimadas.
Pesca:
1. Animadas: clases de animales seres vivos
Caza:
- Bravíos: pueden sobrevivir sin la mano del hombre y generalmente están en su habitad natural.
- Domésticos: son aquellos que el hombre cuida y que no sobrevivirían sin el apoyo del hombre.
- Domesticados: son animales bravíos pero que el hombre lo ha llevado a sus dominios y podrían sobrevivir sin el apoyo del hombre.
Normas. Decreto 2811/74 código de recursos naturales
Ley 84/89 estatuto protección animales
Ley 99/93 modifico 2811/74
La caza se da por subsistencia propia, comercial (bajo licencia), científica, por protección; las leyes prohíben salida o explotación de animales vivos.
Caza científica: patrocina la supervivencia de especies (protección).
Ubicación de los animales: No se puede entrar a predio ajeno a cazar salvo autorización del propietario, si no llegare a tener dueños, salvo a que haya letreros de no cazar.
El cazador: se hace dueño desde que muere el animal; si se tratare de animales vivos desde la captura.
Se prohíbe mutilar, envenenar, o usar explosivos; se debe evitar
...