Derecho Procesal Mercantil
Enviado por ivanna24 • 25 de Octubre de 2013 • 2.847 Palabras (12 Páginas) • 458 Visitas
DERECHO PROCESAL MERCANTIL
I DEFINICION
Es el estudio de normas jurídicas reguladoras y cuyo fin es solucionar los litigios de carácter mercantil, es decir, los litigios que derivan de actos que las leyes definen como mercantiles.
Conjunto de normas que diseñando un procedimiento, permite el ejercicio de derecho subjetivo de que goza el gobernado y que se patentiza en la pretensión, a partir de cuyo ejercicio, se pone en marcha la maquinaria judicial para reclamar en juicio de su contraparte la realización de una conducta que puede traducirse en dar, hacer o no hacer.
Conjunto de normas jurídicas relativas a la realización del derecho mercantil y es privativa sobre obligaciones y derechos procedentes de los negocios, contratos y operaciones que están comprendidas en el código de comercio.
II CARACTERISTICAS DE LOS JUICIOS MERCANTILES
a) Tienen su regulación jurídica en la Legislación Mercantil
b) Por defecto en el Código de Comercio, cabe la aplicación supletoria de las disposiciones contenidas en los Códigos de Procedimientos Civiles locales. Artículos 10654 y 1063 del Código de Comercio.
c) No se aplicará la supletoriedad en los casos en que la institución relativa no exista en la legislación mercantil
d) La legislación mercantil es federal.
e) En la legislación procesal mercantil existe la jurisdicción concurrente cuyo fundamento es la fracción I del artículo 104 constitucional, cuando la controversia sólo afecte intereses particulares.
f) En el procedimiento mercantil no existen juicios orales.
g) En los juicios mercantiles no hay necesidad de acusar rebeldía para perder el derecho que en tiempo debió haberse ejercitado. Artículo 1078 del Código de Comercio.
III PRINCIPIOS PROCESALES MERCANTILES
a) De la Autonomía de la voluntad: El procedimiento mercantil preferente a todos es el que libremente convengan las partes, con las limitaciones señaladas en los artículos 1051, 1052 y 1053 del Código de Comercio.
b) Principio de Reserva de derechos: En los juicios mercantiles ejecutivos si en la sentencia definitiva se desestima la acción ejecutiva sin estudiar el fondo del negocio, se reservan los derechos al actor para que los haga valer en el procedimiento que estime pertinente.
c) Principio Dispositivo: En los juicios mercantiles el impulso procesal le corresponde exclusivamente a las partes, excepto en la suspensión de pagos y en la quiebra que puede obrar de oficio el juez.
d) Principio de la doble instancia: Las resoluciones en los juicios mercantiles son apelables por regla general.
IV TÍTULOS DE CRÉDITO
El artículo 5° de la ley General de Títulos y operaciones de Crédito señala: Son títulos de crédito los documentos necesarios para ejercitar el derecho literal que en ellos se consigna.
La expedición, emisión, endoso, aval, aceptación y las demás operaciones consignadas en n título de crédito, son actos absolutamente mercantiles, sea quien sea el que intervenga en tales actos.
Letra de Cambio
Es el más importante de los títulos de crédito. Ha dado nombre a la rama del Derecho que se ocupa del Derecho Cambiario; en torno a ella se ha elaborado la doctrina jurídica de los títulos de crédito y es en diversas legislaciones el título de crédito fundamental.
Pagaré
Es un título de crédito que contiene una promesa incondicional de pago dada por una persona llamada suscriptor a otra llamada beneficiario, de pagar una suma determinada de dinero en el lugar y fecha señalados en el documentos.
Cheque
Es un documento literal que contiene una orden incondicional de pago, dada por una persona llamada librador a una institución de crédito llamada librado, de pagar a la vista a un tercero llamado beneficiario o al portador, una cantidad de dinero.
V ELABORACION DE DEMANDA
C. JUEZ DE LO CIVIL COMPETENTE EN TURNO
EN ___________________________
P R E S E N T E:
C._______________________________, mexicana(o), mayor de edad, compareciendo por mi propio derecho (o en calidad de endosatario en propiedad o en procuración de _________________ <nombre del que endoso el título de crédito>)
(cuando se demanda por poder en representación de alguna persona física o jurídica se pondrá lo siguiente:
Lic. ________________________, promoviendo en mi carácter de apoderado de la persona moral denominada ____________ ____________, personalidad que acredito en términos de la copia certificada anexa correspondiente al instrumento público número ¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬____________, del volumen número ____________, de fecha ____________, otorgado ante la fe del Lic. ____________, Notario Público número ____________ del Distrito Judicial de ____________,
(DOMICILIO)
Señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de citas, notificaciones y documentos el ubicado en la Calle _______________________________________
(ABOGADOS)
(DESIGNACIÓN DE ABOGADOS Y SUS FACULTADES)
Autorizando para oír y recibir notificaciones y comunicados en nombre de la actora, así como para exhibir, recibir y recoger toda clase de documentos y valores, aún los de carácter personal en los más amplios términos de conformidad con lo establecido en el artículo 1069 del Código de Comercio, a los señores Licenciados en Derecho ____________________ , ____________________ , ____________________ , ____________________ . (Pueden ser Tantos abogados como sean necesarios)
Abogados titulados a quienes por el solo hecho de la designación, están facultados en términos de lo señalado en los precepto legal invocado, para que actúen de manera conjunta o indistinta, quedando facultados en los más amplios términos de los dispositivos jurídicos aplicables, para interponer los recursos que procedan, ofrecer e intervenir en el desahogo de pruebas, articular posiciones, alegar en las audiencias, pedir se dicte sentencia para evitar la consumación del término de caducidad por inactividad procesal y realizar cualquier acto que resulte ser necesario para la defensa de los derechos de la parte que actúa, tales como promover incidentes, amparos, etc., profesionistas que colaboraron en la elaboración de este escrito inicial de demanda, (AUTORIZACIÓN DE PASANTES) igualmente autorizando para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos aún los de carácter personal, así como para recibir, exhibir y recoger toda clase de documentos
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