Derecho Familiar Edomex
Enviado por israelom • 29 de Septiembre de 2014 • 2.869 Palabras (12 Páginas) • 294 Visitas
DERECHO FAMILIAR, EL MATRIMONIO Y EL DIVORCIO INCAUSADO.
La familia célula de la sociedad, y esta misma es primigenia de todas las sociedades conocidas hasta nuestros días, pues al nacer y crecer no conocemos más sociedad que la que se conforma en el núcleo familiar del que sin querer formamos parte, es en ese núcleo en donde aprendemos las primeras reglas y beneficios, la educación primaria (no la de las escuelas esa no sirve), la formación de carácter, en fin todo lo necesario para ser lo que somos en sociedad, y lo que no somos, pues parte fundamental de nuestro desempeño dentro de los círculos que conforman el actuar político social, cultural etc. De una sociedad civilizada deviene en gran medida de la genealogía de la que en primer término somos parte, es por lo que una sociedad moderna, no puede ni debe menospreciar a este tipo de instituciones, pues antes de interferir con dichas células, debe de tomar en consideración que es la familia como primer agrupamiento humano el que creo a la sociedad como actualmente la conocemos y no es la sociedad en su conjunto la creadora de la familia, pues aunque suena absurdo pensarlo así, en la actualidad la sociedad organizada en sus poderes coercitivos, (ejecutivo, legislativo y judicial) así lo hace pensar, pues bajo argumentos insidiosos y usando instituciones creadas para tales fines, pretenden, desvirtuar la institución de la familia, creando así mismo figuras jurídicas tendentes a la desaparición de la misma. como si la potestad que les fue otorgada, por otra parte de esa misma sociedad, con la peculiaridad que esta parte de la sociedad es desorganizada, los facultara para debilitar a dicha institución a través de la creación de leyes y codificaciones que en nada benefician a los núcleos familiares y en consecuencia tampoco nada aportan a la sociedad en general, coadyuvando a la desvinculación familiar de los individuos, y por ende a una desvinculación social que denigre a la sociedad en su conjunto.
Por lo tanto no puede entenderse una sociedad sin la preexistencia de su núcleo familiar de la que inevitablemente emana, y por consiguiente en medida que esa sociedad proteja a esa progenitora, también se protegerá a sí misma, por lo que para cualquier gobierno en aras de la realización de sus gobernados deberá de tener como prioridad tal circunstancia, sin embargo en nuestro gobierno actual y hablo de los tres niveles ejecutivo, legislativo y judicial, no atienden esa necesidad, pues lejos de crear instrumentos jurídicos, que permita un fortalecimiento de tales conceptos, se constriñen a la creación de normas yo codificaciones que en nada ayudan, a través de abrogar y derogar, bajo el argumento de que el derecho debe de adecuarse a la realidad social, ya que el mismo no es un ente reformador sino que solo reconoce los derechos de los gobernados a efecto de regularlos, y no de transformarlos, argumentos que resultan a mi parecer insuficientes para realizar reformas a las leyes y códigos de que se traten, toda vez que si consideramos al derecho solo como regulador y no transformador dichas aseveraciones hechas por los legisladores en sus exposiciones de motivos resultan inexactas no solo desde el punto legislativo y jurídico sino también histórico, pues con las diversas reformas que a lo largo de la historia se han realizado, ya sea por consecuencia de la misma o porque ese era el verdadero motivo, se ha adecuado la realidad social en su momento al mandato superior legislativo, que no es otra cosa que la imposición del estado a sus interese, conocido también como norma jurídica, que inevitablemente transforma la realidad social del gobernado.
En efecto considerar que el derecho no es un ente transformador, y que solo se limita a regular el fenómeno social, es negar las consecuencias sociales que las reformas han generado a lo largo de la historia del derecho positivo mexicano, sobre todo aquellas que se han visto motivadas por intereses particulares de representantes de gobiernos y que disfrazan bajo argumentos falsos, como el fragmento de una exposición de motivos de una conocida reforma y que es de la literalidad siguiente:
“………… se ha propuesto modernizar el marco jurídico del Estado, haciendo una revisión integral del universo legislativo para adecuarlo a las necesidades del entorno y transformar la ley en un instrumento que, con sentido humano, permita alcanzar los fines de la sociedad……………”
Efectivamente, se trata de la reforma hecha al código civil y código de procedimientos civiles del Estado de México realizada por el entonces gobernador Arturo Montiel rojas y que se sabe fue motivada por cuestiones personales de dicho mandatario estatal, y que como se desprende de lo transcrito en el párrafo que antecede la exposición de motivos al menos la parte que aquí interesa habla de “….un estudio universal del universo legislativo para adecuarlo a las necesidades del entorno……”, es decir refiere nuevamente esta, máxima legislativa adecuar, apropiar, el universo legislativo, y que es el universo legislativo sino la ley, y que son las necesidades del entorno, sino la realidad social o los fenómenos sociales que en ese momento se actualizarán, en otras palabras adecuar la ley al fenómeno social, lo que hoy sabemos es falso, pues a consecuencia de dichas reformas en primer término la ley no se adecuo a la realidad social de los gobernados del estado de México sino de su gobernante, lo que trajo como consecuencia que dichas reformas cambiaran la realidad social de los mexiquenses.
Por último, vale la pena evocar, la definición que nuestro código civil vigente en el Estado de México, realiza en tratándose de la familia, en su artículo 4.1, y que se inserta, a continuación como a la letra dice:
“Artículo 4.1.- Las disposiciones de este Código que se refieran a la familia, son de orden público e interés social y tienen por objeto proteger su organización y el desarrollo integral de sus miembros, basados en el respeto a su dignidad, libertad y la equidad de género.
Las relaciones jurídicas familiares constituyen el conjunto de deberes, derechos y obligaciones de las personas integrantes del grupo familiar, derivado de lazos de matrimonio, concubinato o parentesco.
Es deber de los miembros de la familia observar entre ellos consideración, solidaridad y respeto recíprocos en el desarrollo de las relaciones familiares.”
En este contexto, la legislación vigente en la entidad parece reconocer a la familia como base de la sociedad y ve la necesidad de proteger dicha institución al determinar que las cuestiones que sean inherentes al derecho de familia son de orden público e interés social, con esto se presupone que la voluntad del legislador es la de proteger a la institución de la familia envistiéndola de dichas facultades,
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