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El estado moderno Constitución Política


Enviado por   •  14 de Enero de 2019  •  Resumen  •  7.295 Palabras (30 Páginas)  •  144 Visitas

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EL ESTADO MODERNO[1]

(NOTAS DE CLASE – V. feb de 2013)

  • Documento de trabajo no citar  -

Prof. Francisco Javier Gutiérrez Suárez[2]

        

INTRODUCCIÓN

El artículo 1 de la Constitución Política define a Colombia como un:

 “Estado social de derecho, organizado en forma de  república unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general”[3].

“Al definir el Estado colombiano como un Estado social de derecho no se agregó un calificativo trivial3. El componente social de la fórmula proviene de toda una corriente jurídica y política que surgió en Europa a comienzos del siglo XX”4ii[4].

CONCEPTO DE ESTADO

Guardadas  proporciones, al Estado podemos verlo como una persona jurídica que representa a la totalidad de la sociedad. Podemos decir que el Estado es una super - persona jurídica que agrupa  a la totalidad de los elementos que dan nacimiento ese Estado[5].

El Estado puede ser mirado en dos perspectivas: en el sentido abstracto, como la representación jurídica del poder público, y en el sentido material  y concreto, como sujeto de las relaciones internacionales. El Estado en el sentido material y concreto, es una persona de derecho internacional reconocida como tal por la comunidad internacional de los  Estados independientes.

“El derecho internacional trata, principalmente, de los derechos, deberes e intereses de los Estados. De hecho, hasta hace muy poco, se consideraba que sólo los Estados tenían personalidad jurídica y que, por tanto, únicamente ellos podían ser sujetos de derecho internacional. Los términos "sujetos de derecho internacional" se refieren a lo que se percibía como la capacidad exclusiva de los Estados, es decir, ser: Titular de derechos y deberes en virtud del derecho internacional; titular de un privilegio procesal para incoar acciones ante un tribunal internacional; poseedor de los intereses previstos por el derecho internacional; y competente para suscribir tratados con otros Estados y con organizaciones internacionales”[6].

GÉNESIS DEL CONCEPTO DE ESTADO:

La noción de Estado es relativamente nueva en la historia de la  humanidad. Fue Maquiavelo  quien por primera vez utilizó la palabra Estado para identificar  las entidades que él reconocía como repúblicas  y principados.

A finales del siglo XVI, cuando se consolidaron  las Ciudades Estados italianos, se considera que nació  el Estado moderno  con la aparición del Estado Nación que ha dominado  toda la historia moderna y contemporánea.

ELEMENTOS DEL ESTADO:

La inmensa  mayoría de los tratadistas coinciden en  señalar como elementos constitutivos del Estado los siguientes:

  1. Población
  2. Territorio
  3. Soberanía

 

POBLACIÓN: “compuesta por las personas nacidas en la comunidad política (nacionales)[7]  y por los extranjeros residentes en ese territorio”[8]. Los ciudadanos son personas que tienen derechos políticos dentro de un estado.

TERRITORIO: en el cual vive su comunidad. La Constitución del 91 en el artículo 101, a propósito del dominio territorial del Estado (Elementos del territorio de un estado), señaló como bienes que también son parte de Colombia, el subsuelo, el mar territorial, la zona contigua, la plataforma continental, la zona económica exclusiva, el espacio aéreo, el segmento de la órbita geoestacionaria y  el espectro electromagnético.

  • Suelo.  El diccionario de la Real Academia Española lo define como “el terreno que está debajo de la capa laborable o labrantía  o en general debajo de una capa de tierra. Parte profunda del terreno a la cual no llegan los aprovechamientos superficiales de los predios y en donde las leyes consideran estatuido el dominio público,  facultando a las autoridades mineras gubernativas para otorgar concesiones mineras” .  Capa superficial donde se desarrolla la vida orgánica.

[pic 1]

  • Subsuelo. El  diccionario de la Real Academia los  define como “el terrero que está debajo de la capa laborable o labrantía o en general debajo de una capa de tierra”.  Prolongación de los  límites del suelo, masa compacta interna sobre la cual  se encuentra el suelo.

[pic 2]

  • Mar territorial. Compuesto por las aguas  marítimas que rodean las costas del país. Es una zona del mar en donde el Estado ejerce su soberanía en una extensión o anchura hasta de doce millas marinas, según la Convención de Naciones Unidas sobre derecho del mar y con excepción del llamado “paso inocente” de buques extranjeros.
  • Zona contigua: es la franja contigua al mar territorial en alta mar, sobre la cual los estados ribereños tienen jurisdicción para sancionar a quienes infrinjan las leyes. La Convención de Ginebra señala que la zona contigua no puede exceder de doce  millas, medidas desde donde se mide el mar territorial.
  • Plataforma continental. Constituida por el lecho del mar y el subsuelo de las zonas submarinas adyacentes a las costas, pero situadas fuera del mar territorial.  Con esta figura el derecho internacional reconoce a los estados ribereños soberanía para explotar los recursos naturales existentes en el lecho y subsuelo de las áreas submarinas que se extienden más allá del mar territorial, y a lo largo de la prolongación natural de su territorio, al borde exterior del mar continental, hasta 200 millas contadas desde el litoral.
  • Zona económica exclusiva: con una extensión de 200 millas, medidas desde donde se mide la anchura del mar territorial, se reconoce esta franja al Estado ribereño que puede ejercer soberanía sobre los recursos naturales que se encuentran en los fondos marinos, en el subsuelo y en las aguas suprayacentes como también jurisdicción sobre el uso de las aguas y la pesca, respetando a los demás Estados las tradicionales libertades de alta mar, como navegación, sobrevuelo, tendido de cables submarinos, etc.
  • Espacio aéreo. Prolongación de los límites del suelo (columna de aire levantada sobre el suelo y el mar territorial). En la Enciclopedia Mundial de Relaciones Internacionales y Naciones unidas se lee lo siguiente al respecto “El lugar donde se desarrollan las relaciones internacionales el ámbito de la aviación es el espacio que rodea directamente el globo terrestre, espacio lleno  en grado menor o mayor de aire”.
  • Órbita geoestacionaria: Está constituida por un delgado anillo que circunda la tierra a 35.871 Km. de altura sobre la línea ecuatorial. Si se localiza un satélite es esta órbita, giraría a una velocidad sincronizada sobre la línea ecuatorial y en el mismo sentido  de la rotación de la tierra, por lo que quedaría estacionado sobre un punto fijo.  Los satélites geoestacionarios pueden cubrir aproximadamente 1/3 de la superficie terrestre con miles de circuitos telefónicos y un buen número de canales de radio y televisión. Por razones técnicas, en la órbita sólo podrán colocarse un máximo de 180 satélites. Los países ecuatoriales son: Ecuador, Colombia, Brasil, Gabón, República del Congo, Zaire, Uganda, Kenia, Somalia e Indonesia (10). La Resolución 2222 del 19 de diciembre de 1967, aprobada por unanimidad en la Asamblea de las Naciones Unidad, estableció un régimen de libertad de explotación y utilización del espacio ultraterrestre, como res comunis.  
  • Espacio electromagnético. Espacio donde circulan las  ondas hertzianas de radio y televisión, este espacio se tiene como de apropiación soberana  del Estado. “Banda total de longitudes de onda o frecuencia de radiación electromagnética que se extiende desde las ondas más largas de radio o las más cortas conocidas de los rayos cósmicos” (Diccionario Mc. Graw Hill de Física)

SOBERANÍA: La soberanía se concreta en un gobierno y en un orden jurídico. La soberanía es sinónimo de un gobierno que tenga poder, autoridad y mando sobre la comunidad política. El gobierno debe estar acompañado de un orden jurídico que: Limite las facultades del poder político, señale al Estado el modo general de gobernar y  defina las derechos y deberes de los gobernados.  En las democracias modernas el orden jurídico esta subordinado a una constitución Política que contiene los aspectos fundamentales de su organización y funcionamiento.

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