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Derecho Penal


Enviado por   •  16 de Junio de 2014  •  7.348 Palabras (30 Páginas)  •  217 Visitas

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INDICE

. INTRODUCCIÓN.

I España

1------DEDICATORIA

2------¿QUIÉN ES ABOGADO?

3------LA FUERZA INTERIOR

4------LA SENSACION DE LA JUSTICIA

5------LA MORAL DEL ABOGADO

6------LA SENSIBILIDAD

7------EL DESDOBLAMIENDO PSIQUICO

8------LA INDEPENDENCIA

9------EL TRABAJO

10-----LA PALABRA

11-----ELOGIO DE LA CORDIALIDAD

12-----CONCEPTOS ARCAICOS

13-----EL ARTE Y LA ABOGACIA

14-----LA CLASE

15-----COMO SE HACE UN DESPACHO

16-----ESPECIALISTAS

17-----LA HIPERBOLA

18-----LIBERTAD DE DEFENSA

19-----EL AMIANTO

20-----LOS PASANTES

21-----LA DEFENSA DE LOS POBRES

22-----LA TOGA

23-----LA MUJER EN EL BUFETE

24-----¿UNA NACIÓN INJUSTA?

25-----SINDICALISMO

II. CUESTIONES JUDICIALES DE LA ARGENTINA

1------LA UNIFICACIÓN DE LA LEGISLACIÓN PROCESAL

2------LA RECLUTA DE LA MAGISTRATURA

3------LOS COLEGIOS DE ABOGADOS

4------EL RECURSO DE CASACIÓN

5------HACIA UNA JUSTICIA PATRIARCAL

6------PUBLICIDAD

7------SENCILLEZ

8------EFICACIA

9------LA ABOGACIA

III. LOS MANDAMIENTOS DEL ABOGADO

IV. CONLUSIONES.

INTRODUCCIÓN

Ángel Ossorio pensó que al ser éste libro la expresión de un estado de conciencia, una red de conceptos, una serie de concreciones espirituales, una decantación de la voluntad, una categoría de ideas abstractas. Que son el sedimento de su existencia profesional puede tener interés para el abogado. Y esa es la razón del existir de su libro.

Considera que servirá el libro porque la sustancia de la abogacía descansa en sutilísimos y quebradizos estados psicológicos que no figuran en ninguna asignatura ni se enseñan en las aulas.

2 ¿ QUIEN ES ABOGADO ?

Ossorio considera que la abogacía no es una consagración académica, sino una concreción profesional. Y dice que nuestro titulo universitario no es de “abogado”, sino de “licenciado en derecho”. Y que para poder ejercer la profesión de “abogado”. Debe dedicar su vida a dar consejos jurídicos y pedir justicia en los tribunales. Y quien no haga esto será todo lo licenciado que quiera pero abogado no.

En su conclusión, el abogado es, el que ejerce permanentemente la Abogacía. Los demás serán solamente licenciados en derecho, pero nada más.

3 LA FUERZA INTERIOR

Su afirmación es que: en el hombre cualquiera que sea su oficio, debe creer principalmente en sí. La fuerza que en sí mismo no halle no la encontrará en ninguna otra parte.

Da una recomendación para las agresiones y criticas de la gente: fiar en sí. Vivir la propia vida. Seguir los dictados que uno mismo se imponga y desatender lo demás.

En nuestro Ser, hallase la fuerza de las convenciones, la definición de la justicia, el aliento para sostenerla, el noble estimulo para anteponerla al interés propio.

Además menciona que el abogado tiene que comprobar a cada minuto si se encuentra asistido de aquella fuerza interior que ha de hacerle superior al medio ambiente; y en cuanto le asalten dudas en éste punto debe cambiar de oficio.

4 LA SENSACION DE LA JUSTICIA

Ser abogado no es saber el Derecho, sino conocer la vida. El derecho positivo está en los libros, pero lo que la vida reclama no está escrito en ninguna parte. Quien tenga previsión, serenidad, amplitud de miras y de sentimientos para advertirlo, será Abogado; quien no tenga más inspiración ni más guía que las leyes, será un desventurado mandadero.

La justicia no es fruto del estudio, sino de una sensación.

Ángel cita al ilustre novelista Henry Bordeaux. Henry refiere que cuando visito al escritor Daudet y le manifestó que era estudiante de Derecho, éste le dijo: “ las leyes, los códigos no deben ofrecer ningún interés. Se aprende a leer con imágenes y se aprende la vida con hechos. Procure ver y observar. Estudie la importancia de los intereses en la vida humana.

En resumen lo que quiere decir con las palabras “la sensación dela justicia” es que procuremos no actuar tan apegados a las leyes, que usemos lo que nosotros tenemos conceptualizado como bueno, equitativo, prudente, cordial y sobre todo justo.

5 LA MORAL DEL ABOGADO

En la moral del abogado de lo que Ossorio nos habla es del criterio que debe tener un abogado. Y comienza: La abogacía no se cimienta en la lucidez del ingenio, sino en la rectitud de la conciencia. Malo será que erremos y defendamos como moral lo que no es; pero si nos hemos equivocado de buena fe, podemos estar tranquilos. Cita las palabras del novelista Collete Iver. “Nuestro oficio ¿ es hacer triunfar a la justicia o a nuestro cliente? ¿iluminamos al Tribunal o procuramos cegarle?

Cuando un abogado acepta una defensa, es porque estima - aunque sea equivocadamente- que la pretensión de su tutelado es justa, y en tal caso al triunfar el cliente triunfa la justicia, y nuestra obra no va encaminada a cegar sino a iluminar.

También da unos consejos a los abogados. Hay que ser refractario al alboroto. Soportar la amargura de una censura caprichosa e injusta, es carga añeja a los honores profesionales. Debajo de la toga hay que llevar la coraza.

Abogado que sucumba al que dirán debe tener su hoja de servicios manchada con la nota de cobardía. No digo que el juicio publico no sea digno de atención. Lo que quiero decir es que después de adoptada una resolución, vacilar ni retroceder por miedo a la critica, que es un mounstruo de cien cabezas irresponsables y faltas de sindéresis.

Cuando se ha marcado la línea del deber hay que cumplirla a todo trance. El transeute que se detenga a escuchar los ladridos de los perros, difícilmente llegará al término de su jornada.

6 LA SENSIBILIDAD

El abogado no puede ser ni frío de alma ni emocionable.

El abogado actúa sobre las pasiones, las ansias, los apetitos en que se consume la humanidad. Si su corazón es ajeno a todo ello ¿ cómo lo entenderá su cerebro? Quien no sepa del dolor, ni comprenda el entusiasmo, ni ambicione la felicidad, ¿cómo acompañará

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