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Derecho Colectivo


Enviado por   •  25 de Septiembre de 2014  •  2.045 Palabras (9 Páginas)  •  199 Visitas

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LOS DERECHOS COLECTIVOS.

Empezaremos por definir que es Derecho Individual para luego ver los colectivos, para una mejor comprensión de la misma.

DERECHOS INDIVIDUALES:

Los derechos individuales son aquellos que gozan los individuos como particulares: el derecho de la vida, a la libertad, a la igualdad ante la ley, a la libertad de pensamiento, por ejemplo: Estos se consagran en las Cartas fundamentales o Constituciones de todos los países democráticos y tienen como destinatario o destinataria a la persona.

Así lo podemos constatar en la Declaración Universal de los Derechos Humanos

En los Pactos Internacionales de Derechos Civiles y Políticos. Son derechos humanos básicos para toda persona, independiente de su género, etnia, lengua y religión los cuales son derechos universales.

DERECHOS COLECTIVOS:

Los derechos colectivos son aquellos que buscan el reconocimiento a una realidad comunitaria. Se refiere a los derechos de un pueblo, que en este caso seria el sujeto jurídico. Los derechos colectivos buscan la protección, preservación, desarrollo y promoción de los pueblos.

Juan León, director de la Defensoria Maya, una organización indígena no gubernamental de Guatemala, describe los derechos colectivos como. “NUESTROS DERECHOS ESPECIFICOS COMO MAYAS”.

El desarrollo de los derechos colectivos de los pueblos indígenas a la luz de los artículos de la Constitución Política de la Republica de Guatemala.

La humanidad, en forma similar como sucedió en el siglo XVII, con la proclamación de los derechos individuales, enfrenta el desafió de reconocer los derechos colectivos de los pueblos indígenas del mundo.

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DEFINICION.

DERECHO INDIGENA:

Se puede definir como un conjunto de normas destinadas para salvaguardad la vida de los indígenas, viendo su situación, condición y no ser sometidos a la discriminación.

Si recurrimos a la Filosofía y a la Historia del Derecho descubriremos que los principios y valores de cada cultura o pueblo, están inmersos en sus sistemas jurídicos, es mas, se construyen sobre esos valores. El asunto es que, muchas veces, no reflexionamos sobre ello, simplemente son normales, pues hacen parte de nuestra experiencia cotidiana, de tal manera que, si no fuera porque a veces nos enfrentamos a valores distintos a los nuestros, ni siquiera nos daríamos cuenta de que ese comportamiento no es mas que el reflejo de nuestra forma de pensar y de valorar las cosas.

Los derechos humanos de los individuos y pueblos indígenas de Guatemala, aproximadamente la mitad de la población total, han sido objeto de constante atención de la Comisión de Derechos Humanos, el pueblo maya, el mayor en numero de integrantes, comprende varias comunidades lingüísticas: mam kiche poqomam kaqchikel pero también la población indígena esta integrada por los pocos sobrevivientes del antiguo pueblo xinca, y por el pueblo garifuna, este ultimo de raíces indígenas y africanos ubicado en áreas cercanas a la costa atlántica de Guatemala.

Por su conformación poblacional Guatemala es un Estado multiétnico, multilingüe y pluricultural. La población de Guatemala es en su mayoría rural, el 65% de los habitantes residen en zonas rurales y de ellos 52% son indígenas, mayoría que es mas pronunciada en los departamentos alejados de la capital. Los indígenas constituyen algo menos de la mitad de la población urbana. Los indígenas en Guatemala históricamente has sido discriminados étnicamente, constituyen gran parte de la población pobre o en extrema pobreza y son mayoría en los departamentos con los mas altos índices de exclusión social. Lo mismo ocurre en asentamientos urbanos marginales sin embargo, rurales o urbanos, mantienen en todas las regiones una actividad y organización social intensa y una cultura rica y en continua adaptación, a las exigencias de los cambios históricos, defendiendo y desarrollando su identidad cultural.

MARCO JURIDICO.

La legislación en Guatemala contiene una serie de normas especificas y dispersas, de rango constitucional y legal, sobre los PUEBLOS INDIGENAS, la tendencia legislativa de la ultima década en esta materia se ha caracterizado por incorporar en el ordenamiento legal normas de reconocimiento y protección de la educación bilingüe intercultural, la creación de instituciones de protección y defensa de la mujer indígena, entre otras.

La Constitución Política de la Republica reconoce que el Estado esta formado por diversos grupos étnicos y asegura reconocer, respetar y promover sus formas de vida, costumbres y tradiciones.

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PROTECCION A GRUPOS ETNICOS.

Guatemala esta formada por diversos grupos étnicos entre los que figuran los grupos indígenas de ascendencia maya, el Estado reconoce, respeta y promueve sus formas de vida, costumbres, tradiciones, formas de organización social, el uso del traje indígena en hombres y mujeres, idiomas y dialectos.

En 1997 entro en vigencia en Guatemala el Convenio 169, sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, de la Organización Internacional del Trabajo (OIT.) que es el instrumento internacional de derechos humanos especifico mas relevante para los derechos de los indígenas, que establece que.

Los pueblos indígenas y tribales deberán gozar plenamente de los derechos humanos y libertades fundamentales, sin obstáculos ni discriminación. Las disposiciones de este Convenio se aplicaran sin discriminación a los hombres y mujeres de esos pueblos.

El convenio 169 de la OIT versa sobre los pueblos indígenas y tribales en países independiente; Guatemala se caracteriza sociologicamente como un país multiétnico pluricultural y multilingüe dentro de la unidad del Estado y la indivisibilidad de su territorio, por lo que al suscribirse, aprobar y ratificar el Convenio sobre esa materia, desarrolla aspectos complementarios dentro de su ordenamiento jurídico interno; Guatemala, ha suscrito, aprobado y ratificado con anterioridad varios instrumentos jurídicos internacionales de reconocimiento, promoción y defensa de los derechos humanos de los habitantes en general y de los cuales también son nominalmente destinatarios los PUEBLOS INDIGENAS; sin embargo, tomando en cuenta que si bien es cierto que las reglas de juego democráticos son formalmente iguales para todos, existe una evidente desigualdad real de los PUEBLOS INDIGENAS con relación a otros sectores de los habitantes del país, por

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