Derecho Laboral
Enviado por alfredohp3 • 18 de Julio de 2013 • 1.499 Palabras (6 Páginas) • 358 Visitas
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION SUPERIOR
UNIVERSIDAD BICENTENARIA DEL EDO. ARAGUA
ESCUELA DE DERECHO
DERECHO DEL
TRABAJO TEMA 7
ALFREDO HERNANDEZ
LLELDRY RAMIREZ
SAN JUAQUIN DE TURMERO 17 DE JULIO DEL 2013
CONCEPTO DOCTRINARIO, REFERENCIA AL DERECHO COMPARADO.
-La estabilidad laboral tiene como finalidad fundamental la preservación del empleo a la que se tienen derecho todos los trabajadores, garantizando su estabilidad, en cumplimiento de los principios contenidos en la constitución de la republica bolivariana de Venezuela.
-El concepto de estabilidad laboral sostenido por la doctrina internacional, como así lo señala Ernesto Krotoschin, está referido a una tendencia moderna para asegurar a los trabajadores, en lo posible la conservación de su empleo, lo que consiste en la protección eficaz del trabajador contra el despido arbitrario, tratándose de garantizar una base para la existencia del trabajador. Al respecto afirma De Ferrari que el principio de estabilidad en el empleo lo que busca es otorgar a la relación laboral cierta firmeza sin pretender convertir el contrato de trabajo en un vínculo vital. Similares ideas sostienen los doctrinarios De La Cueva y Deveali.
-El tratadista patrio Ortiz-Ortiz señala que la estabilidad es una garantía establecida en la Constitución Patria para proteger el derecho al trabajo, y en este sentido implica que el trabajador no puede ser despedido sino por justa causa ni desmejorado en sus condiciones de trabajo salvo a través de los procedimientos establecidos en la Ley. En este sentido, clasifica la estabilidad en las siguientes categorías: estabilidad general o relativa, estabilidad especial o inamovilidad, de carácter excepcional fundamentada en un interés superior a las partes que no es susceptible de sustituir la obligación por el pago de una suma de dinero, y la estabilidad absoluta de los empleados públicos de carrera.
BASE CONSTITUCIONAL.
DERECHO DE LOS TRABAJADORES:
1. Toda persona tiene derecho al trabajo y el deber de trabajar. El Estado garantizará la adopción de las medidas necesarias a los fines de que toda persona pueda obtener ocupación productiva, que le proporcione una existencia digna y decorosa y le garantice el pleno ejercicio de este derecho. Es fin del Estado fomentar el empleo. La ley adoptará medidas tendentes a garantizar el ejercicio de los derechos laborales de los trabajadores y trabajadoras no dependientes.
2. El Estado garantizará la igualdad y equidad de hombres y mujeres en el ejercicio del derecho al trabajo.
3. Ninguna ley podrá establecer disposiciones que alteren la intangibilidad y progresividad de los derechos y beneficios laborales.
4. Todo trabajador tiene derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad.
5. Todos los trabajadores y trabajadoras del sector público y del privado tienen derecho a huelga.
Artículos 87, 88, 89, 91 y 97 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
La situación de los derechos de los trabajadores ha presentado algunos hechos alentadores tales como:
1. La recuperación parcial del salario mínimo.
2. El inicio del proceso de pago de las deudas que tiene el Estado con los trabajadores.
3. Avances en el proceso de adecuación de normas jurídicas para imprimir mejoras en los procesos judiciales y administrativos en el ámbito laboral, que se reflejan en la propuesta de instaurar los juicios laborales mediante el procedimiento oral, y la adopción de decisiones judiciales por parte de la Sala Social del Tribunal Supremo de Justicia que abren la posibilidad de corregir distorsiones que se venían presentando, como la simulación y fraude en las relaciones de trabajo. Adicionalmente, la nueva Constitución amplió y consolidó derechos de los trabajadores:
4. Incorporó la obligación de los empleadores de garantizar a sus trabajadores condiciones de seguridad, higiene y ambiente de trabajo adecuados.
5. Reconoció el trabajo del hogar como actividad económica.
6. Elevó a rango constitucional el principio de la norma más favorable al trabajador y la consideración de que en las relaciones laborales prevalece la realidad sobre las formas o apariencias.
7. Se estableció la prohibición de obligar al trabajador a laborar horas extras.
8. Se Estableció la obligación de los patronos de pagar intereses por la mora en el pago de las deudas laborales
9. Se estableció la obligación del Estado de ajustar cada año el salario de los trabajadores tomando como una de las referencias el costo de la canasta básica.
10. Se estableció no sólo la irrenunciabilidad de los derechos laborales sino además la protección del principio de progresividad de los derechos y beneficios laborales.
11. Se reconoció explícitamente el derecho a huelga para el sector público.
INAMOBILIDAD:
Artículo
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