Contratos
Enviado por yesiquitachule • 26 de Septiembre de 2014 • 1.879 Palabras (8 Páginas) • 328 Visitas
CONTRATO DE APARCERIA RURAL QUE CELEBRA POR UNA PARTE JÓSE GABRIEL VEGA MARTINEZ EN CALIDAD DE PROPIETARIO Y POR LA OTRA EL SEÑOR JOSE ENRIQUE GODINEZ TORRES EN CALIDAD DE APARCERO BAJO LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS.
DECLARACIONES
A) DECLARA EL PROPIETARIO ser una persona física con capacidad legal para contratar con domicilio en calle Oaxaca #135 Nicolás Romero y ser el propietario legitimo.
B) DECLARA EL APARCERO; ser una persona física con capacidad legal para contratar con domicilio en calle Estado de México s/n Teoloyucan Estado de México
CLAUSULAS
PRIMERA.- El propietario declara estar de acuerdo en entregar sus cabezas que son 345 cabezas de ganado vacuno, con la finalidad de que el aparcero las cuide y alimente en el terreno que se hace mención.
SEGUNDA.- El aparcero declara su conformidad en cuidar alimentar y atender a dichas cabezas de ganado que recibe en completa y entera satisfacción así como cumplir con todas las obligaciones que se establezcan en este contrato. El aparcero, cuidará dicho ganado como si fuere de su propiedad, y se hará cargo de cualquier daño o perjuicio producido en el trabajo encomendado.
TERCERA.- El propietario se compromete a dar el 30% de las ganancias como contribución o pago por el cuidado y alimentación de dicho ganado.
CUARTA.- Ninguna de las partes; ni el aparcero ni el propietario, podrán disponer de las crías o ganancias sin el consentimiento de la parte contraria
QUINTA.- Las partes están conformes en que el término de este contrato será de 5 años
SEXTA.- Las dos partes disfrutarán de los beneficios en caso de venta de los animales conforme a los porcentajes que se establecieron en este contrato
Ambas partes estando conformes con el contenido y clausulado del presente contrato lo firman por duplicado el día veinte de Julio del Dos Mil Trece al margen en cada una de sus hojas alcance para todos los efectos legales al que haya lugar
CONTRATO DE APUESTA QUE CELEBRA POR UNA PARTE JHONATAN SANCHEZ RIVERA Y JOSE ENRIQUE GODINEZ TORRES AMBAS PARTES EN CALIDAD DE PARTICIPANTES BAJO LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS.
DECLARACIONES
A) DECLARAN LOS PÁRICIPANTES: ser personas físicas con capacidad legal para contratar con domicilio en calle Estado de México s/n Teoloyucan Estado de México y sucesivamente en calle Oaxaca Loma de San Miguel
CLAUSULAS
PRIMERA.- Manifiestan los contratantes que están dispuestos a jugar una serie de diez partidas de domino declarándose campeón de campeones en esta ciudad al que ganare siete de las diez partidas, mismas que se llevarán a cabo, los días veintisiete de julio del presente año, en el salón de juegos del Club de Casa Blancas sito en el cruzamiento de las calles Arboledas y Alamedas de esta ciudad, a las dieciséis horas, con la asistencia de miembros de las referidas asociaciones.
SEGUNDA.- En caso de empate, deberá celebrarse un segundo juego el primero de Agosto del mismo año, a las catorce horas.
TERCERA.-.El ganador del juego obtendrá como premio la cantidad de 15000.00 (quince mil pesos 00/100MN)
CUARTA.- La persona que resulte vencida respetara el resultado pudiendo este pedir la revancha
Ambas partes estando conformes con el contenido y clausulado del presente contrato lo firman por duplicado el día veinte de Julio del Dos Mil Trece al margen en cada una de sus hojas alcance para todos los efectos legales al que haya lugar
CONTRATO DE RENTA VITALICA QUE CELEBRA POR UNA PARTE EL SEÑOR ROGELIO BLANCAS VEGA EN CALIDAD DE PENSIONARIO Y POR OTRA PARTE LA SEÑORA ROSARIO VEGA BECERRIL QUE EN LO SUCESVO SE LE DENOMINARA PENSIONISTA BAJO LAS SIGUIENTES CLAUSULAS Y DECLARACIONES:
DECLARACIONES
DECLARA EL PENSIONARIO: ser una persona física con capacidad legal para contratar con domicilio en calle Oaxaca #135 Loma de San Miguel Teoloyucan Estado de México.
DECLARA EL PENSIONISTA: ser una persona física con capacidad legal para contratar con domicilio en calle Aguascalientes s/n Loma de san Miguel Teoloyucan Estado de México
CLAUSULAS.
PRIMERA: EL PENSIONARIO se obliga a transmitir el dominio de los bienes
SEGUNDA: EL PENSIONARIO por su parte, está conforme con la obligación que se ha impuesto EL PENSIONISTA y, a su vez, se obliga a pagar cada día veinticinco de cada mes, a partir del mes de septiembre del presente año, durante la vida del EL PENSIONISTA, una renta de $5000 (cinco mil pesos 00/100 M N ) Dicha renta se pagará en el domicilio del DEUDOR, ubicado en calle Aguascalientes s/n Loma de san Miguel Teoloyucan Estado de México de esta ciudad.
TERCERA: En caso de muerte del PÉNSIONARIO sus herederos seguirán pagando la renta al ''EL PENSIONISTA'', hasta su muerte.
CUARTA: Manifiestan los contratantes que están conformes en pagar, a razón del 50% (cincuenta por ciento), los gastos de escritura y registro del presente contrato
Ambas partes estando conformes con el contenido y clausulado del presente contrato lo firman por duplicado el día veinte de Julio del Dos Mil Trece al margen en cada una de sus hojas alcance para todos los efectos legales al que haya lugar
CONTRATO DE FIANZA QUE CELEBRA POR UNA PARTE SOFIMEX EN CALIDAD DE FIADORA POR LA OTRA EL SEÑOR JAIR BLANCAS MORALES EN CALIDAD DE FIADO Y ALAN ROSALES MORALES EN CALIDAD DE TERCERO ACREEDOR BAJO LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS.
DECLARACIONES
A) DECLARA EL FIADOR ser
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