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Educacion


Enviado por   •  24 de Noviembre de 2014  •  1.910 Palabras (8 Páginas)  •  183 Visitas

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El sistema educativo venezolano ha tenido que enfrentar una serie de problemas, reflejados en varios aspectos tales como: Alto índice de deserción, progresivo ausentismo e inasistencia, gran número de repitientes, índice elevado de aplazados, bajo rendimiento estudiantil; aunado a esto se evidencia que el sistema educativo no ofrecía igualdad de oportunidades ni tomaban en cuenta las diferencias y características propias de cada ser, además de no atender su desarrollo integral, no promovía la exploración y orientación prevocacional del alumno, el currículo estaba desvinculado del contexto social, la articulación entre los diferentes niveles educativos era nula, el docente no recibía formación integral, además de no involucrar a las comunidades en el proceso educativo. Estas deficiencias incidían grandemente en la baja calidad del producto educativo lo que obligaba a tomar decisiones en relación con el rediseño del sistema educativo imperante.

El 26 de Julio de 1.980 con la aprobación de la Ley Orgánica de Educación que reforma el sistema educativo venezolano, quedo derogada La Educación Primaria y se establece en los siguientes niveles:

- Educación Preescolar

- Educación Básica

- Educación Media Diversificada Profesional

- Educación Superior.

Conceptualización de la Educación Básica

La educación básica es el sistema educativo que se imparte en 9 años, es decir de primer grado a noveno grado, separado en tre etapas con duración de 3años cada una, tiene como finalidad contribuir a la formación integral del educando mediante el desarrollo de sus destrezas y su capacidad científica, técnicas, humanísticas y artísticas cumplir funciones de exploración y de orientación educativa y vocacional e iniciarlo en el aprendizaje disciplina y técnicas que le permitan el ejercicio de una funciona social útil, estimular el deseo de saber y desarrollar la capacidad de ser de cada individuo de acuerdo con sus actitudes. La educación básica tendrá una duración no menor de nueve años. El ministro de educación organizara en este nivel cursos artesanales o de oficio que permita la adecuada capacitación de los alumnos.

A partir de este nivel, la culminación de los estudios se formaliza mediante certificaciones o títulos. Su extensión en años permite abarcar tres etapas diferenciales del desarrollo biopsicosocial del individuo (niñez, pre adolescencia y adolescencia), por lo que su estructuración curricular es compleja.

Ubicación Dentro del Sistema Educativo

El Sistema Educativo Venezolano comprende cuatro niveles y seis modalidades. Son niveles, la Educación Pre escolar, la Educación Básica y la Educación Media Diversificada y Profesional y la Educación Superior. Se consideran oficialmente modalidades la Educación Especial, la Educación para las Artes, la Educación Militar, la Educación para la Formación de Ministros del Culto, la Educación de Adultos y la Educación extraescolar.

La Educación Básica es el segundo nivel obligatorio del sistema educativo; comprende tres etapas con duración de tres años cada una y se cursa preferentemente a partir de los seis años de edad. La primera etapa es del primero al tercer grado, la segunda etapa es del cuarto a al sexto grado y la tercera etapa de séptimo a noveno grado.

La educación básica tiene su fundamentación legal en los siguientes documentos:

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela le da basamento legal a la educación básica porque la promueve como derecho humano y como deber social, promueve la gratuidad y la obligatoriedad, el respeto por las corrientes del pensamiento. Así lo expresa en el siguiente artículo.

Artículo 102. La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El Estado la asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad. La educación es un servicio público y está fundamentada en el respeto a todas las corrientes del pensamiento, con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática basada en la valoración ética del trabajo y en la participación activa consciente y solidaria en los procesos de transformación social con sustanciados con los valores de la identidad nacional, y con una visión latinoamericana y universal. El Estado, con la participación de las familias y la sociedad, promoverá el proceso de educación ciudadana de acuerdo con los principios contenidos de esta Constitución y en la Ley.

Ley Orgánica de Educación con su Reglamento se la fundamentación legal a este Nivel porque amplia la finalidad de la educación, el principio de la libertad de enseñanza, la igualdad de oportunidades. En ella se vincula la educación al trabajo. Queda específicamente en los siguientes artículos:

Capitulo III - De La Educación Básica.

Artículo 21. El nivel de educación básica se cursara preferentemente a partir de los seis años de edad. Aquellos alumnos cuyas aptitudes madures y desarrollo se lo permitan podrán incorporarse antes de la edad señalada y avanzar en los estudios en menor tiempo que el establecido para cursar este nivel, previo el cumplimiento de las exigencia curriculares de las distintas etapas de educación básica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley Orgánica de Educación y las regulaciones sobre el régimen de evaluación previsto en el presente Reglamento.

Artículo 22. En el plan de estudio para la educación básica serán obligatorias las siguientes áreas, asignaturas o similares: Castellano y Literatura, Geografía de Venezuela, Historia de Venezuela, Geografía General, Historia Universal, Matemática, Educación Familiar y Ciudadana, Educación Estética, Educación para el Trabajo, Educación para la Salud, Educación Física y Deporte, Ciencias de la Naturaleza, Biología, Física, Química, Ingles y cualquiera otra que con tal carácter establezca el Ejecutivo Nacional. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 8 de este Reglamento hará las adaptaciones pertinentes de los programas de estudio para el medio rural, regiones fronterizas y zonas indígenas.

Artículo 23. En todos los grados y actividades de educación básica, los órganos de la comunidad educativa atenderán

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