DERECHO PROCESAL MERCANTIL
Enviado por chikis28 • 17 de Enero de 2020 • Documentos de Investigación • 30.955 Palabras (124 Páginas) • 201 Visitas
[pic 1] DERECHO PROCESAL MERCANTIL
| ESCUELA: CENTRO DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS GRUPO ASEC NOMBRE: ROSA IRIS MONTECINO NAVA N.L. 9 TRABAJO DE DERECHO PROCESAL MERCANTIL LIC. ALEJANDRO MERECIAS GONZALEZ |
INDICE
Introducción……………………………………………………………….....2
Conceptos juicios mercantiles……………………………………………3
Concepto de competencias………………………………………………..8
Prescripción de los títulos de crédito………………………………….14
Fundamento de los títulos de crédito…………………………………..15
Conclusión………………………………………………………………….119
Introducción
Este trabajo tiene como propósito dar a conocer acerca del derecho procesal mercantil, y varios conceptos que posteriormente aparecerán.
En esta recopilación de conceptos nos encontraremos definiciones de juicio ordinario, juicio ejecutivo, juicio oral, juicio arbitral, todos estos en el ámbito mercantil. Así también aparecerán artículos del código de comercio referentes a dichos juicios, también se hablarán de las competencias por cuantía, materia, grado, territorio.
A continuación, se dará un concepto de derecho procesal mercantil:
“Es un conjunto de normas jurídicas relativas a la realización del Derecho Mercantil y es privativa sobre obligaciones y derechos procedentes de los negocios, contratos y operaciones que están comprendidas en el Código de Comercio”.(García Rodríguez, Salvador) “Es la rama del derecho procesal que se ocupa del estudio del conjunto de normas jurídicas que regulan el proceso destinado a solucionar los litigios de carácter mercantil es decir de litigios que derivan de actos que la leyes definen como mercantiles.”
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CONCEPTOS
El juicio ordinario mercantil es el acto jurídico procedente para gestionar todos los casos en que las disputas no tengan fijadas una tramitación especial. El juicio ordinario mercantil procede en todos aquellos casos en los que las contiendas no tengan señalada una tramitación especial.
Fundamento legal en el código de comercio:
TITULO SEGUNDO
De los Juicios Ordinarios
Artículo 1377.- Todas las contiendas entre partes que no tengan señalada tramitación especial en las
leyes mercantiles, se ventilarán en juicio ordinario, siempre que sean susceptibles de apelación.
También se tramitarán en este juicio, a elección del demandado, las contiendas en las que se opóngala excepción de quita o pago.
Artículo 1378. La demanda deberá reunir los requisitos siguientes:
I. El juez ante el que se promueve;
II. El nombre y apellidos, denominación o razón social del actor, el domicilio que señale para oír y
recibir notificaciones, su Registro Federal de Contribuyentes (RFC), su Clave Única de Registro de
Población (CURP) tratándose de personas físicas, en ambos casos cuando exista obligación legal para
encontrarse inscritos en dichos registros, y la clave de su identificación oficial;
III. El nombre y apellidos, denominación o razón social del demandado y su domicilio;
IV. El objeto u objetos que se reclamen con sus accesorios;
V. Los hechos en que el actor funde su petición en los cuales precisará los documentos públicos o
privados que tengan relación con cada hecho, así como si los tiene a su disposición. De igual manera
proporcionará los nombres y apellidos de los testigos que hayan presenciado los hechos relativos.
Asimismo, debe numerar y narrar los hechos, exponiéndolos sucintamente con claridad y precisión;
VI. Los fundamentos de derecho y la clase de acción procurando citar los preceptos legales o
principios jurídicos aplicables;
VII. El valor de lo demandado;
VIII. El ofrecimiento de las pruebas que el actor pretenda rendir en el juicio, y
IX. La firma del actor o de su representante legítimo. Si éstos no supieren o no pudieren firmar,
pondrán su huella digital, firmando otra persona en su nombre y a su ruego, indicando estas
circunstancias.
Respecto al requisito mencionado en la fracción V el actor deberá mencionar los documentos públicos
y privados que tengan relación con dicha demanda, así como si los tiene o no a su disposición debiendo
exhibir los que posea, y acreditar haber solicitado los que no tengan en los términos del artículo 1061. De
igual manera, proporcionará los nombres y apellidos de los testigos que hayan presenciado los hechos
contenidos en la demanda, y las copias simples prevenidas en el artículo 1061. Admitida la demanda se
emplazará al demandado para que produzca su contestación dentro del término de quince días.
Con el escrito de contestación a la demanda se dará vista al actor, para que manifieste lo que a su
derecho convenga dentro del término de tres días y para que mencione a los testigos que hayan
presenciado los hechos, y los documentos relacionados con los hechos de la contestación de demanda.
El escrito de contestación se formulará ajustándose a los términos previstos en este artículo para la demanda.
El demandado, al tiempo de contestar la demanda, podrá proponer la reconvención. Si se admite por
el juez, ésta se notificará personalmente a la parte actora para que la conteste en un plazo de nueve
días. Del escrito de contestación a la reconvención, se dará vista a la parte contraria por el término de
tres días para que mencione a los testigos que hayan presenciado los hechos, y los documentos
relacionados con los hechos de la contestación a la reconvención.
El juicio ejecutivo mercantil, es aquel que persigue el propósito de obtener el pago inmediato y llano del crédito recamado o bien que se pronuncie una sentencia condenatoria de remate de los bienes que aseguren el pago del citado crédito. por lo que para su procedencia se requiere como documento base de la acción que el TITULO TERCERO
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