Delitos Contra El Honor
Enviado por stteff • 15 de Mayo de 2014 • 531 Palabras (3 Páginas) • 443 Visitas
GENERALIDADES
La sección segunda del libro II del Código Penal, tiene como titulo: "Delitos contra el honor". Los principales tipos de esta sección son: La calumnia, la difamación y la injuria que viene a ser el tipo penal básico. Lo común a estos tipos penales es lesionar el mismo bien jurídico, esto es, el honor de las personas.
HISTORIA GENERAL
En la antigua Roma la palabra injuria tenía una significación muy amplia, diferente al concepto que en la actualidad le otorgamos a este tipo de ofensa del honor. En este sentido amplio se entendería por injuria a toda conducta opuesta al Derecho; en términos modernos dicha significación de la injuria (injuria) equivaldría a lo que conocemos como antijuricidad. En este sentido estricto o técnico, la injuria era la ofensa hecha a un tercero en su cuerpo o en sus cosas, que debería de diferenciarse de la otra gran categoría de delitos contra los particulares agrupados en la órbita de los delitos patrimoniales (furtum). Pero en ambos sentidos la injuria implicaba una ofensa a la "existimatio".
La "existimatio" era un derecho de la personalidad, materializado por el pleno goce de la dignidad atribuida a la persona por el Derecho Civil romano. La "existimatio" confería a la persona el derecho a no ser objeto de opiniones perjudiciales a su autoestima o a su reputación social. Por formas: a) derecho del sujeto a exigir que un extraño no le demuestre un particular desprecio personal, b) derecho del sujeto a exigir que otro no vierta opiniones perjudiciales a su honor.
En la ley de las XII tablas la injuria ya se configura preponderantemente como ofensa contra el honor. Además aquí ya se hacía mención de ciertas modalidades injuriosas que lesionaban el honor de cives, y que merecían una severa represión penal. Por todo esto, tiene razón Von Liszt cuando precisa que en vano procuraríamos encontrar en el Derecho romano un concepto que corresponda a la noción moderna de injuria. La advertencia merece nuestra más atenta consideración puesto que como ya lo dijimos la noción romana de honor fue de límites harto confusos. Lo que sí parece fuera duda, es el hecho de que la noción de injuria como ofensa física a la persona precedió en mucho tiempo al daño moral. Esta circunstancia contribuyó decisivamente para que poetas y literatos utilizaran expresiones como convicium, contumelia y ofensa para evitar confusiones con los conceptos que interesaban al orden jurídico (injuria). En las XII tablas se lograron fusionar concepciones jurídicas y literarias; y de ahí en adelante se advirtieron ciertas distinciones entre algunas modalidades de injuria tales como la "contumelia", el "convicium", el "carmen famosum" y el "libellus famosus", aunque es importante señalar que no todas estas denominaciones comprendían tipos particulares
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